Convenio colectivo del Sector de Hospedaje de la Comunidad de Madrid
Tablas salariales de hospedaje de Madrid 2026.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.
Hay 24 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 100 %. (art. 17)
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Grupo | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|---|
| Nivel I-A · establecimientos grupo A | nivel I-A | 2.302,67 € | 32.237,38 €* | +3,0 % | 35,82 € |
| Nivel I-A · establecimientos grupo B | nivel I-A | 2.039,48 € | 28.552,72 €* | +3,0 % | 31,73 € |
| Nivel I-A · establecimientos grupo C | nivel I-A | 1.973,72 € | 27.632,08 €* | +3,0 % | 30,70 € |
| Nivel I-A · establecimientos grupo D | nivel I-A | 1.947,31 € | 27.262,34 €* | +3,0 % | 30,29 € |
| Nivel I-B · establecimientos grupo A | nivel I-B | 2.105,26 € | 29.473,64 €* | +3,0 % | 32,75 € |
| Nivel I-B · establecimientos grupo B | nivel I-B | 1.973,72 € | 27.632,08 €* | +3,0 % | 30,70 € |
| Nivel I-B · establecimientos grupo C | nivel I-B | 1.907,90 € | 26.710,60 €* | +3,0 % | 29,68 € |
| Nivel I-B · establecimientos grupo D | nivel I-B | 1.881,56 € | 26.341,84 €* | +3,0 % | 29,27 € |
| Nivel II · establecimientos grupo A | nivel II | 1.973,72 € | 27.632,08 €* | +3,0 % | 30,70 € |
| Nivel II · establecimientos grupo B | nivel II | 1.907,90 € | 26.710,60 €* | +3,0 % | 29,68 € |
| Nivel II · establecimientos grupo C | nivel II | 1.815,79 € | 25.421,06 €* | +3,0 % | 28,25 € |
| Nivel II · establecimientos grupo D | nivel II | 1.789,46 € | 25.052,44 €* | +3,0 % | 27,84 € |
| Nivel III · establecimientos grupo A | nivel III | 1.776,30 € | 24.868,20 €* | +3,0 % | 27,63 € |
| Nivel III · establecimientos grupo B | nivel III | 1.749,98 € | 24.499,72 €* | +3,0 % | 27,22 € |
| Nivel III · establecimientos grupo C | nivel III | 1.618,38 € | 22.657,32 €* | +3,0 % | 25,17 € |
| Nivel III · establecimientos grupo D | nivel III | 1.592,06 € | 22.288,84 €* | +3,0 % | 24,77 € |
| Nivel IV · establecimientos grupo A | nivel IV | 1.644,72 € | 23.026,08 €* | +3,0 % | 25,58 € |
| Nivel IV · establecimientos grupo B | nivel IV | 1.513,13 € | 21.183,82 €* | +3,0 % | 23,54 € |
| Nivel IV · establecimientos grupo C | nivel IV | 1.486,86 € | 20.816,04 €* | +3,0 % | 23,13 € |
| Nivel IV · establecimientos grupo D | nivel IV | 1.460,54 € | 20.447,56 €* | +3,0 % | 22,72 € |
| Nivel V · establecimientos grupo A | nivel V | 1.578,90 € | 22.104,60 €* | +3,0 % | 24,56 € |
| Nivel V · establecimientos grupo B | nivel V | 1.473,73 € | 20.632,22 €* | +3,0 % | 22,92 € |
| Nivel V · establecimientos grupo C | nivel V | 1.421,09 € | 19.895,26 €* | +3,0 % | 22,11 € |
| Nivel V · establecimientos grupo D | nivel V | 1.394,76 € | 19.526,64 €* | +3,0 % | 21,70 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Anexo III del convenio (BOCM 23/05/2026), «Tablas salariales 2026». Salario base mensual por nivel y grupo de establecimiento; 14 pagas (12 + 2 extras de una mensualidad de salario base, art. 23.A.4).
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de ayuda al transporte
201,10 € al mes, en 11 pagasAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Todas las categorías, sin importar la distancia; completo también a tiempo parcial. Se cobra 11 meses (no en el mes de vacaciones) y se puede descontar por días de falta, salvo permisos retribuidos o descanso anual.
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Manutención (en especie o en metálico)
60,87 € al mes, en 12 pagasAyuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: En establecimientos que elaboran comida o tienen restaurante. Se da en especie; el importe es el que cobras si eliges recibirla en metálico. Se abona también en vacaciones, descanso anual e IT.
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Nocturnidad de 0:00 a 6:00
Salario base mensual × 25 % ÷ (4 × 40) por cada hora nocturnaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 0:00 y las 6:00. Si trabajas 5 o más horas entre las 22:00 y las 6:00, toda la jornada cuenta como nocturna.
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Nocturnidad de 22:00 a 0:00
Salario base mensual × 20 % ÷ (4 × 40) por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 0:00.
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Nocturnidad de 6:00 a 8:00 (solo derechos anteriores a 2020)
Salario base mensual × 15 % ÷ (4 × 40) por cada hora entre las 6:00 y las 8:00Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Solo quien antes del convenio de 2020 ya trabajaba de forma continuada en la franja de 6 a 8 y sigue haciéndolo. Las nuevas incorporaciones no lo cobran.
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Quebranto de moneda
89,56 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Solo cajeros/as, auxiliares de caja y quien haga habitualmente funciones de caja, si se le exige responder de las faltas de caja.
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Gratificación por matrimonio
Pago único de 1.064,13 €Quién lo cobra: Al menos 4 años en la empresa y seguir en ella 6 meses después de la boda (si te vas voluntariamente antes, se descuenta).
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Premio de natalidad
Pago único de 807,61 € por hijo o hijaQuién lo cobra: Nacimiento o adopción de un hijo o hija con 9 meses o más en la empresa. Si ambos progenitores trabajan en la misma empresa, lo cobra uno. Se descuenta si te vas voluntariamente en los 6 meses siguientes.
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Complemento personal de antigüedad consolidada
Importe personal calculado con el anexo V (porcentaje de 0 a 50 % según días de antigüedad a 30/11/1996, sobre el salario de 1996), revalorizado cada año con la subida de tablasLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad devengada a 30/11/1996. Desde entonces no se genera antigüedad nueva.
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Garantía personal compensatoria de porcentaje
Importe personal fijo: (lo cobrado en los 12 meses anteriores a 30/11/1996 − salario base de 1996 × 14) ÷ 12Quién lo cobra: Solo quien cobraba por el antiguo sistema de porcentaje de servicio antes del 1/12/1996 y le salió una diferencia positiva.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOCM · tabla salarial 2026. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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