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Tablas salariales 2025

III Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental concertados con el Servicio Catalán de la Salud.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 79100135012015
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Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 23 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +2,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga como una hora normal. (art. 34)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo 1
    Profesional en formación nivel V · Grupo 12.014,01 €28.196,20 €17,41 €
    Profesional en formación nivel IV · Grupo 11.868,55 €26.159,68 €16,15 €
    Profesional en formación nivel III · Grupo 11.731,15 €24.236,15 €14,96 €
    Profesional en formación nivel II · Grupo 11.593,85 €22.313,88 €13,77 €
    Profesional en formación nivel I · Grupo 11.481,46 €20.740,45 €12,80 €
    Profesional en plantilla nivel III · Grupo 13.620,04 €50.680,62 €31,28 €
    Profesional en plantilla nivel II · Grupo 13.132,96 €43.861,45 €27,07 €
    Profesional en plantilla nivel I · Grupo 12.418,17 €33.854,39 €20,90 €
    Grupo 2
    Profesional en formación nivel II · Grupo 21.441,49 €20.180,90 €12,46 €
    Profesional en formación nivel I · Grupo 21.332,87 €18.660,22 €11,52 €
    Enfermero/a2.725,62 €38.158,74 €23,55 €
    Matrón/a2.820,66 €39.489,22 €24,38 €
    Grupo 3
    Técnico/a superior nivel II1.831,98 €25.647,75 €15,83 €
    Aux. TES nivel I1.553,96 €21.755,38 €13,43 €
    TCAI nivel I1.604,86 €22.468,11 €13,87 €
    Grupo 4
    Personal de gestión y servicios · Grupo 42.725,62 €38.158,74 €23,55 €
    Grupo 5
    Personal de gestión y servicios · Grupo 52.202,27 €30.831,82 €19,03 €
    Grupo 6
    Función administrativa nivel II1.830,93 €25.633,07 €15,82 €
    Función administrativa nivel I1.604,72 €22.466,13 €13,87 €
    Oficios y servicios diversos nivel II1.830,68 €25.629,59 €15,82 €
    Oficios y servicios diversos nivel I1.603,72 €22.452,15 €13,86 €
    Grupo 7
    Subalterno/a portalliteres1.470,65 €20.589,08 €12,71 €
    Subalterno/a1.363,93 €19.094,96 €11,79 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.620 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla de 2025 (incremento del 2,5 % sobre la de 2024) fijada en el acuerdo parcial de 13/01/2026 (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya nº 9615 de 2/03/2026).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de vinculación (antigüedad)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada año de servicio efectivo en la empresa, hasta el año 20, para la jornada pactada (proporcional si es menor). Se incluye en las dos pagas extra. Quien tenía más de 20 años al firmarse el VII Convenio conserva lo que ya cobraba.

      Cotiza y tributa como salario. art. 29 y anexo 5

      Premio de fidelización (art. 29.3): a los 25 años de servicio, un mes de vacaciones adicional por una sola vez.

    • Plus de nocturnidad

      de 278,04 a 488,91 € al mes según categoría, en 14 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Importe mensual para jornada completa, pagado en proporción a las horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; el personal de turno de noche con más de la mitad de la jornada en ese horario lo cobra por todas las horas del turno. Las horas extra o de guardia nocturnas se pagan sin este plus (art. 30.2).

      Cotiza y tributa como salario. art. 30 y anexo 4

    • Complemento de responsabilidad, supervisión o comandamiento

      de 92,68 a 926,79 € al mes según categoría, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Solo mientras se ejerzan tareas de especial responsabilidad, comando, supervisión o coordinación en un puesto de confianza; no es consolidable. Importe mensual para jornada completa según grupo y nivel de responsabilidad (III, II o I).

