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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de ambito provincial para las industrias expendedoras y de fabricacion de pan y sus trabajadores de cuenca.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 16000175011982
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 25 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +2,8 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Compensables por tiempo equivalente de descanso retribuido, incrementado al menos en un 75 %. (art. 8)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    1 de 25 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    A
    Jefe/a de fabricación1.245,86 €18.687,90 €*10,0 %18,25 €
    Jefe/a de Taller mecánico1.223,61 €18.354,15 €*10,0 %17,92 €
    B
    Jefe/a de Oficina y Contabilidad1.165,38 €17.480,70 €*10,0 %17,07 €
    Oficial/a Administrativo/a1.147,77 €17.216,55 €*10,0 %16,81 €
    Auxiliar Administrativo/a1.077,25 €16.158,75 €* SMI10,0 %15,78 €
    C
    Ayudante/a de encargado/a36,16 €/día—1——
    Amasador/a36,43 €/día—1——
    Ayudante de Amasador/a36,00 €/día—1——
    Oficial/a36,00 €/día—1——
    Especialista36,00 €/día—1——
    Fogonero/a36,00 €/día—1——
    Gasista36,00 €/día—1——
    Encendedor/a36,08 €/día—1——
    Engrasador/a36,00 €/día—1——
    Mecánico/a de Primera36,30 €/día—1——
    Mecánico/a de Segunda36,14 €/día—1——
    Peón/a35,23 €/día—1——
    Maestro/a Encargado/a37,51 €/día—1——
    Oficial/a de Pala37,51 €/día—1——
    Oficial/a de masa37,57 €/día—1——
    Oficial/a de mesa35,91 €/día—1——
    Ayudante/a35,23 €/día—1——
    D
    Vendedor/a de despachos34,63 €/día—2——
    Transportador/a de Pan a despacho36,16 €/día—2——
    Personal de limpieza35,23 €/día—2——

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    1. Jefe/a de fabricación y otras: Prorrogada de 2025.

    2. Vendedor/a de despachos y otras: Prorrogada de 2025. El recorte no indica la unidad de este bloque; tomado como euros/día por continuidad de la tabla.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. El art. 5 pacta +2,75 % para 2026; no aplicado.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad: bienio

      un 10 % del salario base cada dos años, hasta 1

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Al cumplir un bienio de permanencia, hasta cumplir cuatro años.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      Lectura del art. 13: un bienio (10 %) antes del cuarto año; la redacción no es del todo clara. Tope total de antigüedad: 50 % del salario base.

    • Antigüedad: quinquenios

      un 10 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 4 (tope: 50 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: A partir del cuarto año de permanencia, hasta cuatro quinquenios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      Periodos de 5 años contados desde el cuarto año: interpretación del art. 13.

    • Participación en beneficios

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Industrias mecanizadas o semi-mecanizadas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      En industrias semi-mecanizadas, 15 %. Se abona en las pagas extra (art. 11).

    • Plus de conductores/as

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductores/as que cumplan las condiciones del art. 21 (el recorte no las detalla).

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      Sin importe de 2026 publicado (en 2025 era 66,38 € mensuales). Art. 11.2: estos conductores cobran las pagas extra con su participación en beneficios de conductores.

    • Complemento de Auxiliar Administrativo/a, Vendedor/a de despachos y Personal de limpieza

      Quién lo cobra: Durante los dos primeros años de contrato, hasta empezar a cobrar la antigüedad del art. 13.

      El recorte no dice si cotiza. art. 22

      Sin importes de 2026 publicados: el art. 22 remite a las tablas de cada año (en 2025: 34,77 €, 68,28 € y 45,53 € mensuales). Se abona en las 12 mensualidades.

    • Plus de vestuario

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa opta por abonar el plus en lugar de entregar dos equipos de vestuario al año.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Importe de 2026 no publicado en el recorte (en 2025: 107,56 € anuales).

    • Pan en especie

      0,66 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Un kilogramo de pan por cada día natural (retribución en especie).

      El recorte no dice si cotiza. art. 9

      Valor fijado para todos los años de vigencia del convenio.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Cuenca (tabla salarial 2026, publicado el 2/7/2025). Revisado el .

    Código de convenio 16000175011982

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