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Convenio colectivo

Convenio colectivo del sector de comercio de muebles de la Comunitat Valenciana 2024-⁠2027.

Código de convenio 80100275012024
Publicado el
19/8/2024
Vigencia
1/1/2024 – 31/12/2027

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.776horas
Vacaciones31días

naturales

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Subida inicial+2,0 %2026

Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional de hasta el 1 % sin atrasos de 2025.

Próxima subida+2,0 %2027
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo IPuestos: ayudante, mozo/a de almacén, conserje, cobrador/a, vigilante o portero/a, personal de limpieza.1.167,55 €17.513,29 €
Grupo IIPuestos: auxiliar administrativo/a, auxiliar de caja, ayudante de dependiente/a, mozo/a especializado/a, profesional de oficio de 3.ª.1.190,90 €17.863,57 €
Grupo IIIPuestos: dependiente/a, oficial administrativo/a, cajero/a, contable, conductor/a, montador/a, comercial exterior.1.250,45 €18.756,74 €
Grupo IVPuestos: dependiente/a mayor, jefe/a de sección, jefe/a de almacén, jefe/a de sucursal, jefe/a de administración.1.282,96 €19.244,42 €
Grupo VPuestos: director/a, jefe/a de personal, jefe/a de compras, jefe/a de ventas, encargado/a general.1.389,45 €20.841,71 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo profesional I

Tareas que se hacen siguiendo instrucciones concretas o un método preciso, con mucha supervisión, que normalmente exigen conocimientos profesionales elementales y un periodo breve de adaptación.

Formación: Graduado Escolar o ESO, o conocimientos equivalentes.

  • Grupo ITareas que se hacen siguiendo instrucciones concretas o un método preciso, con mucha supervisión, que normalmente exigen conocimientos profesionales elementales y un periodo breve de adaptación. En la tabla cobra 17.513 € al año, el más bajo.

Grupo profesional II

Tareas que se hacen con instrucciones precisas pero requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas adecuados, con supervisión directa o sistemática.

Formación: Formación Profesional de Grado Básico, complementada con formación en el puesto.

  • Grupo IITareas que se hacen con instrucciones precisas pero requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas adecuados, con supervisión directa o sistemática. En la tabla cobra 17.864 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).

Grupo profesional III

Trabajos de ejecución autónoma que exigen habitualmente iniciativa, con responsabilidad bajo supervisión, pudiendo contar con ayuda de otras personas.

Formación: Formación Profesional de Grado Medio o experiencia acreditada equivalente, con formación en el puesto.

  • Grupo IIITrabajos de ejecución autónoma que exigen habitualmente iniciativa, con responsabilidad bajo supervisión, pudiendo contar con ayuda de otras personas. En la tabla cobra 18.757 € al año (puesto 3 de 5 por sueldo).

Grupo profesional IV

Integra, coordina y supervisa tareas diversas realizadas por un conjunto de colaboradores; tareas complejas pero homogéneas que pueden implicar mando.

Formación: Formación Profesional de Grado Superior o experiencia dilatada equivalente, con formación en el puesto.

  • Grupo IVIntegra, coordina y supervisa tareas diversas realizadas por un conjunto de colaboradores; tareas complejas pero homogéneas que pueden implicar mando. En la tabla cobra 19.244 € al año (puesto 2 de 5 por sueldo).

Grupo profesional V

Tareas técnicas complejas y heterogéneas con objetivos globales, alta autonomía, iniciativa y responsabilidad; puede gestionar una o varias áreas de la empresa siguiendo directrices muy amplias de la dirección.

Formación: Estudios universitarios o experiencia acreditada equivalente, con experiencia dilatada en el sector.

