Saltar al contenido

Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad 2026-2030

Tablas salariales de seguridad privada 2030.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2030. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 64 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +4,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga como una hora normal. Se pueden compensar con descanso o abonarse según el art. 35 ET. (art. 53)

    Sueldo por categoría en 2030.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2029Hora extraPluses
    1. Personal directivo, titulado y técnico
    Director/a General2.650,58 €41.693,22 €+4,5 %23,40 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Director/a Comercial2.392,08 €37.815,72 €+4,5 %21,22 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Director/a Administrativo/a2.392,08 €37.815,72 €+4,5 %21,22 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Director/a Técnico/a y/o de Operaciones2.392,08 €37.815,72 €+4,5 %21,22 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Director/a de Recursos Humanos/Director/a de Personal2.392,08 €37.815,72 €+4,5 %21,22 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Jefe/a de Personal2.133,58 €33.938,22 €+4,5 %19,05 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Jefe/a de Seguridad2.133,58 €33.938,22 €+4,5 %19,05 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Titulado/a de Postgrado/Máster (y antiguo Titulado/a Superior)2.133,58 €33.938,22 €+4,5 %19,05 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Titulado/a de Grado (y antiguo Titulado Medio)1.875,00 €30.059,52 €+4,5 %16,87 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Técnico/a de Prevención de Nivel Superior1.875,00 €30.059,52 €+4,5 %16,87 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Delegado/a-Gerente1.875,00 €30.059,52 €+4,5 %16,87 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · A) Administrativos/as
    Jefe/a de Primera1.774,87 €30.059,52 €+4,5 %16,87 €Plus actividad: 100,13 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Jefe/a de Segunda1.655,89 €28.509,42 €+4,5 %16,00 €Plus actividad: 115,77 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Oficial de Primera1.434,50 €25.665,57 €+4,5 %14,40 €Plus actividad: 147,57 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Oficial de Segunda1.358,01 €24.631,47 €+4,5 %13,82 €Plus actividad: 155,12 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Azafato/a1.238,81 €23.080,17 €+4,5 %12,95 €Plus actividad: 170,90 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Auxiliar1.238,81 €23.080,17 €+4,5 %12,95 €Plus actividad: 170,90 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Telefonista1.138,49 €21.931,62 €+4,5 %12,31 €Plus actividad: 194,65 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · B) Técnicos/as y Especialistas de oficina
    Analista2.133,58 €33.938,22 €+4,5 %19,05 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Programador/a de Ordenador1.875,00 €30.059,52 €+4,5 %16,87 €Plus transporte: 161,21 €/mes
    Operador/a/Grabador/a Ordenador1.435,07 €25.665,57 €+4,5 %14,40 €Plus actividad: 147,00 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Técnico/a de Recursos Humanos (Selección/Formación)1.652,53 €28.509,42 €+4,5 %16,00 €Plus actividad: 119,13 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Técnico/a de Prevención de Nivel Intermedio1.652,53 €28.509,42 €+4,5 %16,00 €Plus actividad: 119,13 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Delineante Proyectista1.652,53 €28.509,42 €+4,5 %16,00 €Plus actividad: 119,13 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Delineante1.435,07 €25.665,57 €+4,5 %14,40 €Plus actividad: 147,00 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · C) Comerciales
    Jefe/a de Ventas1.771,99 €30.059,52 €+4,5 %16,87 €Plus actividad: 103,01 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Técnico/a Comercial1.652,53 €28.509,42 €+4,5 %16,00 €Plus actividad: 119,13 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Gestor/a de Clientes1.473,18 €26.204,52 €+4,5 %14,71 €Plus actividad: 144,82 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Vendedor/a-Promotor/a1.473,18 €26.182,17 €+4,5 %14,69 €Plus actividad: 143,33 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    3. Personal de mandos intermedios
