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Tablas salariales 2025

IX Convenio colectivo estatal de gestorías administrativas.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 99002385011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. Criterio general y preferente: igual tiempo libre retribuido dentro de los tres meses siguientes. (art. 23)

    Sueldo por categoría en 2025

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)

    3 de 8 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2024Hora extra
    I
    Titulado Superior1.828,02 €†25.592,25 €+3,0 %21,57 €
    Titulado Medio1.723,30 €†24.126,14 €+3,0 %20,33 €
    II y III
    Coordinador/Jefe Admvo./Jefe Técnico1.505,11 €†21.071,48 €+3,0 %17,76 €
    Oficial 1.ª/Técnico Senior1.394,56 €†19.523,84 €+3,0 %16,45 €
    Oficial 2.ª/Técnico Junior1.274,31 €†17.840,36 €+3,0 %15,03 €
    Auxiliar Admvo./Ayudante Técnico1.168,02 €†16.352,28 € SMI+3,0 %13,78 €
    IV
    Ordenanza1.168,02 €†16.352,28 € SMI+3,0 %13,78 €
    P. Limpieza1.168,02 €†16.352,28 € SMI+3,0 %13,78 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    † La tabla oficial da importes anuales: el mensual es el anual dividido entre el número de pagas, como indica el convenio.

    Subida: salario base de 2025 frente al de 2024 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.780 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad consolidada

      Importe consolidado, incrementado cada año en el mismo porcentaje que los salarios

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya la cobraba por el convenio anterior; no compensable ni absorbible.

      Cotiza y tributa como salario. disposición adicional primera

      El convenio no da importes: dependen de lo consolidado por cada persona.

    • Complemento por desaparición de categoría

      Importe consolidado, incrementado cada año en el mismo porcentaje que los salarios

      Quién lo cobra: Solo quien ya lo cobraba por el convenio anterior; no compensable ni absorbible.

      Cotiza y tributa como salario. disposición adicional primera

      El convenio no da importes.

    • Gastos de locomoción (vehículo propio)

      0,26 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera del término municipal del centro, con vehículo propio y autorización previa de la empresa: 0,26 € por km.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 26.a

    • Dieta de una comida fuera

      15,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Una comida fuera y pernocta en su domicilio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 26.b

    • Dieta de dos comidas fuera

      28,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Las dos comidas fuera y pernocta en su domicilio; si pernocta fuera, la empresa paga alojamiento y desayuno (hasta 3 estrellas, con factura).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 26.b

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOE-A-2024-17575 (tabla salarial 2025, publicado el 30/8/2024). Revisado el .

    Código de convenio 99002385011981

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