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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de confitería, pastelería, bollería, tortas, mazapanes y otros productos de desayuno de la provincia de Sevilla.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2024 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 41000905011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 10 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +2,2 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Solo por prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes, o por mutuo acuerdo; descanso en los 4 meses siguientes. (art. 15)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    1 de 10 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2024Hora extra
    1
    Técnico - Responsable1.225,78 €21.267,67 €0,0 %20,49 €
    Técnico - Encargado1.170,33 €20.438,30 €0,0 %19,70 €
    Técnico - Oficial 1.ª1.107,35 €19.494,72 €0,0 %18,79 €
    Técnico - Oficial 2.ª1.061,46 €18.203,27 €0,0 %17,54 €
    Técnico - Ayudante1.018,68 €18.181,22 €0,0 %17,52 €
    2
    Administrativo - Responsable1.207,33 €20.991,30 €0,0 %20,23 €
    Administrativo - Encargado1.107,38 €19.494,72 €0,0 %18,79 €
    Administrativo - Oficial 1.ª1.082,02 €18.901,73 €0,0 %18,21 €
    Administrativo - Oficial 2.ª991,38 €17.281,67 €0,0 %16,65 €
    Administrativo - Ayudante941,39 €17.013,07 € SMI0,0 %16,39 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2024 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.816 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Sin tabla 2026 publicada en el recorte. No incluye la subida del 2,25 % pactada para 2026 (art. 20), que no se ha aplicado.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad (trienios)

      un 3 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 10

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      Para quien tenga antigüedad reconocida anterior al 9/1/1994, el trienio es del 6 % (art. 21).

    • Complemento de trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22 y las 6 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      Solo sobre las horas trabajadas dentro de ese horario.

    • Plus de penosidad, toxicidad y peligrosidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajos declarados penosos, peligrosos o tóxicos por resolución de la autoridad laboral.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      No es compatible con el complemento de hornero.

    • Complemento de puesto de hornero

      el 15 % de tu salario base

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Oficialía de hornero, con el cien por cien de la jornada en ese puesto.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      No necesita resolución de la autoridad laboral. No es compatible con el plus de penosidad.

    • Plus de asistencia

      6,20 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado.

      El recorte no dice si cotiza. art. 24 y anexo II

      Importe de la tabla 2024, no de 2026. Igual para todos los grupos y niveles.

    • Plus de transporte

      3,00 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado.

      Se percibe con carácter de suplido (art. 25). art. 25 y anexo II

    • Premio de natalidad

      Pago único de 140,81 € por nacimiento de hijo

      Quién lo cobra: Por nacimiento de hijo.

      El recorte no dice si cotiza. anexo II

      El premio de nupcialidad de 2024 no es legible en el recorte.

    • Gratificación por jubilación

      Cantidad fija según la edad al jubilarse: 60 años, 7.229,08 €; 61 años, 6.289,30 €; 63 años, 4.337,45 €. Las cifras de 62 y 64 años no son legibles en el OCR.

      Quién lo cobra: Mínimo diez años de antigüedad en la empresa.

      El recorte no dice si cotiza. art. 31 y anexo II

      Se garantiza siempre un mínimo de un mes de ayuda, sea cual sea la edad (art. 31).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Sevilla (tabla salarial 2026, publicado el 4/7/2024). Revisado el .

    Código de convenio 41000905011981

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