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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de empresas de reparto sin direccionar.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026.

Tabla de 2012 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 99016595012008
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 5 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. A razón de hora y media por hora de exceso realizada, dentro de los tres meses siguientes, por mutuo acuerdo. (art. 34)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    3 de 5 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    1
    Técnicos—19.980,00 €17,08 €
    2
    Coordinador y Oficial Administrativo—17.050,00 € SMI14,57 €
    3
    Controlador, Jefe Equipo, Jefe Almacén y Comercial—12.920,00 € SMI11,04 €
    4
    Repartidor Especialista, Auxiliar administrativo y Almacenero—10.660,00 € SMI9,11 €
    5
    Repartidor Aspirante—9.950,00 €8,50 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.755 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22 y las 6 horas, salvo contratos de trabajo nocturno por su propia naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOE-A-2011-8274 (tabla salarial 2026, publicado el 11/5/2011). Revisado el .

    Código de convenio 99016595012008

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