Tablas salariales 2026 · provisionales
Convenio colectivo de trabajo para el sector de Auto-Taxi de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2018-2020.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026.
Tabla de 2018 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
No consta.
El convenio compensa las horas extra con descanso, no con dinero. Salvo pacto en contrario se compensan con descanso equivalente incrementado un 75 %. (art. 24) Fuente
Sueldo por categoría en 2026
| Categoría | Grupo | Base / mes | Bruto anual |
|---|---|---|---|
| Conductor/a de auto-taxi | Conductores | 25,84 €/día | — |
Notas de la tabla. Vencido el 31/12/2020 y denunciado (REGCON 13/11/2020); el art. 4 mantiene el convenio en vigor «mientras no sea sustituido por uno nuevo» (ultraactividad indefinida). Sin tablas posteriores a 2018 en el BOJA ni en REGCON a 16/10/2026: se repite la de 2018 y no se aplica ninguna subida.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Antigüedad (trienios)
un 10 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 8Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Cada trienio, 10 % sobre el salario base convenio, máximo 8 trienios; se abona en días laborales, descansos, festivos, pagas extra y vacaciones.
-
Plus de nocturnidad
el 25 % de tu salario baseLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Servicio prestado entre las 22:00 y las 6:00.
-
Día festivo trabajado
38,36 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Cada uno de los catorce festivos del calendario laboral que se trabaje; además se tiene otro día de descanso.
-
Festividades navideñas, Semana Santa y Feria
20,19 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Cada día trabajado en Semana Santa (domingo de Ramos a domingo de Resurrección), en los días de Feria de la localidad y el 24, 25 y 31 de diciembre y 1 y 6 de enero.
-
Incentivo (mínimo mensual garantizado) y plus de transportes
50 % de la recaudación del trabajador que supere las primeras 50 €; mínimo mensual 218,75 €Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: 50 % de la recaudación que exceda de las primeras 50 €; se garantiza el mínimo mensual de la tabla y el exceso se paga como plus de transportes (no cotizable).
-
Imposibilidad de la prestación (vehículo no disponible por causa no justificada)
41,50 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Si la empresa no pone el vehículo a disposición sin causa justificada: salario base convenio, antigüedad y esta cantidad por cada día.
-
Bolsa de vacaciones
142,47 € prorrateados por los días de vacacionesQuién lo cobra: En vacaciones se cobra el salario base convenio, antigüedad y esta cantidad, prorrateada según los días de vacaciones que correspondan.
-
Ayuda escolar
100,96 € por hijo y añoQuién lo cobra: Por cada hijo de 3 a 18 años (salvo estudios superiores); se paga una vez al año en la nómina de agosto.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOJA (tabla salarial 2026). Revisado el .
Código de convenio 71000935012002