      Cotiza y tributa como salario. art. 31 y anexo 6

    • Plus de sábado

      de 2,73 a 4,12 € por hora según categoría

      Quién lo cobra: Por cada hora trabajada en sábado, además del salario ordinario; si el festivo coincide en sábado, el plus de festivo absorbe el de sábado. Incompatible con guardias y horas extra. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32.1 y anexo 10

    • Plus de domingo

      de 5,45 a 7,55 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada hora trabajada en domingo, además del salario ordinario. Incompatible con guardias y horas extra. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32.2 y anexo 10

    • Plus de festivo

      de 6,24 a 12,18 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada hora en festivo intersemanal oficial con descanso compensatorio (también el festivo recuperable), además del salario ordinario. Incompatible con guardias y horas extra. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32.3 y anexo 10

    • Recargo por festivo trabajado sin descanso compensatorio

      Hora trabajada en festivo intersemanal oficial sin descanso compensatorio: valor de (salario base ÷ jornada) más un 75 % de recargo

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en festivo intersemanal oficial que no tengan descanso compensatorio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32.4

      El 75 % es recargo sobre salario base dividido por jornada anual, no sobre la hora ordinaria con todos los pluses.

    • Festivo especial (Navidad y Año Nuevo)

      40,60 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Cantidad alzada bruta por día de jornada ordinaria trabajado en Nochebuena-Navidad (del turno de noche del 24 al turno de tarde del 25) y en Nochevieja-Año Nuevo (del 31 al 1), igual para todos los grupos, además del plus de festivo, que ese día se paga con un 100 % de incremento.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32.5 y anexo 10

    • Plus de titulación

      17,62 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por tener un título que exige el puesto. Quién lo cobra: Personal portalliteres con titulación; importe mensual en 12 pagas.

      Cotiza y tributa como salario. anexo 8 (plus titulación)

      Anual del anexo 8: 211,44 €.

    • Carrera profesional SIPDP · grupo 1.2 (nivel A a D)

      Según el nivel de carrera alcanzado, en 12 pagas: nivel A: 292,06 €/mes; nivel B: 677,33 €/mes; nivel C: 1.064,06 €/mes; nivel D: 1.324,38 €/mes

      Quién lo cobra: Profesionales en plantilla del grupo 1.2 con nivel de SIPDP reconocido (A, B, C o D).

      Cotiza y tributa como salario. art. 33 y anexo 8

      Anuales del anexo 8: nivel A 3.504,77 €; nivel B 8.127,94 €; nivel C 12.768,75 €; nivel D 15.892,58 €.

    • Carrera profesional SIPDP · grupo 2.2 (nivel A a D)

      Según el nivel de carrera alcanzado, en 12 pagas: nivel A: 158,49 €/mes; nivel B: 290,60 €/mes; nivel C: 422,69 €/mes; nivel D: 641,82 €/mes

      Quién lo cobra: Enfermería y matronas en plantilla del grupo 2.2 con nivel de SIPDP reconocido.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33 y anexo 8

      Anuales del anexo 8: nivel A 1.901,91 €; nivel B 3.487,15 €; nivel C 5.072,23 €; nivel D 7.701,81 €.

    • Carrera profesional SIP · grupos 3 a 7 · nivel A (5 % del salario base)

      de 79,56 a 158,99 € al mes según categoría, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal de los grupos 3 a 7 con el nivel A de SIP reconocido; importe mensual en 12 pagas (el 5 % del salario base anual de cada categoría).

      Cotiza y tributa como salario. art. 33 y anexo 9 (DA 2.ª, 11)

      Los importes anuales del anexo 9 son: Técnico/a superior nivel II 1.282,39 €; Aux. TES nivel I 1.087,77 €; TCAI nivel I 1.123,41 €; Personal de gestión y servicios · Grupo 4 1.907,94 €; Personal de gestión y servicios · Grupo 5 1.541,59 €; Función administrativa nivel II 1.281,65 €; Función administrativa nivel I 1.123,31 €; Oficios y servicios diversos nivel II 1.281,48 €; Oficios y servicios diversos nivel I 1.122,61 €; Subalterno/a portalliteres 1.029,45 €; Subalterno/a 954,75 €.

    • Carrera profesional SIP · grupos 3 a 7 · nivel B (8 % del salario base)

      de 127,30 a 254,39 € al mes según categoría, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal de los grupos 3 a 7 con el nivel B de SIP reconocido; importe mensual en 12 pagas (el 8 % del salario base anual de cada categoría).