    Jefe/a de Tráfico1.868,82 €30.193,62 €+4,5 %16,94 €Plus actividad: 15,12 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Jefe/a de Vigilancia1.868,82 €30.193,62 €+4,5 %16,94 €Plus actividad: 15,12 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Jefe/a de Servicios1.868,82 €30.193,62 €+4,5 %16,94 €Plus actividad: 15,12 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Jefe/a de Cámara o Tesorería de manipulado1.868,82 €30.193,62 €+4,5 %16,94 €Plus actividad: 15,12 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Inspector/a (de vigilancia, de tráfico, de servicios)1.773,59 €29.061,27 €+4,5 %16,31 €Plus actividad: 34,86 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Coordinador/a de servicios1.773,59 €29.061,27 €+4,5 %16,31 €Plus actividad: 34,86 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Supervisor/a CRA1.708,72 €27.792,12 €+4,5 %15,60 €Plus actividad: 15,12 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Jefe/a de Turno1.510,05 €24.812,07 €+4,5 %13,92 €Plus actividad: 15,12 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Coordinador/a de departamento1.368,05 €22.682,07 €+4,5 %12,73 €Plus actividad: 15,12 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    4. Personal operativo · A) Habilitado
    Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor1.503,87 €32.945,94 €+4,5 %18,49 €Plus peligrosidad: 210,46 €/mes; Plus actividad: 245,89 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 134,01 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte1.436,25 €31.913,64 €+4,5 %17,91 €Plus peligrosidad: 210,46 €/mes; Plus actividad: 245,89 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 132,51 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos-Conductor1.503,87 €32.137,74 €+4,5 %18,03 €Plus peligrosidad: 224,13 €/mes; Plus actividad: 178,34 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 134,01 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos1.436,25 €31.105,44 €+4,5 %17,46 €Plus peligrosidad: 224,13 €/mes; Plus actividad: 178,34 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 132,51 €/mes
    Vigilante de Explosivos1.358,50 €28.287,42 €+4,5 %15,87 €Plus peligrosidad: 246,32 €/mes; Plus actividad: 47,00 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 131,30 €/mes
    Vigilante de Seguridad1.358,50 €24.310,80 €+4,5 %13,64 €Plus peligrosidad: 28,18 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 131,34 €/mes
    Guarda Rural (Pesca Marítima, Caza, etc.)1.358,50 €27.472,59 €+4,5 %15,42 €Plus peligrosidad: 235,31 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 135,91 €/mes
    Escolta1.358,50 €27.044,46 €+4,5 %15,18 €Plus peligrosidad: 207,24 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 135,32 €/mes
    4. Personal operativo · B) No habilitado
    Operador de Seguridad1.333,15 €22.893,69 €+4,5 %12,85 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 80,16 €/mes
    Contador/a-Pagador/a1.261,28 €23.285,79 €+4,5 %13,07 €Plus actividad: 93,97 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 85,21 €/mes
    5. Personal de seguridad mecánico-electrónica
    Encargado/a1.866,57 €30.965,55 €+4,5 %17,38 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 86,04 €/mes
    Ayudante de Encargado/a1.333,15 €23.524,77 €+4,5 %13,20 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 132,75 €/mes
    Revisor/a de Sistemas1.452,36 €24.992,88 €+4,5 %14,03 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 106,08 €/mes
    Oficial de Primera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.749,92 €29.216,28 €+4,5 %16,40 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 86,08 €/mes
    Oficial de Segunda Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.563,72 €26.519,76 €+4,5 %14,88 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 94,12 €/mes
    Oficial de Tercera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.379,17 €24.079,59 €+4,5 %13,51 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 121,46 €/mes
    Especialista1.333,15 €23.524,77 €+4,5 %13,20 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 132,75 €/mes
    Operador/a de soporte técnico1.333,15 €23.524,05 €+4,5 %13,20 €Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 132,69 €/mes
    6. Personal de oficios varios
    Oficial de Primera1.516,85 €26.222,52 €+4,5 %14,72 €Plus actividad: 102,35 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Oficial de Segunda1.233,37 €22.304,22 €+4,5 %12,52 €Plus actividad: 124,61 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Ayudante1.182,96 €21.931,62 €+4,5 %12,31 €Plus actividad: 150,18 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Peón/a1.286,43 €21.931,62 €+4,5 %12,31 €Plus actividad: 46,71 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    7. Personal subalterno
    Conductor/a1.256,83 €25.591,41 €+4,5 %14,36 €Plus actividad: 214,16 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes; Plus vestuario: 132,67 €/mes
    Ordenanza1.301,75 €21.931,62 €+4,5 %12,31 €Plus actividad: 31,39 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Almacenero/a1.301,75 €21.931,62 €+4,5 %12,31 €Plus actividad: 31,39 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes
    Limpiador-Limpiadora1.286,43 €21.931,62 €+4,5 %12,31 €Plus actividad: 46,71 €/mes; Plus transporte: 161,21 €/mes

