Tablas salariales 2025
Convenio colectivo de trabajo de las empresas de transportes mecánicos de viajeros de la provincia de Barcelona 2019-2023 (prorrogado hasta 2025).
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 48 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: Aún no hemos cargado lo que dice este convenio. Mientras, te damos el mínimo legal: la hora extra no puede pagarse por debajo de una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (arts. 23 y 37)
Sueldo por categoría en 2025
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)
3 de 48 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | |||
| Jefe/a de servicio | 1.775,68 € | 26.635,20 €* | 15,05 € |
| Inspector/a principal | 1.575,84 € | 23.637,60 €* | 13,35 € |
| Ingeniero/a licenciado/a | 1.643,19 € | 24.647,85 €* | 13,93 € |
| Auxiliar titulado/a | 1.511,32 € | 22.669,80 €* | 12,81 € |
| ATS | 1.446,39 € | 21.695,85 €* | 12,26 € |
| Grupo 2 | |||
| Jefe/a de sección | 1.613,00 € | 24.195,00 €* | 13,67 € |
| Jefe/a de negociado | 1.525,28 € | 22.879,20 €* | 12,93 € |
| Oficial 1ª administrativo/a | 1.479,14 € | 22.187,10 €* | 12,54 € |
| Oficial 2ª administrativo/a | 1.410,84 € | 21.162,60 €* | 11,96 € |
| Auxiliar administrativo/a | 1.327,41 € | 19.911,15 €* | 11,25 € |
| Asp. Administrativo/a | 1.037,50 € | 15.562,50 €* SMI | 8,79 € |
| Grupo 3 | |||
| Jefe/a estación 1ª | 1.635,84 € | 24.537,60 €* | 13,86 € |
| Jefe/a estación 2ª | 1.476,82 € | 22.152,30 €* | 12,52 € |
| Jefe/a administración 1ª | 1.636,63 € | 24.549,45 €* | 13,87 € |
| Jefe/a administración 2ª | 1.476,82 € | 22.152,30 €* | 12,52 € |
| Administrativo/a en ruta | 1.384,38 € | 20.765,70 €* | 11,73 € |
| Taquilleros/ras | 1.384,38 € | 20.765,70 €* | 11,73 € |
| Factor | 1.384,38 € | 20.765,70 €* | 11,73 € |
| Encargado/a de consigna | 1.384,38 € | 20.765,70 €* | 11,73 € |
| Repartidores/as de mercancía | 1.320,30 € | 19.804,50 €* | 11,19 € |
| Mozo/a | 1.320,30 € | 19.804,50 €* | 11,19 € |
| Inspector/a | 1.754,57 € | 26.318,55 €* | 14,87 € |
| Inspector/a tranvía | 1.754,57 € | 26.318,55 €* | 14,87 € |
| Controlador/a pcc tranvía | 1.754,57 € | 26.318,55 €* | 14,87 € |
| Conductor/a | 1.636,09 € | 24.541,35 €* | 13,87 € |
| Conductor/a-perceptor/a | 1.636,09 € | 24.541,35 €* | 13,87 € |
| Conductor/a tranvía | 1.636,09 € | 24.541,35 €* | 13,87 € |
| Cobrador/a | 1.384,38 € | 20.765,70 €* | 11,73 € |
| Grupo 4 | |||
| Jefe/a de taller | 1.636,63 € | 24.549,45 €* | 13,87 € |
| Encargado/a o contramaestre | 1.538,18 € | 23.072,70 €* | 13,04 € |
| Encargado/a general | 1.476,82 € | 22.152,30 €* | 12,52 € |
| Encargado/a almacén | 1.444,74 € | 21.671,10 €* | 12,24 € |
| Jefe/a de equipo | 1.508,66 € | 22.629,90 €* | 12,79 € |
| Oficial de 1ª | 1.588,69 € | 23.830,35 €* | 13,46 € |
| Oficial de 2ª | 1.493,89 € | 22.408,35 €* | 12,66 € |
| Oficial de 3ª | 1.364,67 € | 20.470,05 €* | 11,56 € |
| Lavacoches | 1.334,90 € | 20.023,50 €* | 11,31 € |
| Mozo/a taller | 1.320,30 € | 19.804,50 €* | 11,19 € |
| Aprendiz 1er. Año | 1.037,50 € | 15.562,50 €* | 8,79 € |
| Aprendiz 2º. Año | 1.037,50 € | 15.562,50 €* | 8,79 € |
| Aprendiz 3er. Año | 1.037,50 € | 15.562,50 €* | 8,79 € |
| Aprendiz 4º. Año | 1.037,50 € | 15.562,50 €* | 8,79 € |
| Grupo 5 | |||
| Auxiliar en ruta | 1.084,41 € | 16.266,15 €* SMI | 9,19 € |
| Cobrador/a facturas | 1.344,96 € | 20.174,40 €* | 11,40 € |
| Telefonista | 1.344,96 € | 20.174,40 €* | 11,40 € |
| Portero/a | 1.320,30 € | 19.804,50 €* | 11,19 € |
| Vigilante | 1.320,30 € | 19.804,50 €* | 11,19 € |
| Botones | 1.037,50 € | 15.562,50 €* SMI | 8,79 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.770 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de nocturnidad
de 0,55 a 1,89 € por hora según categoríaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 06:00, salvo que el salario ya se haya fijado por la naturaleza nocturna del trabajo.
