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Tablas salariales 2026 · provisionales

Limpieza de contenedores hermeticos de la c.a.m.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026.

Tabla de 2020 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 28012265012003
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 16 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaGrupoBase / mesBruto anual
    JEFE ADMINISTRATIVO44,00 €/día33.096,58 €
    OFICIAL 1ª ADMTVO.42,01 €/día30.407,23 €
    OFICIAL 2ª ADMTVO.35,53 €/día24.748,65 €
    AUXILIAR ADMTVO.33,60 €/día22.172,76 €
    ENCARGADO43,64 €/día37.418,65 €
    CAPATAZ DIA40,48 €/día31.200,25 €
    CAPATAZ NOCHE40,48 €/día34.549,48 €
    ENCARGADO BRIGADA36,57 €/día28.844,63 €
    CONDUCTOR DIA36,57 €/día24.684,70 €
    CONDUCTOR NOCHE36,57 €/día27.997,88 €
    PEON GUARDA DIA33,60 €/día22.100,39 €
    PEON GUARDA NOCHE33,60 €/día25.004,60 €
    OPERARIO DE LIMPIEZA33,60 €/día22.100,39 €
    OFICIAL 1ª TALLER36,00 €/día26.668,29 €
    OFICIAL 2ª TALLER34,59 €/día25.752,57 €
    OFICIAL 3ª TALLER33,85 €/día25.052,55 €

    Notas de la tabla. Salario base y pluses son importes por día efectivamente trabajado; el total anual lo da el boletín (incluye pagas de verano, Navidad y beneficios y vacaciones).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad

      Tres bienios del 5 % y quinquenios del 7 % sobre el salario base (art. 23)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Trabajadores adscritos al convenio con antigüedad computada desde después del 1/1/2003. Tres bienios del 5 % y después quinquenios del 7 % sobre el salario base.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      Se abona por día natural. El quinquenio se modela como periodo de 5 años (interpretación del término).

    • Plus de transporte

      4,87 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26.a y art. 27

      Tabla de 2020: 4,87 € en todas las categorías.

    • Incentivos

      de 9,01 a 31,55 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26.d y art. 27

    • Plus penoso, tóxico y peligroso

      de 6,72 a 8,73 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado; solo en las categorías que lo perciben.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26.b y art. 27

    • Plus nocturno

      de 8,57 a 12,42 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Personal que presta servicios en turno de noche; por día efectivamente trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26.c y art. 27

    • Plus de calidad

      de 11,74 a 12,77 € por día trabajado según categoría

      Quién lo cobra: Solo en las categorías de taller que lo perciben; por día efectivamente trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. tabla salarial de 2020

    • Plus de conducción

      3,40 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Peones que durante toda la jornada conduzcan un vehículo de PMA inferior a 3500 kg, salvo turismos. No se suma al plus funcional: se abona el de mayor importe.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.a

      Por día efectivamente trabajado, sin proporcionalidad.

    • Plus funcional de especialización

      2,98 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Peón que realiza funciones con herramientas mecánicas (radial, martillos neumáticos, manejo de grúa…) en servicios de calle. No se suma al plus de conducción: se abona el de mayor importe.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.b

      Por día efectivamente trabajado, sin proporcionalidad.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20200808-8 (tabla salarial 2026, publicado el 8/8/2020). Revisado el .

    Código de convenio 28012265012003

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