Tablas salariales 2026 · provisionales
Convenio colectivo de trabajo para las industrias de la madera de la provincia de cáceres.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
Hay 14 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Todavía no se ha publicado la tabla de este año. Mientras no salga, se siguen pagando los importes del año anterior. Si la nueva tabla tiene efectos desde enero, te deberán la diferencia en atrasos. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. 1,75 horas de descanso por cada hora extraordinaria trabajada, preferentemente dentro de los quince días posteriores. (art. 31)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
4 de 14 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| 4 | ||||
| Jefe de oficina | 1.454,78 € | 20.366,92 €* | 0,0 % | 20,35 € |
| Encargado | 1.290,67 € | 18.069,38 €* | 0,0 % | 18,07 € |
| Of. trazador prep. | 1.277,34 € | 17.882,76 €* | 0,0 % | 17,87 € |
| 5 | ||||
| Oficial primera | 1.301,89 € | 18.226,46 €* | 0,0 % | 18,21 € |
| Oficial segunda | 1.214,64 € | 17.004,96 €* | 0,0 % | 17,00 € |
| Oficial de primera | 1.220,58 € | 17.088,12 €* | 0,0 % | 17,08 € |
| Oficial de segunda | 1.198,48 € | 16.778,72 €* | 0,0 % | 16,76 € |
| 6 | ||||
| Auxiliar | 1.124,70 € | 15.745,80 €* SMI | 0,0 % | 15,74 € |
| Ayudante | 1.144,98 € | 16.029,72 €* SMI | 0,0 % | 16,03 € |
| Peón especializado | 1.134,82 € | 15.887,48 €* SMI | 0,0 % | 15,87 € |
| 2 | ||||
| Titulado | 1.463,21 € | 20.484,94 €* | 0,0 % | 20,47 € |
| 7 | ||||
| Peón ordinario | 1.127,81 € | 15.789,34 €* SMI | 0,0 % | 15,77 € |
| Aprendiz segundo año | 1.027,20 € | 14.380,80 €* | 0,0 % | — |
| Aprendiz primer año | 919,07 € | 12.866,98 €* | 0,0 % | — |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. La subida del 3 % pactada para 2026 (art. 33) no está aplicada en estas cifras.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad consolidada (personal)
Cuantía personal consolidada a 30/9/1996, que se mantiene como complemento personal; no absorbible ni compensableLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien generó antigüedad antes del 30/9/1996.
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Complemento de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
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Complemento por penosidad, toxicidad o peligrosidad
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas.
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Dieta completa
50,38 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
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Media dieta
24,72 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida fuera de la residencia sin suministro de la empresa, pudiendo pernoctar en ella; por día efectivo de trabajo.
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Kilometraje (vehículo propio)
0,29 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso de vehículo propio para desplazarse a un centro de trabajo distinto al contratado.
Plus extrasalarial de transporte
61,42 € al mesAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: DOE (tabla salarial 2026, publicado el 24/12/2025). Revisado el .
Código de convenio 10000765011996