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Tablas salariales de seguridad privada 2028.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2028. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 64 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga como una hora normal. Se pueden compensar con descanso o abonarse según el art. 35 ET. (art. 53)

    Sueldo por categoría en 2028.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2027Hora extraPluses
    1. Personal directivo, titulado y técnico
    Director/a General2.438,88 €38.363,28 €+4,0 %21,53 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Director/a Comercial2.201,03 €34.795,53 €+4,0 %19,53 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Director/a Administrativo/a2.201,03 €34.795,53 €+4,0 %19,53 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Director/a Técnico/a y/o de Operaciones2.201,03 €34.795,53 €+4,0 %19,53 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Director/a de Recursos Humanos /Director/a de Personal2.201,03 €34.795,53 €+4,0 %19,53 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Jefe/a de Personal1.963,17 €31.227,63 €+4,0 %17,52 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Jefe/a de Seguridad1.963,17 €31.227,63 €+4,0 %17,52 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Titulado/a de Postgrado/Máster (y antiguo Titulado/a Superior)1.963,17 €31.227,63 €+4,0 %17,52 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Titulado/a de Grado (y antiguo Titulado Medio)1.725,25 €27.658,83 €+4,0 %15,52 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Técnico/a de Prevención de Nivel Superior1.725,25 €27.658,83 €+4,0 %15,52 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Delegado/a-Gerente1.725,25 €27.658,83 €+4,0 %15,52 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · A) Administrativos/as
    Jefe/a de Primera1.633,12 €27.658,83 €+4,0 %15,52 €Plus actividad: 92,13 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Jefe/a de Segunda1.523,63 €26.232,48 €+4,0 %14,72 €Plus actividad: 106,53 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Oficial de Primera1.319,93 €23.615,73 €+4,0 %13,25 €Plus actividad: 135,78 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Oficial de Segunda1.249,55 €22.664,28 €+4,0 %12,72 €Plus actividad: 142,73 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Azafato/a1.139,87 €21.236,73 €+4,0 %11,92 €Plus actividad: 157,24 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Auxiliar1.139,87 €21.236,73 €+4,0 %11,92 €Plus actividad: 157,24 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Telefonista1.047,56 €20.179,98 €+4,0 %11,32 €Plus actividad: 179,10 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · B) Técnicos/as y Especialistas de oficina
    Analista1.963,17 €31.227,63 €+4,0 %17,52 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Programador/a de Ordenador1.725,25 €27.658,83 €+4,0 %15,52 €Plus transporte: 148,34 €/mes
    Operador/a /Grabador/a Ordenador1.320,45 €23.615,73 €+4,0 %13,25 €Plus actividad: 135,26 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Técnico/a de Recursos Humanos (Selección/Formación)1.520,55 €26.232,48 €+4,0 %14,72 €Plus actividad: 109,61 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Técnico/a de Prevención de Nivel Intermedio1.520,55 €26.232,48 €+4,0 %14,72 €Plus actividad: 109,61 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Delineante Proyectista1.520,55 €26.232,48 €+4,0 %14,72 €Plus actividad: 109,61 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Delineante1.320,45 €23.615,73 €+4,0 %13,25 €Plus actividad: 135,26 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · C) Comerciales
    Jefe/a de Ventas1.630,46 €27.658,83 €+4,0 %15,52 €Plus actividad: 94,79 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Técnico/a Comercial1.520,55 €26.232,48 €+4,0 %14,72 €Plus actividad: 109,61 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Gestor/a de Clientes1.355,52 €24.111,63 €+4,0 %13,53 €Plus actividad: 133,25 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Vendedor/a-Promotor/a1.355,52 €24.091,08 €+4,0 %13,52 €Plus actividad: 131,88 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    3. Personal de mandos intermedios
