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Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad 2026-2030

Tablas salariales de seguridad privada 2029.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2029. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 64 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga como una hora normal. Se pueden compensar con descanso o abonarse según el art. 35 ET. (art. 53)

    Sueldo por categoría en 2029.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2028Hora extraPluses
    1. Personal directivo, titulado y técnico
    Director/a General2.536,44 €39.897,84 €+4,0 %22,39 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Director/a Comercial2.289,07 €36.187,29 €+4,0 %20,31 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Director/a Administrativo/a2.289,07 €36.187,29 €+4,0 %20,31 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Director/a Técnico/a y/o de Operaciones2.289,07 €36.187,29 €+4,0 %20,31 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Director/a de Recursos Humanos /Director/a de Personal2.289,07 €36.187,29 €+4,0 %20,31 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Jefe/a de Personal2.041,70 €32.476,74 €+4,0 %18,22 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Jefe/a de Seguridad2.041,70 €32.476,74 €+4,0 %18,22 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Titulado/a de Postgrado/Máster (y antiguo Titulado/a Superior)2.041,70 €32.476,74 €+4,0 %18,22 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Titulado/a de Grado (y antiguo Titulado Medio)1.794,26 €28.765,14 €+4,0 %16,14 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Técnico/a de Prevención de Nivel Superior1.794,26 €28.765,14 €+4,0 %16,14 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Delegado/a-Gerente1.794,26 €28.765,14 €+4,0 %16,14 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · A) Administrativos/as
    Jefe/a de Primera1.698,44 €28.765,14 €+4,0 %16,14 €Plus actividad: 95,82 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Jefe/a de Segunda1.584,58 €27.281,79 €+4,0 %15,31 €Plus actividad: 110,79 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Oficial de Primera1.372,73 €24.560,34 €+4,0 %13,78 €Plus actividad: 141,21 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Oficial de Segunda1.299,53 €23.570,79 €+4,0 %13,23 €Plus actividad: 148,44 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Azafato/a1.185,46 €22.086,24 €+4,0 %12,39 €Plus actividad: 163,54 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Auxiliar1.185,46 €22.086,24 €+4,0 %12,39 €Plus actividad: 163,54 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Telefonista1.089,46 €20.987,19 €+4,0 %11,78 €Plus actividad: 186,27 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · B) Técnicos/as y Especialistas de oficina
    Analista2.041,70 €32.476,74 €+4,0 %18,22 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Programador/a de Ordenador1.794,26 €28.765,14 €+4,0 %16,14 €Plus transporte: 154,27 €/mes
    Operador/a/Grabador/a Ordenador1.373,27 €24.560,34 €+4,0 %13,78 €Plus actividad: 140,67 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Técnico/a de Recursos Humanos (Selección/Formación)1.581,37 €27.281,79 €+4,0 %15,31 €Plus actividad: 114,00 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Técnico/a de Prevención de Nivel Intermedio1.581,37 €27.281,79 €+4,0 %15,31 €Plus actividad: 114,00 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Delineante Proyectista1.581,37 €27.281,79 €+4,0 %15,31 €Plus actividad: 114,00 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Delineante1.373,27 €24.560,34 €+4,0 %13,78 €Plus actividad: 140,67 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    2. Personal administrativo, técnico de oficina y ventas · C) Comerciales
    Jefe/a de Ventas1.695,68 €28.765,14 €+4,0 %16,14 €Plus actividad: 98,58 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Técnico/a Comercial1.581,37 €27.281,79 €+4,0 %15,31 €Plus actividad: 114,00 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Gestor/a de Clientes1.409,74 €25.076,04 €+4,0 %14,07 €Plus actividad: 138,58 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Vendedor/a-Promotor/a1.409,74 €25.054,74 €+4,0 %14,06 €Plus actividad: 137,16 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    3. Personal de mandos intermedios
