Saltar al contenido

Tablas salariales 2026 · provisionales

Limpieza publica viaria (provincia).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2013 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 10000185011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 6 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Tiempos equivalentes de descanso retribuido, incrementados en el 75 %. (art. 18)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    Todas las categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    MANDOS
    Jefe de Servicio941,12 €14.116,80 €* SMI15,08 €Plus tóxico: 141,56 €/mes
    ADMINISTRATIVOS
    Aux. Admtvo.898,74 €13.481,10 €* SMI14,40 €Plus tóxico: 131,10 €/mes
    OPERARIOS
    Capataz929,49 €13.942,35 €* SMI14,90 €Plus tóxico: 137,42 €/mes
    Mecánico conductor898,74 €13.481,10 €* SMI14,40 €Plus tóxico: 131,10 €/mes
    Conductor898,74 €13.481,10 €* SMI14,40 €Plus tóxico: 131,10 €/mes
    Peón858,48 €12.877,20 €* SMI13,76 €Plus tóxico: 123,59 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.638 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Plus de ferias 35,11 € y plus de asistencia 21,25 € en complementos.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (escala por años de servicio)

      Porcentaje sobre el salario base según la escala de 2 a 25 años o más

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se abona desde el 1 de enero del año en que se cumplan los años.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      Porcentajes tal como los da el texto para cada escalón; el texto no dice si se acumulan.

    • Plus de nocturnidad

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 21 y las 6 horas; si se trabajan más de 4 horas en ese periodo, se incrementan todas las horas trabajadas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

    • Plus extrasalarial de domingo (desplazamiento)

      60,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada domingo efectivamente trabajado, en turno rotatorio.

      Plus extrasalarial y compensatorio de desplazamiento; el recorte no indica si cotiza. art. 8

      Da derecho a un día de descanso en la semana siguiente.

    • Plus de asistencia

      21,25 € al mes, en 12 pagas

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Se computa por día trabajado; no se considera falta en los casos de los arts. 9, 10 y 28 ni en incapacidad temporal.

      El recorte no indica la cotización. art. 16

      Importe de 2013 (21,25 €).

    • Gratificación por ferias y fiestas locales

      35,11 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada feria o fiesta local; 6 al año.

      El recorte no indica la cotización. art. 17

      Importe de 2013 (35,11 €).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: DOE (tabla salarial 2026, publicado el 20/11/2012). Revisado el .

    Código de convenio 10000185011981

    Volver arriba