    Jefe/a de Tráfico1.719,56 €27.782,13 €+4,0 %15,59 €Plus actividad: 13,91 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Jefe/a de Vigilancia1.719,56 €27.782,13 €+4,0 %15,59 €Plus actividad: 13,91 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Jefe/a de Servicios1.719,56 €27.782,13 €+4,0 %15,59 €Plus actividad: 13,91 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Jefe/a de Cámara o Tesorería de manipulado1.719,56 €27.782,13 €+4,0 %15,59 €Plus actividad: 13,91 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Inspector/a (de vigilancia, de tráfico, de servicios)1.631,94 €26.740,23 €+4,0 %15,01 €Plus actividad: 32,07 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Coordinador/a de servicios1.631,94 €26.740,23 €+4,0 %15,01 €Plus actividad: 32,07 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Supervisor/a CRA1.572,25 €25.572,48 €+4,0 %14,35 €Plus actividad: 13,91 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Jefe/a de Turno1.389,44 €22.830,33 €+4,0 %12,81 €Plus actividad: 13,91 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Coordinador/a de departamento1.258,79 €20.870,58 €+4,0 %11,71 €Plus actividad: 13,91 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    4. Personal operativo · A) Habilitado
    Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor1.383,76 €30.314,70 €+4,0 %17,01 €Plus peligrosidad: 193,65 €/mes; Plus actividad: 226,25 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 123,31 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte1.321,54 €29.364,72 €+4,0 %16,48 €Plus peligrosidad: 193,65 €/mes; Plus actividad: 226,25 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 121,92 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos-Conductor1.383,76 €29.571,00 €+4,0 %16,59 €Plus peligrosidad: 206,23 €/mes; Plus actividad: 164,09 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 123,31 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos1.321,54 €28.621,02 €+4,0 %16,06 €Plus peligrosidad: 206,23 €/mes; Plus actividad: 164,09 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 121,92 €/mes
    Vigilante de Explosivos1.250,00 €26.028,12 €+4,0 %14,61 €Plus peligrosidad: 226,64 €/mes; Plus actividad: 43,24 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 120,82 €/mes
    Vigilante de Seguridad1.250,00 €22.369,23 €+4,0 %12,55 €Plus peligrosidad: 25,93 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 120,85 €/mes
    Guarda Rural (Pesca Marítima, Caza, etc.)1.250,00 €25.278,30 €+4,0 %14,19 €Plus peligrosidad: 216,50 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 125,06 €/mes
    Escolta1.250,00 €24.884,55 €+4,0 %13,96 €Plus peligrosidad: 190,69 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 124,51 €/mes
    4. Personal operativo · B) No habilitado
    Operador de Seguridad1.226,67 €21.065,25 €+4,0 %11,82 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 73,76 €/mes
    Contador/a-Pagador/a1.160,55 €21.426,03 €+4,0 %12,02 €Plus actividad: 86,46 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 78,40 €/mes
    5. Personal de seguridad mecánico-electrónica
    Encargado/a1.717,49 €28.492,35 €+4,0 %15,99 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 79,16 €/mes
    Ayudante de Encargado/a1.226,67 €21.645,81 €+4,0 %12,15 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 122,14 €/mes
    Revisor/a de Sistemas1.336,37 €22.996,83 €+4,0 %12,91 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 97,60 €/mes
    Oficial de Primera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.610,15 €26.882,85 €+4,0 %15,09 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 79,21 €/mes
    Oficial de Segunda Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.438,83 €24.401,73 €+4,0 %13,69 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 86,60 €/mes
    Oficial de Tercera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.269,02 €22.156,50 €+4,0 %12,43 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 111,76 €/mes
    Especialista1.226,67 €21.645,81 €+4,0 %12,15 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 122,14 €/mes
    Operador/a de soporte técnico1.226,67 €21.645,33 €+4,0 %12,15 €Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 122,10 €/mes
    6. Personal de oficios varios
    Oficial de Primera1.395,70 €24.128,13 €+4,0 %13,54 €Plus actividad: 94,17 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Oficial de Segunda1.134,87 €20.522,88 €+4,0 %11,52 €Plus actividad: 114,65 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Ayudante1.088,48 €20.179,98 €+4,0 %11,32 €Plus actividad: 138,18 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Peón/a1.183,68 €20.179,98 €+4,0 %11,32 €Plus actividad: 42,98 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    7. Personal subalterno
    Conductor/a1.156,45 €23.547,45 €+4,0 %13,21 €Plus actividad: 197,06 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes; Plus vestuario: 122,06 €/mes
    Ordenanza1.197,78 €20.179,98 €+4,0 %11,32 €Plus actividad: 28,88 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Almacenero/a1.197,78 €20.179,98 €+4,0 %11,32 €Plus actividad: 28,88 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes
    Limpiador-Limpiadora1.183,68 €20.179,98 €+4,0 %11,32 €Plus actividad: 42,98 €/mes; Plus transporte: 148,34 €/mes

