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Convenio colectivo

Convenio colectivo de confitería, pastelería, bollería, tortas, mazapanes y otros productos de desayuno de la provincia de Sevilla.

Código de convenio 41000905011981
Publicado el
4/7/2024
Vigencia
1/1/2023 – 31/12/2026
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2026)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.816horas
Vacaciones22días

laborables

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,2 %2026
Tablas salariales 2026

Tabla de 2024 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

1 de 10 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo 1. Personal técnico
Técnico - Responsable1.225,78 €21.267,67 €
Técnico - Encargado1.170,33 €20.438,30 €
Técnico - Oficial 1.ª1.107,35 €19.494,72 €
Técnico - Oficial 2.ª1.061,46 €18.203,27 €
Técnico - Ayudante1.018,68 €18.181,22 €
Grupo 2. Personal administrativo
Administrativo - Responsable1.207,33 €20.991,30 €
Administrativo - Encargado1.107,38 €19.494,72 €
Administrativo - Oficial 1.ª1.082,02 €18.901,73 €
Administrativo - Oficial 2.ª991,38 €17.281,67 €
Administrativo - Ayudante SMI941,39 €17.013,07 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2024 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo 1. Personal técnico

Profesiones de carácter técnico comunes a las actividades del convenio. Requieren título oficial de grado superior o medio o, sin él, desarrollar tareas complejas de alta especialización.

  • Técnico - ResponsableActividades complejas con objetivos definidos y alto grado de exigencia en autonomía y responsabilidad; dirigen normalmente un conjunto de funciones técnicas o profesionales especializadas. En la tabla cobra 21.268 € al año, el sueldo más alto.
  • Técnico - EncargadoReparte el trabajo de un equipo, lo coordina y responde de su resultado. En la tabla cobra 20.438 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
  • Técnico - Oficial 1.ªProfesional del oficio con plena cualificación: hace el trabajo completo sin supervisión. En la tabla cobra 19.495 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
  • Técnico - Oficial 2.ªProfesional del oficio con algo menos de experiencia que el de primera; trabaja con cierta supervisión. En la tabla cobra 18.203 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
  • Técnico - AyudanteColabora con un oficial o un técnico y aprende el oficio siguiendo sus indicaciones. En la tabla cobra 18.181 € al año (puesto 7 de 9 por sueldo).

Grupo 2. Personal administrativo

Profesiones de carácter administrativo comunes a las actividades del convenio.

  • Administrativo - ResponsableActividades complejas con objetivos definidos y alto grado de exigencia en autonomía y responsabilidad; dirigen normalmente un conjunto de funciones técnicas o profesionales especializadas. En la tabla cobra 20.991 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
  • Administrativo - EncargadoTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 19.495 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
  • Administrativo - Oficial 1.ªTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 18.902 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
  • Administrativo - Oficial 2.ªTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 17.282 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
  • Administrativo - AyudanteTrabajo de oficina con autonomía: facturas, correspondencia, contabilidad básica. En la tabla cobra 17.013 € al año, el más bajo.

Grupo 3. Personal mercantil

Personal dedicado a la promoción, comercialización y venta de los productos de la empresa, incluida la autoventa y la publicidad; puede hacer rutas y desplazamientos.

Grupo 4. Personal de fabricación

Personal que realiza los trabajos típicos de su especialidad en la sala de fabricación o el obrador, con iniciativa y responsabilidad. Se divide en el subgrupo 4.1 (producción) y el subgrupo 4.2 (acabado).

Grupo 5. Personal de oficios varios

Personal encargado del mantenimiento de la maquinaria y de las instalaciones, y de determinados servicios complementarios.

Por ejemplo: personal de mantenimiento, mecánico, personal de limpieza, control de entrada, conductor repartidor.

Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento personal de antigüedad (trienios)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.3 % del salario base por cada 3 años (máximo 10)
Quién lo cobra
Toda la plantilla
Dónde lo dice
art. 21
Complemento de trabajo nocturnoLo que se paga de más por trabajar de noche.35 % sobre el salario base por hora
Quién lo cobra
Horas trabajadas entre las 22 y las 6 horas
Dónde lo dice
art. 22
Plus de penosidad, toxicidad y peligrosidadLo que se paga por trabajos especialmente duros.20 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Trabajos declarados penosos, peligrosos o tóxicos por resolución de la autoridad laboral
Dónde lo dice
art. 23
Complemento de puesto de horneroLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto.15 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Oficialía de hornero, con el cien por cien de la jornada en ese puesto
Dónde lo dice
art. 23
Plus de asistenciaPremio por no faltar al trabajo.6,20 € por día
Quién lo cobra
Por día efectivamente trabajado
Dónde lo dice
art. 24 y anexo II
Plus de transporteAyuda para ir y volver del trabajo.3,00 € por día
Quién lo cobra
Por día efectivamente trabajado
Dónde lo dice
art. 25 y anexo II
Premio de natalidadPago único de 140,81 € por nacimiento de hijo
Quién lo cobra
Por nacimiento de hijo
Dónde lo dice
anexo II
Gratificación por jubilaciónCantidad fija según la edad al jubilarse: 60 años, 7.229,08 €; 61 años, 6.289,30 €; 63 años, 4.337,45 €. Las cifras de 62 y 64 años no son legibles en el OCR.
Quién lo cobra
Mínimo diez años de antigüedad en la empresa
Dónde lo dice
art. 31 y anexo II

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Solo por prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes, o por mutuo acuerdo; descanso en los 4 meses siguientes (art. 15).
Dónde lo dice
art. 15

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20252,3 %Subida del 2,30 % respecto de la tabla de 2024
20262,25 %Subida del 2,25 % respecto de la tabla de 2025

Revisión salarial

Al final de cada anualidad, si el IPC real supera la subida pactada, la tabla se incrementa en el 50 % de la diferencia, con efectos retroactivos al 1 de enero (art. 20).

Permisos pagados

4 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o constitución como pareja de hechoart. 19.1.A1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º gradoart. 19.1.B55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho, padres, padres políticos e hijosart. 19.1.C32 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de otros parientes hasta el 2.º gradoart. 19.1.D22 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Cambio de domicilioart. 19.1.E11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter públicoart. 19.1.F—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Matrimonio de hijos, hermanos o hermanos políticosart. 19.1.G1—Mejora el Estatuto
Exámenes prenatales y técnicas de preparación al partoart. 19.1.H—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Obtención del carné de conducirart. 19.1.I1—Mejora el Estatuto
Asistencia por fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 19.1.J44 días al año (horas)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de tíos y sobrinosart. 19.1 (último párrafo)—2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Personal técnico superior y medio: 6 meses
  • Personal responsable y encargado: 6 meses
  • Otro personal técnico: 3 meses
  • Personal oficial de primera: 2 meses
  • Personal oficial de segunda: 1 mes
  • Personal ayudante y auxiliar: 1 mes
  • Personal subalterno: 1 mes

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado7 de abril de 2025Publicado en el BOP de Sevilla el anuncio de las tablas salariales de 2025 (cifras no incluidas en el recorte)Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
  • Publicado4 de julio de 2024Publicado en el BOP de Sevilla el texto del convenio y las tablas de 2023 y 2024Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de industria alimentaria de Sevilla?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de industria alimentaria de Sevilla en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 17.013,07 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de industria alimentaria de Sevilla?

22 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Personal técnico superior y medio: 6 meses. Personal responsable y encargado: 6 meses. Otro personal técnico: 3 meses. Personal oficial de primera: 2 meses. Personal oficial de segunda: 1 mes. Personal ayudante y auxiliar: 1 mes. Personal subalterno: 1 mes.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) (texto del convenio, publicado el 4/7/2024). Revisado el .

Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 5). Si no se denuncia en noviembre de 2026, se prorroga por anualidades. Tabla 2026 no publicada en el recorte: se carga la de 2024 como prorrogada.