      Cotiza y tributa como salario. art. 33 y anexo 9 (DA 2.ª, 11)

      Los importes anuales del anexo 9 son: Técnico/a superior nivel II 2.051,82 €; Aux. TES nivel I 1.740,43 €; TCAI nivel I 1.797,45 €; Personal de gestión y servicios · Grupo 4 3.052,70 €; Personal de gestión y servicios · Grupo 5 2.466,55 €; Función administrativa nivel II 2.050,65 €; Función administrativa nivel I 1.797,29 €; Oficios y servicios diversos nivel II 2.050,37 €; Oficios y servicios diversos nivel I 1.796,17 €; Subalterno/a portalliteres 1.647,13 €; Subalterno/a 1.527,60 €.

    • Carrera profesional SIP · grupos 3 a 7 · nivel C (10 % del salario base)

      de 159,12 a 317,99 € al mes según categoría, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal de los grupos 3 a 7 con el nivel C de SIP reconocido; importe mensual en 12 pagas (el 10 % del salario base anual de cada categoría).

      Cotiza y tributa como salario. art. 33 y anexo 9 (DA 2.ª, 11)

      Los importes anuales del anexo 9 son: Técnico/a superior nivel II 2.564,77 €; Aux. TES nivel I 2.175,54 €; TCAI nivel I 2.246,81 €; Personal de gestión y servicios · Grupo 4 3.815,87 €; Personal de gestión y servicios · Grupo 5 3.083,18 €; Función administrativa nivel II 2.563,31 €; Función administrativa nivel I 2.246,61 €; Oficios y servicios diversos nivel II 2.562,96 €; Oficios y servicios diversos nivel I 2.245,21 €; Subalterno/a portalliteres 2.058,91 €; Subalterno/a 1.909,50 €.

    • Carrera profesional SIP · grupos 3 a 7 · nivel D (12 % del salario base)

      de 190,95 a 381,59 € al mes según categoría, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal de los grupos 3 a 7 con el nivel D de SIP reconocido; importe mensual en 12 pagas (el 12 % del salario base anual de cada categoría).

      Cotiza y tributa como salario. art. 33 y anexo 9 (DA 2.ª, 11)

      Los importes anuales del anexo 9 son: Técnico/a superior nivel II 3.077,73 €; Aux. TES nivel I 2.610,65 €; TCAI nivel I 2.696,17 €; Personal de gestión y servicios · Grupo 4 4.579,05 €; Personal de gestión y servicios · Grupo 5 3.699,82 €; Función administrativa nivel II 3.075,97 €; Función administrativa nivel I 2.695,94 €; Oficios y servicios diversos nivel II 3.075,55 €; Oficios y servicios diversos nivel I 2.694,26 €; Subalterno/a portalliteres 2.470,69 €; Subalterno/a 2.291,40 €.

    • Complemento de atención programada (grupo 1.2)

      de 340,53 a 423,69 € al mes según categoría, en 14 pagas

      Quién lo cobra: Personal del grupo 1.2 con más de un año de servicio efectivo; importe mensual para jornada completa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33.1 y anexo 13

      Anuales del anexo 13: Profesional en plantilla nivel III · Grupo 1 5.931,66 €; Profesional en plantilla nivel II · Grupo 1 5.462,94 €; Profesional en plantilla nivel I · Grupo 1 4.767,42 €.

    • Complemento de adscripción al SIPDP (grupos 1.2 y 2.2)

      de 64,96 a 230,49 € al mes según categoría, en 14 pagas

      Quién lo cobra: Personal de los grupos 1.2 y 2.2 incluido en cualquier nivel del SIPDP (grupo 2.2 a partir del primer año de servicio); importe mensual en 14 pagas, sin absorber lo del anexo 8.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33.1-2 y anexo 13

      Anuales del anexo 13: Profesional en plantilla nivel III · Grupo 1 3.226,86 €; Profesional en plantilla nivel II · Grupo 1 2.782,92 €; Enfermero/a y Matrón/a 909,44 €.

