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Tablas salariales 2026

Convenio Colectivo del sector Almacenistas y Embotelladores de Vinos de Asturias.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026.

Código de convenio 33001045011983
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Subida en 2026
+1,8 %

Subida del 1,75 % sobre la tabla de 2025, con revisión al IPC real hasta un incremento máximo del 2,00 % (art. 11) Fuente

Hora extra—

La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. (art. 6) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el BOPA. Ver la tabla oficial

Sueldo por categoría en 2026
CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025
II
Grupo II1.676,80 €—+2,0 %
III
Grupo III1.478,98 €—+2,0 %
IV
Grupo IV1.328,94 €—+2,0 %
V
Grupo V1.254,81 €—+2,0 %
VI
Grupo VI1.106,29 €—+2,0 %
VII
Grupo VII35,32 €/día—1—
VIII
Grupo VIII34,99 €/día—1—

1. Grupo VII y otras: El boletín no indica si el importe es mensual o diario; transcrito como diario por su cuantía. Confirmar.

Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

Notas de la tabla. Anexo I del acta de revisión salarial, BOPA 8/4/2026 («Tabla 2026 actualizada»).

Pluses y complementos

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de asistencia

    5,85 € por cada día trabajado

    Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado con presencia física en el centro de trabajo.

    Forma parte del salario real a efectos de IT (art. 21). art. 10

  • Plus de transporte

    5,01 € por cada día trabajado

    Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado con presencia física en el centro de trabajo.

    Cotiza y tributa como salario. art. 10

  • Bienios de antigüedad

    40,57 € al mes cada dos años, hasta 4

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Cuatro bienios (art. 10).

    art. 10

    Máxima cuantía de antigüedad: 487,15 € (tabla 2026). Unidad del importe no indicada en el boletín.

  • Cuatrienios de antigüedad

    81,20 € al mes cada cuatro años, hasta 4

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Cuatro cuatrienios (art. 10).

    art. 10

    Unidad del importe no indicada en el boletín.

  • Dieta entera

    79,38 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viaje o desplazamiento que impide comer y pernoctar en el domicilio (art. 10).

    No cotiza solo dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; los límites no constan en el recorte. art. 10

  • Dieta por comida o cena

    15,20 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio que empieza antes de las 12 horas sin posibilidad de regreso antes de las 15 horas (art. 10).

    Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; no constan en el recorte. art. 10

    Comida y cena, 15,20 € cada una.

  • Dieta por desayuno

    3,63 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio que empieza antes de las 7 horas (art. 10).

    Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; no constan en el recorte. art. 10

  • Dieta por pernoctar fuera de casa

    47,78 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Pernoctar fuera del domicilio (art. 10).

    Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; no constan en el recorte. art. 10

  • Dieta por comida dentro de la provincia

    11,54 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida en servicios dentro de la provincia (art. 10).

    Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; no constan en el recorte. art. 10

  • Gratificación por matrimonio o pareja de hecho

    Pago único por matrimonio o pareja de hecho, según tabla

    Quién lo cobra: Por primera vez, previa presentación del libro de familia (art. 16).

    art. 16

    Pago único, no periódico.

  • Ayuda por discapacidad de hijo/a

    Importe de tabla de la ayuda por discapacidad de hijo/a

    Quién lo cobra: No consta en el recorte.

    Ver en el boletín

    Periodicidad y requisitos no constan en el recorte.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Fuente: BOPA 2026-02543 (tabla salarial 2026, publicado el 8/4/2026). Revisado el .

Código de convenio 33001045011983

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