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Plus de conducción-percepción
5,37 € por cada día trabajadoLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de conducción que a la vez cobra billetes; se devenga por día trabajado y proporcionalmente a las horas de doble función.
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Complemento personal de antigüedad (bienios y quinquenios)
Importe fijo mensual por categoría que sube por escalones (1 bienio, 2 bienios, 2 bienios y 1 quinquenio… hasta 2 bienios y 5 quinquenios): tabla en el campo nota antiguedad 2025Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personal fijo de plantilla, según categoría y tiempo en la empresa: hasta 2 bienios y 5 quinquenios.
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Bolsa de vacaciones
Importe anual por categoría (tabla del convenio)Quién lo cobra: Todo el personal, en proporción al tiempo trabajado en el último año; se paga como máximo en septiembre.
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Dieta nacional entera (servicios regulares)
35,23 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal de conducción de líneas regulares fuera de su residencia habitual; reparto: 10 % desayuno y 30 % comida, cena y pernoctación.
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Dieta nacional entera (servicios discrecionales)
50,92 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal de conducción de servicios discrecionales.
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Dieta internacional
98,03 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal de conducción que va al extranjero.
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Dieta adicional de fin de año
41,95 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Quien trabaje parte de su jornada el 25 de diciembre entre las 14:00 y las 16:30, o entre las 22:00 del 31 de diciembre y las 02:00 del 1 de enero.
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Quebranto de moneda
2,28 € por cada día trabajadoLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Por jornada efectivamente trabajada: personal cobrador y de taquilla, y personal de conducción que además cobra (aparte del plus de conducción-percepción).
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Compensación económica por trabajar en festivo
221,42 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Si no se da el descanso equivalente en 30 días; valor de una jornada de 9 horas efectivamente trabajadas, en proporción a la jornada hecha.
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Compensación económica por trabajar en descanso semanal
153,00 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Si no se da el descanso equivalente en 30 días; valor de una jornada de 9 horas efectivamente trabajadas, en proporción a la jornada hecha.
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Compensación por jornada partida (servicios discrecionales)
4,43 € por horaLo que se paga por trabajar en jornada partida. Quién lo cobra: Cuando se parta la jornada en servicios discrecionales, regulares de uso especial y turísticos: cuantía proporcional al tiempo de partición.
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Seguro de retirada del permiso de conducir
56,98 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Personal de conducción que contrata una póliza que cubra la retirada del permiso: la empresa abona el coste de la póliza hasta el importe de la tabla.
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Premio de fidelidad / vinculación
Con 10 años 12,54 €; 15 años 19,37 €; 20 años 27,35 €; 25 años 34,19 €; 30 años 39,88 €; 35 años 46,72 € (importe por paga, 15 pagas al año)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personal mayor de 60 años que sigue vinculado a la empresa; se pierde a los 65 si sigue trabajando; se suma a la antigüedad en 15 pagas.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (tabla salarial 2025). Revisado el .
Código de convenio 08004305011994