Convenio colectivo
Convenio colectivo de trabajo de Cataluña de acción social con infancia, jóvenes, familias y otros colectivos en situación de riesgo (2013-2018).
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Dirección y subdirecciónPuestos: director/a de centro, subdirector/a, jefe/a de programa. | ||
| Dirección (ciclo general) | 2.269,87 € | 31.778,18 € |
| Subdirección (ciclo general) | 1.916,39 € | 26.829,46 € |
| Técnico superior graduadoPuestos: educador/a social, psicólogo/a, trabajador/a social. | ||
| Técnico superior graduado (ciclo general) | 1.824,40 € | 25.541,60 € |
| Personal técnico (superior y medio)Puestos: integrador/a social, auxiliar administrativo, monitor/a. | ||
| Personal técnico superior (ciclo general) | 1.650,02 € | 23.100,28 € |
| Personal técnico (ciclo general) | 1.445,02 € | 20.230,28 € |
| Personal de serviciosPuestos: personal de limpieza, ordenanza, conserje. | ||
| Personal de servicios (ciclo general) | 1.256,77 € | 17.594,78 € |
| Dirección y subdirecciónPuestos: director/a de centro, subdirector/a, jefe/a de programa. | ||
| Dirección (ciclo continuado) | 2.745,15 € | 38.432,10 € |
| Subdirección (ciclo continuado) | 2.425,09 € | 33.951,26 € |
| Técnico superior graduadoPuestos: educador/a social, psicólogo/a, trabajador/a social. | ||
| Técnico superior graduado (ciclo continuado) | 1.857,69 € | 26.007,66 € |
| Personal técnico (superior y medio)Puestos: integrador/a social, auxiliar administrativo, monitor/a. | ||
| Personal técnico superior (ciclo continuado) | 1.650,02 € | 23.100,28 € |
| Personal técnico (ciclo continuado) | 1.474,09 € | 20.637,26 € |
| Personal de serviciosPuestos: personal de limpieza, ordenanza, conserje. | ||
| Personal de servicios (ciclo continuado) | 1.256,77 € | 17.594,78 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Dirección y subdirección
Dirección de centro, servicio o programa (1.1) y subdirección (1.2): responsabilidad global o de un área, dirigen equipos y responden ante la dirección general.
Formación: Titulación universitaria, generalmente con experiencia y/o posgrado.
- Dirección (ciclo general)Gestiona globalmente un centro, servicio o programa: funciones complejas con impacto directo en los resultados, gestión y planificación presupuestaria, dirige un equipo y responde ante la dirección general o gerencia. En la tabla cobra 31.778 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Subdirección (ciclo general)Responsable de las funciones específicas de un área o servicio especializado con alto grado de responsabilidad y autonomía; dirige un equipo y responde ante la dirección. En la tabla cobra 26.829 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
- Dirección (ciclo continuado)Gestiona globalmente un centro, servicio o programa: funciones complejas con impacto directo en los resultados, gestión y planificación presupuestaria, dirige un equipo y responde ante la dirección general o gerencia. En la tabla cobra 38.432 € al año, el sueldo más alto.
- Subdirección (ciclo continuado)Responsable de las funciones específicas de un área o servicio especializado con alto grado de responsabilidad y autonomía; dirige un equipo y responde ante la dirección. En la tabla cobra 33.951 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
Técnico superior graduado
Plena autonomía técnica y científica en un área o servicio especializado.
Formación: Titulación universitaria (y colegiación cuando sea obligatoria).
- Técnico superior graduado (ciclo general)Funciones propias de un área o servicio especializado con plena autonomía técnica y científica; puede coordinar un equipo reducido. En la tabla cobra 25.542 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
- Técnico superior graduado (ciclo continuado)Funciones propias de un área o servicio especializado con plena autonomía técnica y científica; puede coordinar un equipo reducido. En la tabla cobra 26.008 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
Personal técnico (superior y medio)
Personal técnico superior (3.1) y personal técnico (3.2): actividades operativas y de apoyo bajo supervisión.
Formación: Ciclo formativo de grado superior (3.1) o medio (3.2) o equivalente.
- Personal técnico superior (ciclo general)Tareas de complejidad media con actividades operativas bien determinadas, bajo el control y la supervisión directa de su superior, con responsabilidad sobre el área de trabajo asignada. En la tabla cobra 23.100 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Personal técnico (ciclo general)Ejecuta actividades con instrucciones precisas, de apoyo y auxiliares a otros grupos, bajo supervisión directa y sistemática. En la tabla cobra 20.230 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- Personal técnico superior (ciclo continuado)Tareas de complejidad media con actividades operativas bien determinadas, bajo el control y la supervisión directa de su superior, con responsabilidad sobre el área de trabajo asignada. En la tabla cobra 23.100 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Personal técnico (ciclo continuado)Ejecuta actividades con instrucciones precisas, de apoyo y auxiliares a otros grupos, bajo supervisión directa y sistemática. En la tabla cobra 20.637 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
Personal de servicios
Tareas físicas o manuales sencillas, rutinarias y muy supervisadas.
Formación: Sin titulación o formación básica.
- Personal de servicios (ciclo general)Tareas físicas o manuales sencillas y rutinarias, con método de trabajo preciso y alto grado de supervisión; conocimientos elementales y breve adaptación. En la tabla cobra 17.595 € al año, el más bajo.