  • Grupo VTareas técnicas complejas y heterogéneas con objetivos globales, alta autonomía, iniciativa y responsabilidad; puede gestionar una o varias áreas de la empresa siguiendo directrices muy amplias de la dirección. En la tabla cobra 20.842 € al año, el sueldo más alto.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad (cuatrienios, solo Alicante y Castellón)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Primer cuatrienio 825 € anuales (55 €/mes), segundo 735 € (49 €/mes), tercero 645 € (43 €/mes), cuarto y siguientes 615 € (41 €/mes)
Quién lo cobra
Solo por servicios prestados en las provincias de Alicante y Castellón; mismo importe para todos los grupos; se empieza a cobrar el mes siguiente al cumplimiento
Incremento por trabajo en domingo o festivo aperturableLo que se paga de más por trabajar en festivo.50 % sobre la hora ordinaria por hora
Quién lo cobra
Prestación voluntaria en domingos y festivos de apertura pactada con la empresa, hasta el 50 % de los aperturables al año; las fiestas laborales retribuidas y no recuperables se rigen por la ley
Dónde lo dice
art. 28

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria. Compensables en tiempo de descanso equivalente; la opción entre descanso o dinero es de la persona trabajadora (el descanso, dentro de los cuatro meses siguientes) (art. 31).
Dónde lo dice
art. 31

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253 %Incremento del 3 % sobre la tabla definitiva de 2024
20262 %Incremento del 2 % sobre la tabla de 2025; aplicado en el acta de 20/2/2026
20272 %Incremento del 2 % sobre la tabla de 2026
2026Por fijarSi el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional de hasta el 1 % sin atrasos de 2025
2027Por fijarSi el IPC interanual de diciembre de 2026 supera el 2 %, incremento adicional de hasta el 2 % como base de las tablas de 2027, sin atrasos de 2026

Revisión salarial

Si el IPC interanual de diciembre supera el 3 % (2025) o el 2 % (2026 y 2027), se aplica un incremento adicional máximo del 1 % (2025) o del 2 % (2026 y 2027) como base de las tablas del año siguiente, sin atrasos del año anterior. Las tablas se elaboran en los diez días siguientes a conocerse el IPC definitivo. (art. 37.B).

Permisos pagados

5 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 34 (remite al art. 37.3 ET)1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de familiar hasta 2.º gradoart. 34 (remite al art. 37.3 ET)55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 1.er gradoart. 34.a3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes de 2.º gradoart. 34 (remite al art. 37.3 ET)2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 34.c21 díaMejora el Estatuto
Matrimonio de hijos/as o hermanos/as (si coincide con día laborable)art. 34.b1—Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 34 (remite al art. 37.3 ET)—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médica propia (Seguridad Social o mutua) en horas de trabajoart. 34.d——Mejora el Estatuto
Acompañar a familiar hasta 1.er grado que requiera cuidado efectivoart. 34.e——Mejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Grupos IV y V: 6 meses
  • Grupos II y III: 3 meses
  • Grupo I: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Contratos de más de un año: 15 días
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado18 de mayo de 2026Publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la tabla salarial 2026 (+2 % sobre 2025).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de muebles de Comunitat Valenciana?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2027.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de muebles de Comunitat Valenciana en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.513,29 € brutos al año a jornada completa (Grupo I).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de muebles de Comunitat Valenciana?

31 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupos IV y V: 6 meses. Grupos II y III: 3 meses. Grupo I: 1 mes.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 2024/8093 (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana), texto del convenio, publicado el 19/8/2024). Revisado el .

Tabla: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 2026/15481 (tabla salarial 2026, publicado el 18/5/2026).

Vigente hasta el 31/12/2027 (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 19/8/2024). Tablas 2024, 2025 (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 26/3/2025) y 2026 (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 18/5/2026) publicadas; en 2027 +2 % y posibles revisiones por IPC (art. 37).

Convenio autonómico del comercio de muebles (hogar, cocina, baño, oficina y complementos) al por menor y al por mayor. Mantiene algunas condiciones propias de Alicante, Castellón y Valencia (antigüedad, complemento de baja por IT); distinto del convenio de madera, carpintería y mueble (fabricación).