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Tablas salariales 2026 · provisionales

Azucarera. (industria).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2024 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 99000555011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 14 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: Aún no hemos cargado lo que dice este convenio. Mientras, te damos el mínimo legal: la hora extra no puede pagarse por debajo de una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). Descanso hora por hora más un complemento en metálico del 50 % del valor de la hora extraordinaria. Si se alcanzan 80 horas al año, el descanso es obligatorio. (art. 29 y anexo 5)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualHora extra
    Nivel 4nivel 4—17.338,10 €9,87 €
    Nivel 5nivel 5—18.037,25 €10,27 €
    Nivel 6nivel 6—18.792,35 €10,70 €
    Nivel 7nivel 7—19.575,20 €11,15 €
    Nivel 8nivel 8—20.246,42 €11,53 €
    Nivel 9nivel 9—20.973,52 €11,94 €
    Nivel 10nivel 10—22.078,16 €12,57 €
    Nivel 11nivel 11—23.182,77 €13,20 €
    Nivel 12nivel 12—24.832,60 €14,14 €
    Nivel 13nivel 13—27.013,90 €15,38 €
    Nivel 14nivel 14—29.362,84 €16,72 €
    Nivel 15nivel 15—31.683,96 €18,04 €
    Nivel 16nivel 16—36.284,18 €20,66 €
    Nivel 17nivel 17—40.940,28 €23,31 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.756 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. No se han aplicado subidas. Anexo 2 da importes anuales: salario base de 12 meses, gratificaciones de 3 meses y salario convenio de 15 meses.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de antigüedad (bienio 2026-2027)

      10,00 € al mes, en 15 pagas

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personal fijo de plantilla. Cantidad fija e igual para todas las categorías: 150 € en 2026-2027, repartidos en 15 pagas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      Fijos discontinuos: 0,085 € por hora ordinaria trabajada, tras dos años naturales. Tiempo parcial, eventuales e interinos: 0,085 € por hora ordinaria, tras 730 días de trabajo efectivo.

    • Plus de nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Jornada nocturna. Importe por nivel y por cada 8 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25 y anexo 4

      Importe de 2024 por nivel en el anexo 4: de 12,77 € (nivel 4) a 30,10 € (nivel 17). El importe de 2026 no consta en el recorte: pendiente de la disposición adicional.

    • Plus de noches de 24 y 31 de diciembre y 5 de enero

      50,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Turnos que trabajan la noche de los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero.

      No consta en el recorte. art. 25

      50 € por noche. El texto no da año de aplicación distinto.

    • Plus de penosos, tóxicos o peligrosos

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Actividades calificadas de penosas, tóxicas o peligrosas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      Importe de 2024: 1,10 € por día. El importe de 2026 no consta en el recorte.

    • Plus de domingos

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Personal que trabaja en jornada normal ordinaria el domingo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

      Importe de 2024: 2,46 € por hora trabajada. El importe de 2026 no consta en el recorte.

    • Plus de festivos

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personal que trabaja en días festivos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

      Importe de 2024: 2,46 € por hora trabajada. Quien ya tenga un plus por este concepto puede optar entre mantenerlo o aplicar el del convenio.

    • Complemento de buen fin de campaña

      1.500 euros. Se cobra desde el vigésimo día de desplazamiento de forma proporcional, y en su totalidad si el desplazamiento es igual o superior a setenta días.

      Quién lo cobra: Personal fijo que no sea desplazado con fines formativos y realice dos campañas distintas en fábricas diferentes de las zonas norte y sur.

      No consta en el recorte. art. 28

    • Plus de distancia

      Kilómetros abonables × importe por kilómetro o fracción superior a 500 metros. En 2024: 0,10 € por kilómetro.

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Ida y vuelta al día, según la orden de 10 de febrero de 1958 (dos kilómetros iniciales descontados).

      No consta en el recorte. art. 35

      Si hay transporte público compatible con el horario, se abona el billete de ida y vuelta. Importe de 2026 no consta en el recorte.

    • Dietas por desplazamiento

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento a un centro de trabajo distinto del habitual, a más de 50 km de la localidad y del domicilio. Niveles 4 al 12.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; no consta en el recorte. art. 34

      Importe diario de 2024: 63,12 € hasta siete días inclusive y 59,55 € a partir de siete días. El importe de 2026 no consta en el recorte.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOE-A-2025-4235 (tabla salarial 2026, publicado el 3/3/2025). Revisado el .

    Código de convenio 99000555011981

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