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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de Rematantes y Aserradores de Maderas de la provincia de Pontevedra.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14,5 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 36001075011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 31 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +2,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)

    6 de 31 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anual
    3
    Analista Programador1.333,98 €19.342,71 €*
    Analista de Sistemas1.333,98 €19.342,71 €*
    Xefe Oficina1.333,98 €19.342,71 €*
    Encargado Xeral1.241,91 €18.007,70 €*
    4
    Encargado de Sección1.217,80 €17.658,10 €*
    Encargado de Produción1.217,80 €17.658,10 €*
    Xefe de Grupo1.217,80 €17.658,10 €*
    5
    Oficial 1ª Administrativo1.250,52 €18.132,54 €*
    Delineante Técnico especialista1.250,52 €18.132,54 €*
    Programador1.250,52 €18.132,54 €*
    Oficial 2ª Administrativo1.185,25 €17.186,13 €*
    Delineante Técnico auxiliar1.185,25 €17.186,13 €*
    Oficial 1ª1.209,67 €17.540,22 €*
    Serrador 1ª1.209,67 €17.540,22 €*
    Galerista 1ª1.209,67 €17.540,22 €*
    Afiador1.209,67 €17.540,22 €*
    Condutor de 1ª Camión1.209,67 €17.540,22 €*
    Oficial 2ª1.173,09 €17.009,81 €*1
    6
    Auxiliar Administrativo1.112,56 €16.132,12 €* SMI
    Vendedor1.112,56 €16.132,12 €* SMI
    Serrador 2ª1.173,09 €17.009,81 €*
    Galerista 2ª1.173,09 €17.009,81 €*
    Tronzador Mecánico1.173,09 €17.009,81 €*
    Motoserrista1.173,09 €17.009,81 €*
    Tractorista1.173,09 €17.009,81 €*
    Carretilleiro1.173,09 €17.009,81 €*
    Palista1.173,09 €17.009,81 €*
    7
    Serrador Serra Circular1.135,42 €16.463,59 €* SMI
    Garda1.135,42 €16.463,59 €* SMI
    Peón1.127,24 €16.344,98 €* SMI
    Medidor1.127,24 €16.344,98 €* SMI

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    1. Oficial 2ª: El salario va partido por salto de página en el recorte («1» y «.173,09»); reconstruido como 1.173,09.

    Notas de la tabla. Tabla 2025 con revisión IPC (2,9 %), acordada por la comisión paritaria de 19/02/2026 (BOPPO 06/04/2026).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad consolidada (ad personam)

      Cantidades consolidadas a 1/1/1998 según el Anexo II (no incluido en el recorte)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Quien tenía antigüedad a 1 de enero de 1998.

      Cotiza y tributa como salario. art. 30

      Importes congelados; no se generan nuevos.

    • Complemento de nocturnidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00. Completo si la coincidencia con el período nocturno supera las 4 horas; proporcional si es menor.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35 y art. 25.1

    • Complemento por penosidad, toxicidad o peligrosidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 34

      Si desaparecen las condiciones deja de abonarse y no es consolidable (art. 25.2 del recorte).

    • Complemento de transporte

      4,22 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por cada día de asistencia al trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

      Importe de 2025 según el art. 28.

    • Axudas de custo (dietas)

      Con pernocta 45,12 €; completa 27,07 €; media axuda de custo 13,52 € (año 2025)

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes que impidan comer o dormir fuera del lugar habitual o domicilio, por orden de la empresa.

      El recorte no dice si se superan los límites del art. 147.2 LGSS. art. 33

    • Compensación por ropa de trabajo no entregada

      16,16 € por cada conjunto no entregado (año 2025)

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa incumple la entrega de chaqueta y pantalón cada seis meses.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOPPO (tabla salarial 2025, publicado el 6/4/2026). Revisado el .

    Código de convenio 36001075011981

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