Tablas salariales 2025
Convenio colectivo de trabajo para las industrias de la madera de la provincia de cáceres.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
Hay 14 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. 1,75 horas de descanso por cada hora extraordinaria trabajada, preferentemente dentro de los quince días posteriores. (art. 31)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| 4 | |||
| Jefe de oficina | 1.454,78 € | 20.366,92 €* | 20,35 € |
| Encargado | 1.290,67 € | 18.069,38 €* | 18,07 € |
| Of. trazador prep. | 1.277,34 € | 17.882,76 €* | 17,87 € |
| 5 | |||
| Oficial primera | 1.301,89 € | 18.226,46 €* | 18,21 € |
| Oficial segunda | 1.214,64 € | 17.004,96 €* | 17,00 € |
| Oficial de primera | 1.220,58 € | 17.088,12 €* | 17,08 € |
| Oficial de segunda | 1.198,48 € | 16.778,72 €* | 16,76 € |
| 6 | |||
| Auxiliar | 1.124,70 € | 15.745,80 €* | 15,74 € |
| Ayudante | 1.144,98 € | 16.029,72 €* | 16,03 € |
| Peón especializado | 1.134,82 € | 15.887,48 €* | 15,87 € |
| 2 | |||
| Titulado | 1.463,21 € | 20.484,94 €* | 20,47 € |
| 7 | |||
| Peón ordinario | 1.127,81 € | 15.789,34 €* | 15,77 € |
| Aprendiz segundo año | 1.027,20 € | 14.380,80 €* | — |
| Aprendiz primer año | 919,07 € | 12.866,98 €* | — |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Tabla 2025 del texto nuevo del convenio (DOE 24/12/2025).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Antigüedad consolidada (personal)
Cuantía personal consolidada a 30/9/1996, que se mantiene como complemento personal; no absorbible ni compensableLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien generó antigüedad antes del 30/9/1996.
-
Complemento de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
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Complemento por penosidad, toxicidad o peligrosidad
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas.
-
Dieta completa
50,38 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
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Media dieta
24,72 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida fuera de la residencia sin suministro de la empresa, pudiendo pernoctar en ella; por día efectivo de trabajo.
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Kilometraje (vehículo propio)
0,29 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso de vehículo propio para desplazarse a un centro de trabajo distinto al contratado.
Plus extrasalarial de transporte
61,42 € al mesAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: DOE (tabla salarial 2025, publicado el 24/12/2025). Revisado el .
Código de convenio 10000765011996