    Jefe/a de Tráfico1.788,34 €28.893,39 €+4,0 %16,21 €Plus actividad: 14,47 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Jefe/a de Vigilancia1.788,34 €28.893,39 €+4,0 %16,21 €Plus actividad: 14,47 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Jefe/a de Servicios1.788,34 €28.893,39 €+4,0 %16,21 €Plus actividad: 14,47 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Jefe/a de Cámara o Tesorería de manipulado1.788,34 €28.893,39 €+4,0 %16,21 €Plus actividad: 14,47 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Inspector/a (de vigilancia, de tráfico, de servicios)1.697,22 €27.809,79 €+4,0 %15,61 €Plus actividad: 33,35 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Coordinador/a de servicios1.697,22 €27.809,79 €+4,0 %15,61 €Plus actividad: 33,35 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Supervisor/a CRA1.635,14 €26.595,39 €+4,0 %14,92 €Plus actividad: 14,47 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Jefe/a de Turno1.445,02 €23.743,59 €+4,0 %13,32 €Plus actividad: 14,47 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Coordinador/a de departamento1.309,14 €21.705,39 €+4,0 %12,18 €Plus actividad: 14,47 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    4. Personal operativo · A) Habilitado
    Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor1.439,11 €31.527,27 €+4,0 %17,69 €Plus peligrosidad: 201,40 €/mes; Plus actividad: 235,30 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 128,24 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte1.374,40 €30.539,34 €+4,0 %17,14 €Plus peligrosidad: 201,40 €/mes; Plus actividad: 235,30 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 126,80 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos-Conductor1.439,11 €30.753,87 €+4,0 %17,26 €Plus peligrosidad: 214,48 €/mes; Plus actividad: 170,66 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 128,24 €/mes
    Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos1.374,40 €29.765,94 €+4,0 %16,70 €Plus peligrosidad: 214,48 €/mes; Plus actividad: 170,66 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 126,80 €/mes
    Vigilante de Explosivos1.300,00 €27.069,24 €+4,0 %15,19 €Plus peligrosidad: 235,71 €/mes; Plus actividad: 44,97 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 125,65 €/mes
    Vigilante de Seguridad1.300,00 €23.263,95 €+4,0 %13,05 €Plus peligrosidad: 26,97 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 125,68 €/mes
    Guarda Rural (Pesca Marítima, Caza, etc.)1.300,00 €26.289,51 €+4,0 %14,75 €Plus peligrosidad: 225,17 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 130,06 €/mes
    Escolta1.300,00 €25.879,92 €+4,0 %14,52 €Plus peligrosidad: 198,32 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 129,49 €/mes
    4. Personal operativo · B) No habilitado
    Operador de Seguridad1.275,74 €21.907,86 €+4,0 %12,29 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 76,71 €/mes
    Contador/a-Pagador/a1.206,97 €22.283,07 €+4,0 %12,50 €Plus actividad: 89,92 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 81,54 €/mes
    5. Personal de seguridad mecánico-electrónica
    Encargado/a1.786,19 €29.632,05 €+4,0 %16,63 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 82,33 €/mes
    Ayudante de Encargado/a1.275,74 €22.511,70 €+4,0 %12,63 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 127,03 €/mes
    Revisor/a de Sistemas1.389,82 €23.916,66 €+4,0 %13,42 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 101,51 €/mes
    Oficial de Primera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.674,56 €27.958,20 €+4,0 %15,69 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 82,38 €/mes
    Oficial de Segunda Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.496,38 €25.377,78 €+4,0 %14,24 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 90,07 €/mes
    Oficial de Tercera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad1.319,78 €23.042,70 €+4,0 %12,93 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 116,23 €/mes
    Especialista1.275,74 €22.511,70 €+4,0 %12,63 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 127,03 €/mes
    Operador/a de soporte técnico1.275,74 €22.511,10 €+4,0 %12,63 €Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 126,98 €/mes
    6. Personal de oficios varios
    Oficial de Primera1.451,53 €25.093,29 €+4,0 %14,08 €Plus actividad: 97,94 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Oficial de Segunda1.180,26 €21.343,74 €+4,0 %11,98 €Plus actividad: 119,24 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Ayudante1.132,02 €20.987,19 €+4,0 %11,78 €Plus actividad: 143,71 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Peón/a1.231,03 €20.987,19 €+4,0 %11,78 €Plus actividad: 44,70 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    7. Personal subalterno
    Conductor/a1.202,71 €24.489,39 €+4,0 %13,74 €Plus actividad: 204,94 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes; Plus vestuario: 126,95 €/mes
    Ordenanza1.245,69 €20.987,19 €+4,0 %11,78 €Plus actividad: 30,04 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Almacenero/a1.245,69 €20.987,19 €+4,0 %11,78 €Plus actividad: 30,04 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes
    Limpiador-Limpiadora1.231,03 €20.987,19 €+4,0 %11,78 €Plus actividad: 44,70 €/mes; Plus transporte: 154,27 €/mes