    • Complemento de adscripción al SIP (grupos 3 a 7)

      38,07 € al mes, en 14 pagas

      Quién lo cobra: Personal de los grupos 3 a 7 con al menos un año de servicio efectivo; importe mensual en 14 pagas, sin absorber lo del anexo 9.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33.3 y anexo 13

      Anual del anexo 13: 532,98 €.

    • Complemento de atención continuada (grupo 1.2)

      Importe ANUAL completo, pagado una sola vez en el primer trimestre natural, para quien el año anterior hizo la máxima jornada complementaria de guardias; en proporción si hizo el 75 % o más

      Quién lo cobra: Personal del grupo 1.2 que además de su jornada ordinaria haga guardias de presencia física en al menos el 75 % de la jornada complementaria máxima exigible. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33.1 y anexo 13

    • Complemento de dispersión territorial (atención primaria, atención domiciliaria)

      En 14 pagas, según el nivel T1 a T4 del ámbito territorial. Grupo 1.2 (médicos de familia y pediatras): T1: 59,94 €/mes; T2: 119,89 €/mes; T3: 179,83 €/mes; T4: 257,14 €/mes. Grupo 2.2 (enfermería y trabajo social): T1: 59,94 €/mes; T2: 119,89 €/mes; T3: 179,83 €/mes; T4: 340,67 €/mes

      Quién lo cobra: Atención primaria con atención domiciliaria: T1 ámbitos urbanos de menos de 25.000 habitantes; T2 urbanos de más de 25.000 o rurales con más de un núcleo; T3 hasta 3 municipios; T4 cuatro o más. Compensa también el uso de vehículo propio. Se cobra desde que se hace atención domiciliaria.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33.1.4, 33.2.2 y anexo 14

      Anuales del anexo 14: grupo 1.2 T1 839,23 €, T2 1.678,44 €, T3 2.517,66 €, T4 3.599,50 €; grupo 2.2 T1 839,23 €, T2 1.678,44 €, T3 2.517,66 €, T4 4.769,37 €.

    • Retribución variable por objetivos (DPO) · importe máximo anual

      Importe MÁXIMO anual para jornada completa, pagado según el grado de cumplimiento de objetivos

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Depende de objetivos fijados por cada centro; los grupos 1, 2 y 3 nivel II y los grupos 3 nivel I, 4, 5, 6 y 7 tienen importes distintos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 36 y anexo 7

      Las matronas no figuran en el anexo 7.

    • Guardia de presencia física (atención continuada) · precio/hora laborable

      de 10,94 a 39,40 € por hora según categoría

      Quién lo cobra: Precio por hora de guardia en laborable. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones. Las guardias de Nochebuena-Navidad y Nochevieja-Año Nuevo (desde las 20:00 del 24 al 25 y del 31 al 1) se pagan con un 100 % de incremento. Las claves de profesional en plantilla son el nivel de SIPDP, no la categoría de la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35 y anexo 11

      Los profesionales en formación cobran un porcentaje del precio de adjunto sin nivel o nivel A: 50 % el primer año, 60 % el segundo, 70 % el tercero y 75 % cuarto y quinto (art. 35); las cifras del anexo ya lo incluyen.

    • Guardia de presencia física (atención continuada) · precio/hora sábado

      de 12,37 a 42,77 € por hora según categoría

      Quién lo cobra: Precio por hora de guardia en sábado. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones. Las guardias de Nochebuena-Navidad y Nochevieja-Año Nuevo (desde las 20:00 del 24 al 25 y del 31 al 1) se pagan con un 100 % de incremento. Las claves de profesional en plantilla son el nivel de SIPDP, no la categoría de la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35 y anexo 11

      Los profesionales en formación cobran un porcentaje del precio de adjunto sin nivel o nivel A: 50 % el primer año, 60 % el segundo, 70 % el tercero y 75 % cuarto y quinto (art. 35); las cifras del anexo ya lo incluyen.