    Subida: salario base de 2028 frente al de 2027 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.782 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo primero del convenio 2026-2030. salario anual = Total anual de la tabla (12 × total mensual + 3 pagas extra sin plus transporte ni vestuario). Pagas extra: julio, Navidad y marzo (art. 45). Tabla futura ya pactada (art. 47: +3,5 % 2027, +4 % 2028, +4 % 2029, +4,5 % 2030); puede revisarse al alza por la cláusula de garantía salarial (DA 6.ª, máx. 2 %, efectos 1/1/2027).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad (quinquenios)

      Importe mensual por quinquenio según nivel funcional. La antigüedad acumulada (trienios + quinquenios) no puede superar el 10 % del salario base a los 5 años, el 25 % a los 15, el 40 % a los 20 y el 60 % a los 25 o más años

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; un quinquenio por cada 5 años de servicio, desde el primer día del mes en que se cumple.

      Cotiza y tributa como salario. art. 42 y anexo 2, apdo. 2

      Entra en las tres pagas extra (art. 45). Quien devengó trienios hasta el 31/12/1996 los conserva congelados en sus cuantías históricas (anexo 2, apdo. 1); no se incluyen aquí.

    • Plus de trabajo nocturno

      de 1,05 a 2,01 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00. Si se trabajan 4 o más horas nocturnas, se cobra el plus por toda la jornada, con un máximo de 8 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.g y anexo 2, apdo. 10

      El convenio no fija importe para el personal directivo, titulado y técnico ni para analista.

    • Plus de peligrosidad con arma (vigilantes de seguridad de vigilancia)

      193,65 € al mes, en 15 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Vigilantes de seguridad del servicio de vigilancia cuando prestan servicio con arma de fuego reglamentaria.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.a.2 y anexo 2, apdo. 3

      No se suma al plus de peligrosidad mínimo sin arma que ya figura en la fila: se cobra el mayor de los dos, nunca ambos (art. 43.a.3). La parte proporcional del tiempo con arma entra en las pagas extra (art. 45). Puede pagarse en 11 pagas con prorrata.

    • Plus escolta

      336,90 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Escoltas cuando realizan funciones de acompañamiento y protección de personas (art. 32.A.3.c).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.b y anexo 2, apdo. 4

      Cuenta para el valor de la hora extra (art. 53).

    • Plus de responsable de equipo (vigilancia, transporte de fondos o sistemas)

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras tenga asignadas y realice funciones de coordinación de un equipo en ausencia del inspector u otro jefe.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.d y anexo 2, apdo. 5

      No entra en las pagas extra; en vacaciones se cobra el promedio de los 12 meses anteriores.

    • Plus aeropuerto

      0,88 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes de seguridad en aeropuertos con contrato adjudicado por AENA (o quien la sustituya), con certificado C1.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.1 y anexo 2, apdo. 6

    • Plus de radioscopia aeroportuaria

      1,57 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes que usan radioscopia en aeropuertos (certificado C2; carga y correo con C3b).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.2 y anexo 2, apdo. 7

      Lo cobrado por radioscopia aeroportuaria + filtro rotación en la jornada mensual no puede superar el plus de radioscopia aeroportuaria completo (art. 43.e.4). Para carga y correo aéreo solo desde 1/1/2027 y en licitaciones iniciadas tras la publicación del convenio (DT 2.ª).

    • Plus filtro rotación

      0,80 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes en filtros aeroportuarios con rotación en radioscopia (certificado C2).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.3 y anexo 2, apdo. 8

      Lo cobrado por radioscopia aeroportuaria + filtro rotación en la jornada mensual no puede superar el plus de radioscopia aeroportuaria completo (art. 43.e.4).

    • Plus de radioscopia básica

      0,23 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes que usan radioscopia fuera de aeropuertos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.f y anexo 2, apdo. 9

    • Plus de fin de semana y festivos

      1,10 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Vigilantes del servicio de vigilancia, por hora efectiva trabajada de 00:00 del sábado a 24:00 del domingo y en festivos nacionales, autonómicos y locales del lugar de trabajo. No para contratados expresamente para esos días.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.h y anexo 2, apdo. 11

    • Plus de residencia de Ceuta y Melilla

      el 25 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Personas que residen en Ceuta o Melilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.i

    • Plus de Nochebuena y Nochevieja

      89,86 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por trabajar la noche del 24 al 25 de diciembre y/o la del 31 de diciembre al 1 de enero (máximo 2 al año).

      Cotiza y tributa como salario. art. 44.b y anexo 2, apdo. 12

    • Kilometraje en vehículo propio

      0,37 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidad del servicio fuera de la localidad en vehículo particular.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Gasto de locomoción: no cotiza dentro del límite exento del art. 147.2 LGSS art. 59 y anexo 2, apdo. 18

    • Dieta: una comida fuera de su localidad

      12,84 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites exentos del art. 147.2 LGSS arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: dos comidas fuera de su localidad

      23,68 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites exentos del art. 147.2 LGSS arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: pernoctar y desayunar

      21,73 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites exentos del art. 147.2 LGSS arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: pernoctar fuera de su localidad y dos comidas

      43,43 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites exentos del art. 147.2 LGSS arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: dieta completa a partir del 8.º día (desplazamientos de más de 7 días)

      34,52 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites exentos del art. 147.2 LGSS arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOE · tabla salarial 2028. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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