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Tablas salariales 2026 · provisionales

Confiterias, pastelerias, reposteria y bolleria industrial.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 47000095011982
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +0,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. De mutuo acuerdo: dos horas de descanso por cada hora extra festiva y hora y media de descanso por cada hora extra diurna. (art. 34)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    3 de 8 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Titulado superiornivel 11.258,84 €18.882,53 €0,0 %16,17 €
    Titulado medionivel 21.226,83 €18.402,45 €0,0 %15,76 €
    Coordinador líneanivel 31.191,03 €17.865,47 €0,0 %15,30 €
    Oficial 1ªnivel 438,16 €/día17.362,80 €10,0 %14,87 €
    Oficial 2ªnivel 536,43 €/día16.576,00 € SMI10,0 %14,19 €
    Especialistanivel 636,43 €/día16.576,00 € SMI10,0 %14,19 €
    Peónnivel 736,43 €/día16.576,00 € SMI10,0 %14,19 €
    Aprendiznivel 836,43 €/día16.576,00 €10,0 %14,19 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    1. Oficial 1ª y otras: Salario por día: el anual de la tabla es día × 455 días.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Sin tabla 2026 publicada en el recorte (última publicada: tablas provisionales 2025, BOPVA 19/5/2025).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de antigüedad (trienios)

      un 6 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 10

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, por cada trienio de permanencia en la empresa, hasta diez trienios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

      Computan íntegramente los periodos de aprendizaje.

    • Plus de nocturnidad

      2,20 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

    • Plus dominical

      el 100 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Trabajo en domingo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32

    • Trabajo en festivos

      el 100 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en festivos, excluidos los domingos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      Se paga con incremento, no como importe fijo.

    • Plus de distancia

      45,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Trabajadores con domicilio a partir del límite del casco urbano del municipio del centro de trabajo.

      No consta en el recorte. art. 30

    • Plus por trabajos tóxicos, penosos o peligrosos

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Mientras persista el trabajo tóxico, penoso o peligroso.

      Cotiza y tributa como salario. art. 39

      Situación excepcional y provisional; no se pueden hacer horas extra en ese trabajo.

    • Dietas

      60,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos a poblaciones distintas de la del centro de trabajo.

      No consta en el recorte si la parte exenta cubre el importe. art. 33

      Dieta completa de 60 €; media dieta de 30 € si solo se permanece media jornada. Vigentes para 2024, 2025 y 2026.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOPVA-A-2025-01689 (tabla salarial 2026, publicado el 19/5/2025). Revisado el .

    Código de convenio 47000095011982

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