    • Guardia de presencia física (atención continuada) · precio/hora domingo y festivo

      de 12,37 a 42,77 € por hora según categoría

      Quién lo cobra: Precio por hora de guardia en domingo y festivo. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones. Las guardias de Nochebuena-Navidad y Nochevieja-Año Nuevo (desde las 20:00 del 24 al 25 y del 31 al 1) se pagan con un 100 % de incremento. Las claves de profesional en plantilla son el nivel de SIPDP, no la categoría de la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35 y anexo 11

      Los profesionales en formación cobran un porcentaje del precio de adjunto sin nivel o nivel A: 50 % el primer año, 60 % el segundo, 70 % el tercero y 75 % cuarto y quinto (art. 35); las cifras del anexo ya lo incluyen.

    • Guardia localizable · precio/hora laborable

      de 4,38 a 15,76 € por hora según categoría

      Quién lo cobra: Precio por hora de guardia en laborable. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones. Las guardias de Nochebuena-Navidad y Nochevieja-Año Nuevo (desde las 20:00 del 24 al 25 y del 31 al 1) se pagan con un 100 % de incremento. Las claves de profesional en plantilla son el nivel de SIPDP, no la categoría de la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35 y anexo 12

      Los profesionales en formación cobran un porcentaje del precio de adjunto sin nivel o nivel A: 50 % el primer año, 60 % el segundo, 70 % el tercero y 75 % cuarto y quinto (art. 35); las cifras del anexo ya lo incluyen.

    • Guardia localizable · precio/hora sábado

      de 4,95 a 17,06 € por hora según categoría

      Quién lo cobra: Precio por hora de guardia en sábado. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones. Las guardias de Nochebuena-Navidad y Nochevieja-Año Nuevo (desde las 20:00 del 24 al 25 y del 31 al 1) se pagan con un 100 % de incremento. Las claves de profesional en plantilla son el nivel de SIPDP, no la categoría de la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35 y anexo 12

      Los profesionales en formación cobran un porcentaje del precio de adjunto sin nivel o nivel A: 50 % el primer año, 60 % el segundo, 70 % el tercero y 75 % cuarto y quinto (art. 35); las cifras del anexo ya lo incluyen.

    • Guardia localizable · precio/hora domingo y festivo

      de 4,95 a 17,06 € por hora según categoría

      Quién lo cobra: Precio por hora de guardia en domingo y festivo. Se incrementa en una onceava parte por vacaciones. Las guardias de Nochebuena-Navidad y Nochevieja-Año Nuevo (desde las 20:00 del 24 al 25 y del 31 al 1) se pagan con un 100 % de incremento. Las claves de profesional en plantilla son el nivel de SIPDP, no la categoría de la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35 y anexo 12

      Los profesionales en formación cobran un porcentaje del precio de adjunto sin nivel o nivel A: 50 % el primer año, 60 % el segundo, 70 % el tercero y 75 % cuarto y quinto (art. 35); las cifras del anexo ya lo incluyen.

    • Ayuda por hijos o hijas con discapacidad

      71,75 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal con hijos o hijas con discapacidad física, psíquica o sensorial reconocida del 33 % o más que no realicen actividad retribuida (también tutores y guardadores legales); ayuda mensual en euros brutos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 52.1 y acuerdo parcial de 24/02/2026

      Importe fijado por el acuerdo parcial de 24/02/2026 (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya 25/03/2026): 71,75 € desde el 1/1/2025 y 72,83 € desde el 1/1/2026; el texto del convenio decía 70 € al mes.

    • Dietas y gastos de desplazamiento

      Desayuno 3,31 €; comida 17,60 €; cena 17,60 €; desplazamiento con pernocta 38,48 €

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal que por necesidades del servicio se desplaza a una localidad distinta de la de su centro; si pernocta fuera, cobra además la cantidad de desplazamiento con pernocta y los gastos de transporte pactados.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37 y anexo 10

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,26 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso de vehículo propio por necesidades del servicio, con acuerdo previo de la empresa; incluye todos los gastos y la amortización.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37, disposición transitoria cuarta y anexo 10

      El art. 37 dice 0,19 €/km; la disposición transitoria cuarta lo actualiza al importe fiscalmente exento y el anexo 10 fija 0,26 €.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (tabla salarial 2025, publicado el 2/3/2026). Revisado el .

    Código de convenio 79100135012015

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