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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de transporte sanitario de Castilla y León (V Convenio).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2022 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 78000325012004
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 17 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Pueden compensarse con tiempo de descanso equivalente si el trabajador está de acuerdo (art. 23.A). (art. 25)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    6 de 17 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    a
    DIRECTOR/A ÁREA1.811,76 €27.176,40 €*26,42 €Plus Convenio: 181,15 €/mes
    JEFE/A TRÁFICO1.209,54 €18.143,10 €*17,64 €Plus Convenio: 120,94 €/mes
    JEFE/A TALLER1.156,71 €17.350,65 €*16,87 €Plus Convenio: 115,66 €/mes
    JEFE/A EQUIPO1.104,78 €16.571,70 €*16,11 €Plus Convenio: 110,47 €/mes
    c
    OFICIAL/A ADMINISTRATIVO/A1.180,97 €17.714,55 €*17,22 €Plus Convenio: 118,10 €/mes
    AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A1.000,04 €15.000,60 €* SMI14,58 €Plus Convenio: 100,00 €/mes
    MÉDICO/A1.980,95 €29.714,25 €*28,89 €Plus Convenio: 198,09 €/mes
    ENFERMERO/A1.485,73 €22.285,95 €*21,67 €Plus Convenio: 148,53 €/mes
    TES CONDUCTOR/A1.092,97 €16.394,55 €*15,94 €Plus Convenio: 146,10 €/mes
    MECÁNICO/A1.080,04 €16.200,60 €*15,75 €Plus Convenio: 108,01 €/mes
    CHAPISTA1.038,11 €15.571,65 €*15,14 €Plus Convenio: 103,82 €/mes
    PINTOR/A1.038,11 €15.571,65 €*15,14 €Plus Convenio: 103,82 €/mes
    TELEFONISTA1.009,54 €15.143,10 €* SMI14,72 €Plus Convenio: 100,92 €/mes
    TES AYUDANTE-CONDUCTOR/A CAMILLERO/A952,37 €14.285,55 €* SMI13,89 €Plus Convenio: 123,81 €/mes
    AYUDANTE MECÁNICO/A952,37 €14.285,55 €* SMI13,89 €Plus Convenio: 95,23 €/mes
    TES CAMILLERO/A895,23 €13.428,45 €* SMI13,06 €Plus Convenio: 114,31 €/mes
    PERSONAL DE LIMPIEZA869,77 €13.046,55 €* SMI12,68 €Plus Convenio: 95,23 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla «A partir de la firma del convenio» (BOCYL pág. 60).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de festivo

      32,54 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por festivo trabajado en el Servicio de Urgencia (12 nacionales, 2 locales y 24 y 31 de diciembre); en la emergencia se abona a una sola tripulación y también al personal de TSNU.

      El recorte no dice si cotiza. art. 27

      Se incrementa un 1 % desde la entrada en vigor del siguiente concurso y un 1 % cada año de vigencia.

    • Plus de Dispositivo de Localización

      39,64 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Cuando la persona trabajadora esté activada en el dispositivo; se abona además la nocturnidad de las horas en que esté activada.

      El recorte no dice si cotiza. art. 23.1 y tabla

      Periodicidad de pago no consta en el recorte.

    • Plus Programado (plus movilidad)

      350,00 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de movimiento adscrito al Transporte Programado (TSNU), en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese servicio, desde el inicio del nuevo contrato.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      Cifra de 350 € en jornada completa. No figura en la tabla de firma: se aplica desde la nueva adjudicación.

    • Plus de recuperación

      400,00 € al año, en un solo pago

      Quién lo cobra: Pago único en el mes siguiente al inicio de la nueva adjudicación, a quienes estuvieran de alta a 31/12/2021; igual para todas las categorías.

      El recorte no dice si cotiza. art. 15

      Con efectos de 31/12/2026 se incrementan en 400 € los salarios base en cómputo anual (art. 15, segundo párrafo).

    • Nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Cada hora de trabajo entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      El texto aplica el 10 % sobre salario base más plus convenio.

    • Antigüedad

      Cumplidos 3 años de permanencia, el 3 %; un aumento del 1 % por año a partir del cuarto; a los 20 años o más, el 20 %

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personal con alta posterior al 1/1/1984 (régimen del art. 17.1, hasta el inicio de la nueva adjudicación).

      El recorte no dice si cotiza. art. 17.1

      El recorte no indica sobre qué importe se calcula el porcentaje. Desde la nueva adjudicación (art. 17.2): 3 % a los 3 años, 1 % más por año hasta 25 años de permanencia.

    • Dietas

      Comida 12,00 €; comida y cena en D. y Festivos 14,00 €; cena 12,00 €; pernocta y desayuno 30,00 €; suma de los tres conceptos 54,00 €

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cuando por causa del servicio no pueda comer, cenar o pernoctar en su domicilio; no se pagan dietas si el centro de trabajo dispone de equipamiento para comidas y cenas.

      Cotización según los límites del art. 147.2 LGSS; el recorte no los cita. art. 19

      Las empresas pueden sustituir la dieta por el pago directo del gasto. No se pagan bebidas alcohólicas.

    • Plus dedicación

      Quién lo cobra: Personal que haya prestado servicios en transporte sanitario urgente durante tres años en los últimos años anteriores a la firma, y esté de alta al inicio de la nueva adjudicación.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      Importe no consta en la tabla de firma.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOCYL (tabla salarial 2026, publicado el 15/3/2022). Revisado el .

    Código de convenio 78000325012004

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