Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Zaragoza 2028.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2028. Todas las categorías cobran en 15 pagas.
Hay 19 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. (art. 16)
Sueldo por categoría en 2028.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2027 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo II | ||||
| Jefe/a Administrativo/a de 1ª | 1.715,61 € | 25.734,15 € | +3,0 % | 21,86 € |
| Jefe/a Administrativo/a de 2ª | 1.656,96 € | 24.854,40 € | +3,0 % | 21,11 € |
| Oficial de 1ª | 1.534,25 € | 23.013,75 € | +3,0 % | 19,55 € |
| Oficial de 2ª | 1.454,20 € | 21.813,00 € | +3,0 % | 18,53 € |
| Auxiliar | 1.374,14 € | 20.612,10 € | +3,0 % | 17,51 € |
| Grupo III | ||||
| Encargado General | 1.656,97 € | 24.854,55 € | +3,0 % | 21,11 € |
| Supervisor/a o Encargado/a de Zona | 1.576,99 € | 23.654,85 € | +3,0 % | 20,09 € |
| Supervisor/a o Encargado/a de Sector | 1.512,97 € | 22.694,55 € | +3,0 % | 19,28 € |
| Almacenero | 1.267,47 € | 19.012,05 € | +3,0 % | 16,15 € |
| Encargado/a de Grupo o Edificio | 1.343,38 € | 20.150,70 € | +3,0 % | 17,12 € |
| Responsable de Equipo | 1.303,57 € | 19.553,55 € | +3,0 % | 16,61 € |
| Grupo IV | ||||
| Conductor/a-Limpiador/a | 1.480,68 €† | 22.149,40 €1 | +3,0 % | 18,81 € |
| Especialista | 1.433,54 €† | 21.444,15 €2 | +3,0 % | 18,21 € |
| Peón Especialista | 1.309,44 €† | 19.587,75 €3 | +3,0 % | 16,64 € |
| Limpiador/a | 1.236,44 €† | 18.495,75 €4 | +3,0 % | 15,71 € |
| Oficial | 1.433,84 €† | 21.448,70 €5 | +3,0 % | 18,22 € |
| Ayudante | 1.309,44 €† | 19.587,75 €6 | +3,0 % | 16,64 € |
| Peón | 1.236,44 €† | 18.495,75 €7 | +3,0 % | 15,71 € |
| Aprendiz | 1.141,23 €† | 17.071,60 €8 | +3,0 % | 14,50 € |
1. Conductor/a-Limpiador/a: La tabla da salario diario. Mensual = diario × 365 / 12; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 17).
2. Especialista: La tabla da salario diario. Mensual = diario × 365 / 12; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 17).
3. Peón Especialista: La tabla da salario diario. Mensual = diario × 365 / 12; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 17).
4. Limpiador/a: La tabla da salario diario. Mensual = diario × 365 / 12; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 17).
5. Oficial: La tabla da salario diario. Mensual = diario × 365 / 12; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 17).
6. Ayudante: La tabla da salario diario. Mensual = diario × 365 / 12; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 17).
7. Peón: La tabla da salario diario. Mensual = diario × 365 / 12; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 17).
8. Aprendiz: La tabla da salario diario. Mensual = diario × 365 / 12; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 17).
† La tabla oficial da importes anuales: el mensual es el anual dividido entre el número de pagas, como indica el convenio.
Subida: salario base de 2028 frente al de 2027 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.766 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Anexo I del convenio 2026-2029 (BOPZ 216, 19/09/2026), +3 % (art. 10). pagas = 15 (12 + verano, Navidad y marzo de 30 días, art. 17). Grupo IV en salario diario (mensual calculado × 365 / 12). Pluses generales: ver art. 14 y 15 (transporte por día efectivo, festivos, dietas).
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (trienios del 4 %, solo ingresos anteriores a 1995)
un 4 % del salario base cada tres años (trienio)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personal que ya trabajaba en empresas del sector antes del 1/1/1995; quien ingresó después no genera antigüedad.
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Plus de transporte (jornada completa)
6,65 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo a jornada completa, sin distinción de categoría (aunque la empresa tenga transporte propio).
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Plus de transporte: mínimo garantizado a jornada parcial
3,23 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Jornada parcial en localidades con transporte público colectivo: se cobra el proporcional a las horas, pero nunca menos de este importe por día efectivo.
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Plus de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
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Plus de penosidad y toxicidad
Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajos penosos o tóxicos según la derogada Ordenanza laboral de limpieza.
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Plus de peligrosidad (fachadas y alturas de más de 4 metros)
Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Horas dedicadas a limpiar fachadas o exteriores de edificios e instalaciones a más de 4 metros de altura.
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Plus hospitalario
el 5 % de tu salario baseLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Destino en centros sanitarios con camas de hospitalización de al menos 24 horas o quirófano aséptico de cirugía mayor no ambulatoria en el mismo centro.
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Plus de domingos y festivos (jornada de 4 horas o más)
30,06 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada domingo o festivo trabajado con jornada de cuatro horas o más.
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Plus de domingos y festivos (jornada de menos de 4 horas)
18,01 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada domingo o festivo trabajado con jornada inferior a cuatro horas.
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Dieta de comida
16,83 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento ocasional a un centro de otra localidad que impide comer en casa.
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Dieta de cena
14,22 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento ocasional a un centro de otra localidad que impide cenar en casa.
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Dieta de pernocta
44,59 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento ocasional a un centro de otra localidad que obliga a dormir fuera.
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Plus de kilometraje
0,40 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos con vehículo propio.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOPZ · tabla salarial 2028. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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