- Personal de servicios (ciclo continuado)Tareas físicas o manuales sencillas y rutinarias, con método de trabajo preciso y alto grado de supervisión; conocimientos elementales y breve adaptación. En la tabla cobra 17.595 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Tareas de gestión educativa y/o coordinación de servicios sin responsabilidades directivas ni de gestión de personal; mientras dure el nombramiento.
- Dónde lo dice
- art. 28 y tabla 2025
- Quién lo cobra
- Quien emite valoraciones o diagnostica situaciones de necesidad social que no se pueden abordar desde un servicio social básico, firmando los informes; excepto el grupo 4.
- Quién lo cobra
- Personal de los grupos 1.1, 1.2, 2, 3.1 y 3.2 de estos servicios; se fija sobre los salarios del ciclo continuado.
- Dónde lo dice
- art. 28 y tabla 2025
- Quién lo cobra
- Trabajo entre las 22:00 y las 8:00; se devenga en proporción a las horas efectivamente trabajadas en ese horario (también se cobra en vacaciones, IT y permisos retribuidos, según la comisión paritaria).
- Dónde lo dice
- art. 28 (redacción del acuerdo de 31/3/2025)
- Quién lo cobra
- Parte de la jornada habitual trabajada en sábado o domingo, de 8:00 a 22:00, desde el 1/7/2025 (con cláusula transitoria que permite aplazarlo hasta el 1/1/2026).
- Dónde lo dice
- art. 28 (redacción del acuerdo de 31/3/2025)
- Quién lo cobra
- Personal del ciclo continuado de los grupos 1.1, 1.2, 2 y 3.2; puede absorberse y compensarse solo con los complementos de nocturnidad y de sábados y domingos.
- Dónde lo dice
- art. 28 (redacción del acuerdo de 31/3/2025)
- Quién lo cobra
- Estar localizable para incorporarse de inmediato fuera de la jornada, de forma voluntaria y por acuerdo.
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Quien cumple 3 años de experiencia en la empresa o entidad; se devenga una sola vez en la vida laboral y queda consolidado y revalorizable; se cobra desde el mes siguiente al cumplimiento de los 3 años, y desde el 1/7/2025.
- Dónde lo dice
- art. 28 (redacción del acuerdo de 31/3/2025)
- Quién lo cobra
- Si por la jornada continuada hay que trabajar uno de los 14 festivos, se compensa adaptando el calendario anual.
- Dónde lo dice
- art. 36
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 34 y art. 35
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | Por fijar | Nueva tabla salarial 2025 y complementos (acuerdo de 31/3/2025); el acuerdo de 2023 estima un incremento no inferior al 5 % de la masa salarial media en 2025 |
| 2026 | Por fijar | Tabla única para el ciclo general y el continuado desde el 1/1/2026 (jornada de 1.701 horas para todos); importes pendientes de publicar. El acuerdo de 2023 estima un incremento no inferior al 5 % de la masa salarial media |
Permisos pagados
4 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Nacimiento de hijo o hija, o llegada del menor adoptado o acogidoart. 38 | 3 | — | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de familiares hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 38 | 3 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente, hospitalización, intervención quirúrgica con reposo domiciliario o enfermedad grave de familiares hasta 2.º gradoart. 38 | 5 | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Matrimonio o inicio de vida en comúnart. 38 | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 38 | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propios (24 horas, en un máximo de 5 días)art. 38 | 24 horas anuales sin justificar, con 5 días de aviso; además 3 días recuperables (art. 39) | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 38 | El tiempo indispensable | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto; sesiones de información e informes en adopción o acogimientoart. 38 | El tiempo necesario | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupos A y B (dirección, subdirección y mandos intermedios): 5 meses
- Licenciados y diplomados: 2 meses
- Resto del personal cualificado: 1 mes
- Personal no cualificado: 15 días
Preaviso si te vas
- Grupos A y B: 2 meses
- Grupo C (titulados y personal cualificado): 1 mes
- Grupo D (administración y servicios): 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de acción social de Cataluña?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2017 al 31/12/2018.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de acción social de Cataluña en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.594,78 € brutos al año a jornada completa (Personal de servicios (ciclo general)).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de acción social de Cataluña?
31 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos A y B (dirección, subdirección y mandos intermedios): 5 meses. Licenciados y diplomados: 2 meses. Resto del personal cualificado: 1 mes. Personal no cualificado: 15 días.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Acción social en otras provincias
Lo que suele venir después.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya) (texto del convenio, publicado el 7/12/2017). Revisado el .
Tabla: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (tabla salarial 2026).
Convenio 2013-2018 (con efectos de 2017 y 2018) en ultraactividad: el art. 5 mantiene su vigencia hasta la firma de uno nuevo. Las tablas de 2022 a 2024 (acuerdo parcial de 4/5/2023) y la de 2025 (acuerdo parcial de 31/3/2025) están publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya; la de 2026 no tiene importes publicados (las partes fijan una tabla única desde el 1/1/2026), por eso se prorroga la de 2025.
Convenio autonómico de Cataluña de las entidades de acción social con infancia, juventud, familias y otros colectivos en riesgo (centros residenciales, centros abiertos, servicios de valoración, etc.). No es el convenio estatal de acción e intervención social, cuyos complementos restantes serán aplicables en Cataluña desde el 1/1/2026 pero con redactado pendiente. Es un texto de 2013-2018 en ultraactividad con tablas actualizadas por acuerdos parciales: la tabla de 2026 aún no tiene importes publicados.