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Tablas salariales 2026 · provisionales

VI Convenio Colectivo estatal de empresas de trabajo temporal.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2020 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 99009525011995
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 7 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 10 %. Compensación por descanso con el mismo incremento del 10 %. (art. 33.2)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    5 de 7 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    1
    Nivel 1—14.000,00 € SMI8,79 €
    2
    Nivel 2—14.000,00 € SMI8,79 €
    3
    Nivel 3—14.415,09 € SMI19,05 €
    4
    Nivel 4—15.143,56 € SMI29,51 €
    5
    Nivel 5—17.007,39 € SMI310,68 €
    6
    Nivel 6—19.454,23 €412,21 €
    7
    Nivel 7—20.386,14 €512,80 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    1. Nivel 3: El BOE de 28/12/2018 daba 14450,34; la corrección de 29/03/2019 fija 14415,09.

    2. Nivel 4: El BOE de 28/12/2018 daba 15180,59; la corrección de 29/03/2019 fija 15143,56.

    3. Nivel 5: El BOE de 28/12/2018 daba 17048,97; la corrección de 29/03/2019 fija 17007,39.

    4. Nivel 6: El BOE de 28/12/2018 daba 19501,79; la corrección de 29/03/2019 fija 19454,23.

    5. Nivel 7: El BOE de 28/12/2018 daba 20435,99; la corrección de 29/03/2019 fija 20386,14.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. No hay tabla 2026 en el recorte. Importes en euros anuales (14 pagas, a elección de la empresa).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de trabajo nocturno

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00, salvo que sea nocturno por naturaleza o ya se haya tenido en cuenta al fijar el salario.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27.4 y art. 34.1

      Solo personal de estructura. El de puesta a disposición se rige por la empresa usuaria (art. 34.2).

    • Dietas (desplazamientos fuera de los límites territoriales)

      10 € si come fuera de casa; 22,5 € si hace las dos comidas; si pernocta, factura del hotel designado por la empresa

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal de estructura que tenga que viajar fuera de los límites territoriales del art. 14.

      Extrasalarial; cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS art. 23.3 y art. 30

      Revisión anual por IPC desde el 1/1/2019 (art. 23.3).

    • Compensación por kilometraje con vehículo propio

      0,23 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos con vehículo particular, previo acuerdo con la empresa.

      Compensación de gastos; depende del límite del art. 147.2 LGSS art. 23.3 y art. 30

      Válido durante toda la vigencia del convenio (art. 23.3).

    • Compensación de gastos de transporte público

      Compensación de los gastos invertidos en medios públicos de transporte; el convenio no fija importe

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos del personal de estructura por necesidades de la empresa.

      art. 23.3 y art. 30

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOE-A-2019-4622 (tabla salarial 2026, publicado el 29/3/2019). Revisado el .

    Código de convenio 99009525011995

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