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Tablas salariales 2025

Transporte de enfermos y accidentados en ambulancias.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 30003045012008
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 18 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +2,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Descanso compensatorio dentro de los cuatro meses siguientes, a elegir de común acuerdo con la empresa. (art. 21)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    a
    Director/a de Área2.192,06 €34.117,60 €34,00 €Plus convenio: 169,03 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Médico2.349,93 €36.548,94 €36,42 €Plus convenio: 184,83 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    ATS1.887,90 €29.433,00 €29,33 €Plus convenio: 138,58 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    b
    Jefe de Equipo1.532,47 €23.959,59 €23,88 €Plus convenio: 103,05 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Oficial 1ª Administrativo/a1.603,54 €25.054,40 €24,97 €Plus convenio: 110,18 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Auxiliar Administrativo/a1.434,76 €22.455,26 €22,38 €Plus convenio: 93,31 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Telefonista1.443,61 €22.591,08 €22,51 €Plus convenio: 94,16 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Director/a2.367,72 €36.822,64 €36,70 €Plus convenio: 186,59 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Jefe de Taller1.580,92 €24.705,82 €24,62 €Plus convenio: 107,90 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Jefe de Tráfico1.630,20 €25.464,87 €25,38 €Plus convenio: 112,83 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Conductor/a1.521,45 €24.270,97 €24,19 €Plus convenio: 136,31 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Ayudante Camillero/a1.390,16 €22.141,82 €22,07 €Plus convenio: 115,51 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Camillero/a1.336,96 €21.272,91 €21,20 €Plus convenio: 106,65 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Limpiador/a1.336,96 €21.272,91 €21,20 €Plus convenio: 106,65 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Mecánico/a1.509,39 €23.604,68 €23,52 €Plus convenio: 100,78 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Ayudante Mecánico/a1.390,29 €21.770,29 €21,70 €Plus convenio: 88,85 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Chapista1.470,26 €23.002,19 €22,92 €Plus convenio: 96,87 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes
    Pintor1.470,26 €23.002,19 €22,92 €Plus convenio: 96,87 €/mes; Plus transporte: 96,57 €/mes

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.756 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad

      3 % del salario base al cumplir tres años; +1 % por año de permanencia a partir del cuarto; 20 % con 20 o más años de servicio

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Todas las personas trabajadoras del convenio; se cuenta desde la fecha de ingreso.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

    • Plus de nocturnidad

      un 10 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

    • Plus de nocturnidad de emergencias y urgencias (24 h)

      de 56,14 a 98,57 € al mes según categoría, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Personal de emergencias con presencia obligatoria en la base en turnos de 24 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Cuantía mensual prorrateada en 12 mensualidades (cuadro III del anexo IV).

    • Plus de festivos

      el 100 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en festivos del art. 37.2 ET (catorce al año, incluidos el 24 y el 31 de diciembre).

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      Efectos económicos desde el 1/1/2025.

    • Dietas (comida o cena; pernocta y desayuno)

      Comida 15,58 €; cena 15,58 €; pernocta y desayuno 46,79 € (suma de los tres conceptos 77,95 €)

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera del ámbito de trabajo que impiden comer o cenar en él, o pernoctar fuera.

      Extrasalarial dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el recorte no fija esos límites. art. 16 y anexo IV

      Cuantías del cuadro II de 2025.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: anuncio 3623/2025 (Boletín Oficial de la Región de Murcia, tabla salarial 2025, publicado el 22/7/2025). Revisado el .

    Código de convenio 30003045012008

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