    Subida: salario base de 2030 frente al de 2029 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.782 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo primero del convenio 2026-2030. salario anual = Total anual de la tabla (12 × total mensual + 3 pagas extra sin plus transporte ni vestuario).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad (quinquenios)

      Importe mensual por quinquenio según nivel funcional. La antigüedad acumulada (trienios + quinquenios) no puede superar el 10 % del salario base a los 5 años, el 25 % a los 15, el 40 % a los 20 y el 60 % a los 25 o más años

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; un quinquenio por cada 5 años de servicio, desde el primer día del mes en que se cumple.

      Cotiza y tributa como salario. art. 42 y anexo 2, apdo. 2

      Entra en las tres pagas extra (art. 45). Quien devengó trienios hasta el 31/12/1996 los conserva congelados en sus cuantías históricas (anexo 2, apdo. 1); no se incluyen aquí.

    • Plus de trabajo nocturno

      de 1,14 a 2,18 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00. Si se trabajan 4 o más horas nocturnas, se cobra el plus por toda la jornada, con un máximo de 8 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.g y anexo 2, apdo. 10

      El convenio no fija importe para el personal directivo, titulado y técnico ni para analista.

    • Plus de peligrosidad con arma (vigilantes de seguridad de vigilancia)

      210,46 € al mes, en 15 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Vigilantes de seguridad del servicio de vigilancia cuando prestan servicio con arma de fuego reglamentaria.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.a.2 y anexo 2, apdo. 3

      La parte proporcional del tiempo con arma entra en las pagas extra (art. 45). Puede pagarse en 11 pagas con prorrata.

    • Plus escolta

      366,15 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Escoltas cuando realizan funciones de acompañamiento y protección de personas (art. 32.A.3.c).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.b y anexo 2, apdo. 4

      Cuenta para el valor de la hora extra (art. 53).

    • Plus de responsable de equipo (vigilancia, transporte de fondos o sistemas)

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras tenga asignadas y realice funciones de coordinación de un equipo en ausencia del inspector u otro jefe.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.d y anexo 2, apdo. 5

      No entra en las pagas extra; en vacaciones se cobra el promedio de los 12 meses anteriores.

    • Plus aeropuerto

      0,96 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes de seguridad en aeropuertos con contrato adjudicado por AENA (o quien la sustituya), con certificado C1.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.1 y anexo 2, apdo. 6

    • Plus de radioscopia aeroportuaria

      1,70 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes que usan radioscopia en aeropuertos (certificado C2; carga y correo con C3b).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.2 y anexo 2, apdo. 7

      Lo cobrado por radioscopia aeroportuaria + filtro rotación en la jornada mensual no puede superar el plus de radioscopia aeroportuaria completo (art. 43.e.4). Para carga y correo aéreo solo desde 1/1/2027 y en licitaciones iniciadas tras la publicación del convenio (DT 2.ª).

    • Plus filtro rotación

      0,87 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes en filtros aeroportuarios con rotación en radioscopia (certificado C2).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.3 y anexo 2, apdo. 8

      Lo cobrado por radioscopia aeroportuaria + filtro rotación en la jornada mensual no puede superar el plus de radioscopia aeroportuaria completo (art. 43.e.4).

    • Plus de radioscopia básica

      0,25 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes que usan radioscopia fuera de aeropuertos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.f y anexo 2, apdo. 9

    • Plus de fin de semana y festivos

      1,19 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Vigilantes del servicio de vigilancia, por hora efectiva trabajada de 00:00 del sábado a 24:00 del domingo y en festivos nacionales, autonómicos y locales del lugar de trabajo. No para contratados expresamente para esos días.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.h y anexo 2, apdo. 11

    • Plus de residencia de Ceuta y Melilla

      el 25 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Personas que residen en Ceuta o Melilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.i

    • Plus de Nochebuena y Nochevieja

      97,66 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por trabajar la noche del 24 al 25 de diciembre y/o la del 31 de diciembre al 1 de enero (máximo 2 al año).

      Cotiza y tributa como salario. art. 44.b y anexo 2, apdo. 12

    • Kilometraje en vehículo propio

      0,40 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidad del servicio fuera de la localidad en vehículo particular.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 59 y anexo 2, apdo. 18

    • Dieta: una comida fuera de su localidad

      13,95 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: dos comidas fuera de su localidad

      25,74 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: pernoctar y desayunar

      23,62 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: pernoctar fuera de su localidad y dos comidas

      47,20 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: dieta completa a partir del 8.º día (desplazamientos de más de 7 días)

      37,52 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOE · tabla salarial 2030. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    ¿Eres empresa?

    Lo que la ley pide a tu empresa, en documentos.

    Registro retributivo, protocolo de acoso, desconexión digital y protección de datos de la plantilla. Mira cuáles te tocan.

    Ver qué me toca