Tablas salariales 2026 · provisionales
Transporte de enfermos y accidentados en ambulancia.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tabla de 2019 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
Hay 18 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Todavía no se ha publicado la tabla de este año. Mientras no salga, se siguen pagando los importes del año anterior. Si la nueva tabla tiene efectos desde enero, te deberán la diferencia en atrasos.
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Compensables con tiempo de descanso equivalente si el trabajador está de acuerdo. (art. 19 y 25)
Sueldo por categoría en 2026
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| A | |||
| Médico | 2.481,90 € | 37.228,50 €* | 36,19 € |
| Diplomado y/o Grado en Enfermería | 1.939,31 € | 29.089,65 €* | 28,28 € |
| Director de área | 2.281,37 € | 34.220,55 €* | 33,27 € |
| Director | 2.502,91 € | 37.543,65 €* | 36,50 € |
| B | |||
| Oficial 1ª administrativo | 1.605,41 € | 24.081,15 €* | 23,41 € |
| Auxiliar administrativo | 1.407,16 € | 21.107,40 €* | 20,52 € |
| Operador de recursos | 1.472,68 € | 22.090,20 €* | 21,48 € |
| Telefonista/operador de demandas | 1.417,53 € | 21.262,95 €* | 20,67 € |
| C | |||
| TTS conductor | 1.545,64 € | 23.184,60 €* | 22,54 € |
| TTS ayudante-conductor-camillero | 1.383,39 € | 20.750,85 €* | 20,17 € |
| TTS camillero | 1.316,98 € | 19.754,70 €* | 19,21 € |
| Jefe de equipo | 1.521,89 € | 22.828,35 €* | 22,19 € |
| Jefe de tráfico | 1.636,68 € | 24.550,20 €* | 23,87 € |
| D | |||
| Jefe de taller | 1.578,79 € | 23.681,85 €* | 23,02 € |
| Mecánico | 1.494,83 € | 22.422,45 €* | 21,80 € |
| Ayudante mecánico | 1.354,89 € | 20.323,35 €* | 19,76 € |
| Chapista | 1.448,87 € | 21.733,05 €* | 21,13 € |
| Pintor | 1.448,87 € | 21.733,05 €* | 21,13 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Premios de antigüedad
3 por 100 al cumplir tres años de permanencia; 1 por 100 por año a partir del cuarto; 20 por 100 a los veinte años o más de servicios ininterrumpidosLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Trabajadores con alta posterior al 1 de enero de 1984.
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Incremento por trabajo nocturno
un 10 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.
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Festividades navideñas
Cantidad extraordinaria fijada en el anexo (37,29)Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en jornada media o total los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero.
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Festividad de Semana Santa
Cantidad extraordinaria fijada en el anexo (37,29)Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en jornada media o total los jueves y viernes santos.
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Plus de localización
42,61 € por cada día trabajadoLo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Dispositivo de localización (máximo cinco días seguidos).
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Plus transporte
90,52 € al mes, en 12 pagasAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Cantidad que figura en el anexo.
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Plus convenio
181,27 € al mes, en 12 pagasPlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Cantidad que figura en el anexo.
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Gratificaciones por fidelidad a la empresa
10 años: 6,71 por paga; 15 años: 21,36 por paga; 20 años: 25,02 por paga; 25 años o más: 29,28 por pagaQuién lo cobra: Trabajadores con 10, 15, 20 o 25 o más años de servicio en la empresa.
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Dietas
Comida 14,12; cena 14,12; pernocta y desayuno 19,21; dieta completa 52,40Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera de la Comunidad de Madrid o imposibilidad de comer o cenar en horario (art. 21).
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20171202-1 (tabla salarial 2026, publicado el 2/12/2017). Revisado el .
Código de convenio 28012525012003