    Subida: salario base de 2029 frente al de 2028 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.782 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo primero del convenio 2026-2030. salario anual = Total anual de la tabla (12 × total mensual + 3 pagas extra sin plus transporte ni vestuario).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad (quinquenios)

      Importe mensual por quinquenio según nivel funcional. La antigüedad acumulada (trienios + quinquenios) no puede superar el 10 % del salario base a los 5 años, el 25 % a los 15, el 40 % a los 20 y el 60 % a los 25 o más años

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; un quinquenio por cada 5 años de servicio, desde el primer día del mes en que se cumple.

      Cotiza y tributa como salario. art. 42 y anexo 2, apdo. 2

      Entra en las tres pagas extra (art. 45). Quien devengó trienios hasta el 31/12/1996 los conserva congelados en sus cuantías históricas (anexo 2, apdo. 1); no se incluyen aquí.

    • Plus de trabajo nocturno

      de 1,09 a 2,09 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00. Si se trabajan 4 o más horas nocturnas, se cobra el plus por toda la jornada, con un máximo de 8 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.g y anexo 2, apdo. 10

      El convenio no fija importe para el personal directivo, titulado y técnico ni para analista.

    • Plus de peligrosidad con arma (vigilantes de seguridad de vigilancia)

      201,40 € al mes, en 15 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Vigilantes de seguridad del servicio de vigilancia cuando prestan servicio con arma de fuego reglamentaria.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.a.2 y anexo 2, apdo. 3

      La parte proporcional del tiempo con arma entra en las pagas extra (art. 45). Puede pagarse en 11 pagas con prorrata.

    • Plus escolta

      350,38 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Escoltas cuando realizan funciones de acompañamiento y protección de personas (art. 32.A.3.c).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.b y anexo 2, apdo. 4

      Cuenta para el valor de la hora extra (art. 53).

    • Plus de responsable de equipo (vigilancia, transporte de fondos o sistemas)

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras tenga asignadas y realice funciones de coordinación de un equipo en ausencia del inspector u otro jefe.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.d y anexo 2, apdo. 5

      No entra en las pagas extra; en vacaciones se cobra el promedio de los 12 meses anteriores.

    • Plus aeropuerto

      0,92 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes de seguridad en aeropuertos con contrato adjudicado por AENA (o quien la sustituya), con certificado C1.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.1 y anexo 2, apdo. 6

    • Plus de radioscopia aeroportuaria

      1,63 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes que usan radioscopia en aeropuertos (certificado C2; carga y correo con C3b).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.2 y anexo 2, apdo. 7

      Lo cobrado por radioscopia aeroportuaria + filtro rotación en la jornada mensual no puede superar el plus de radioscopia aeroportuaria completo (art. 43.e.4). Para carga y correo aéreo solo desde 1/1/2027 y en licitaciones iniciadas tras la publicación del convenio (DT 2.ª).

    • Plus filtro rotación

      0,83 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes en filtros aeroportuarios con rotación en radioscopia (certificado C2).

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.e.3 y anexo 2, apdo. 8

      Lo cobrado por radioscopia aeroportuaria + filtro rotación en la jornada mensual no puede superar el plus de radioscopia aeroportuaria completo (art. 43.e.4).

    • Plus de radioscopia básica

      0,24 € por hora

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Vigilantes que usan radioscopia fuera de aeropuertos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.f y anexo 2, apdo. 9

    • Plus de fin de semana y festivos

      1,14 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Vigilantes del servicio de vigilancia, por hora efectiva trabajada de 00:00 del sábado a 24:00 del domingo y en festivos nacionales, autonómicos y locales del lugar de trabajo. No para contratados expresamente para esos días.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.h y anexo 2, apdo. 11

    • Plus de residencia de Ceuta y Melilla

      el 25 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Personas que residen en Ceuta o Melilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43.i

    • Plus de Nochebuena y Nochevieja

      93,45 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por trabajar la noche del 24 al 25 de diciembre y/o la del 31 de diciembre al 1 de enero (máximo 2 al año).

      Cotiza y tributa como salario. art. 44.b y anexo 2, apdo. 12

    • Kilometraje en vehículo propio

      0,38 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidad del servicio fuera de la localidad en vehículo particular.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 59 y anexo 2, apdo. 18

    • Dieta: una comida fuera de su localidad

      13,35 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: dos comidas fuera de su localidad

      24,63 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: pernoctar y desayunar

      22,60 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: pernoctar fuera de su localidad y dos comidas

      45,17 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    • Dieta: dieta completa a partir del 8.º día (desplazamientos de más de 7 días)

      35,90 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidad del servicio fuera de la localidad habitual, salvo que no le cause perjuicio económico; además se paga el billete si no va en vehículo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. arts. 59 y 60 y anexo 2, apdo. 19

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOE · tabla salarial 2029. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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