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Tablas salariales 2026 · provisionales

Transporte de enfermos y accidentados en ambulancia.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2019 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 28012525012003
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 18 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Compensables con tiempo de descanso equivalente si el trabajador está de acuerdo. (art. 19 y 25)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    A
    Médico2.481,90 €37.228,50 €*36,19 €
    Diplomado y/o Grado en Enfermería1.939,31 €29.089,65 €*28,28 €
    Director de área2.281,37 €34.220,55 €*33,27 €
    Director2.502,91 €37.543,65 €*36,50 €
    B
    Oficial 1ª administrativo1.605,41 €24.081,15 €*23,41 €
    Auxiliar administrativo1.407,16 €21.107,40 €*20,52 €
    Operador de recursos1.472,68 €22.090,20 €*21,48 €
    Telefonista/operador de demandas1.417,53 €21.262,95 €*20,67 €
    C
    TTS conductor1.545,64 €23.184,60 €*22,54 €
    TTS ayudante-conductor-camillero1.383,39 €20.750,85 €*20,17 €
    TTS camillero1.316,98 €19.754,70 €*19,21 €
    Jefe de equipo1.521,89 €22.828,35 €*22,19 €
    Jefe de tráfico1.636,68 €24.550,20 €*23,87 €
    D
    Jefe de taller1.578,79 €23.681,85 €*23,02 €
    Mecánico1.494,83 €22.422,45 €*21,80 €
    Ayudante mecánico1.354,89 €20.323,35 €*19,76 €
    Chapista1.448,87 €21.733,05 €*21,13 €
    Pintor1.448,87 €21.733,05 €*21,13 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Premios de antigüedad

      3 por 100 al cumplir tres años de permanencia; 1 por 100 por año a partir del cuarto; 20 por 100 a los veinte años o más de servicios ininterrumpidos

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Trabajadores con alta posterior al 1 de enero de 1984.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Base de cálculo no consta en el recorte. Para alta anterior a 1984 se estará a convenios o contratos previos.

    • Incremento por trabajo nocturno

      un 10 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      El recorte dice que el cálculo se hace sobre el salario base por quince pagas.

    • Festividades navideñas

      Cantidad extraordinaria fijada en el anexo (37,29)

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en jornada media o total los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero.

      art. 26

      El recorte no indica si la cantidad es por día trabajado o por año.

    • Festividad de Semana Santa

      Cantidad extraordinaria fijada en el anexo (37,29)

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en jornada media o total los jueves y viernes santos.

      art. 27

      Igual que la festividad navideña: el recorte no indica la periodicidad del importe.

    • Plus de localización

      42,61 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Dispositivo de localización (máximo cinco días seguidos).

      art. 25

    • Plus transporte

      90,52 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Cantidad que figura en el anexo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

    • Plus convenio

      181,27 € al mes, en 12 pagas

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Cantidad que figura en el anexo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      Confirmar. Forma parte del cálculo de vacaciones (art. 28).

    • Gratificaciones por fidelidad a la empresa

      10 años: 6,71 por paga; 15 años: 21,36 por paga; 20 años: 25,02 por paga; 25 años o más: 29,28 por paga

      Quién lo cobra: Trabajadores con 10, 15, 20 o 25 o más años de servicio en la empresa.

      anexo III

      El recorte no dice cuántas pagas se abonan por año.

    • Dietas

      Comida 14,12; cena 14,12; pernocta y desayuno 19,21; dieta completa 52,40

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera de la Comunidad de Madrid o imposibilidad de comer o cenar en horario (art. 21).

      Extrasalarial solo dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el recorte no los detalla. art. 21

      Importes del anexo III.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20171202-1 (tabla salarial 2026, publicado el 2/12/2017). Revisado el .

    Código de convenio 28012525012003

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