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Convenio colectivo

Convenio colectivo del comercio del mueble para la provincia de Santa Cruz de Tenerife (2017-⁠2020, prorrogado).

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 38001625011989
Publicado el
30/3/2018
Vigencia
1/1/2017 – 31/12/2020

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.767horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra4

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+2,8 %2025
Próxima subidaPor fijar

Revisión pendiente de 2026.

Tablas salariales 2026

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

21 de 24 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo profesional IPuestos: Mozo/a, Comercial, Personal limpieza.
Mozo/a SMI1.036,00 €16.576,00 €
Comercial SMI1.036,00 €16.576,00 €
Personal limpieza SMI1.036,00 €16.576,00 €
Grupo profesional IIPuestos: Auxiliar administrativo/a, Cajero, Personal de oficio, Conductor/a repartidor/a, Montador/a, Dependiente/a o vendedor/a, Ayudante dependiente/a o vendedor/a, Atención al cliente.
Auxiliar administrativo/a SMI1.036,00 €16.576,00 €
Cajero SMI1.036,00 €16.576,00 €
Personal de oficio SMI1.036,00 €16.576,00 €
Conductor/a repartidor/a SMI1.036,00 €16.576,00 €
Montador/a SMI1.036,00 €16.576,00 €
Dependiente/a o vendedor/a SMI1.036,00 €16.576,00 €
Ayudante dependiente/a o vendedor/a SMI1.036,00 €16.576,00 €
Atención al cliente SMI1.036,00 €16.576,00 €
Grupo profesional IIIPuestos: Escaparatista, Diseñador/a gráfico, Delineante.
Escaparatista SMI1.036,00 €16.576,00 €
Diseñador/a gráfico SMI1.036,00 €16.576,00 €
Delineante SMI1.036,00 €16.576,00 €
Grupo profesional IVPuestos: Jefe/a de almacén, Jefe/a de sucursal, Jefe/a de sección, Encargado/a de establecimiento, Jefe/a de administración, Contable y cajero/a de administración, Administrativo/a.
Jefe/a de almacén SMI1.044,00 €16.704,00 €
Jefe/a de sucursal SMI1.036,00 €16.576,00 €
Jefe/a de sección SMI1.036,00 €16.576,00 €
Encargado/a de establecimiento SMI1.036,00 €16.576,00 €
Jefe/a de administración SMI1.036,00 €16.576,00 €
Contable y cajero/a de administración SMI1.036,00 €16.576,00 €
Administrativo/a SMI1.036,00 €16.576,00 €
Grupo profesional VPuestos: Jefe/a recursos humanos, Jefe/a de ventas y compras.
Jefe/a recursos humanos1.281,33 €20.501,28 €
Jefe/a de ventas y compras1.150,82 €18.413,12 €
Director/a generalPuestos: Director/a general.1.643,68 €26.298,88 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo profesional I

  • Mozo/aPor ejemplo: Mozo. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • ComercialPor ejemplo: Comercial. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Personal limpiezaPor ejemplo: Personal limpieza. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.

Grupo profesional II

  • Auxiliar administrativo/aPor ejemplo: Auxiliar administrativo. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • CajeroPor ejemplo: Cajero. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Personal de oficioPor ejemplo: Personal de oficio. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Conductor/a repartidor/aPor ejemplo: Conductor repartidor. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Montador/aPor ejemplo: Montador. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Dependiente/a o vendedor/aPor ejemplo: Dependiente o vendedor. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Ayudante dependiente/a o vendedor/aPor ejemplo: Ayudante dependiente o vendedor. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Atención al clientePor ejemplo: Atención al cliente. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.

Grupo profesional III

  • EscaparatistaPor ejemplo: Escaparatista. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Diseñador/a gráficoPor ejemplo: Diseñador gráfico. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • DelineantePor ejemplo: Delineante. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.

Grupo profesional IV

  • Jefe/a de almacénPor ejemplo: Jefe de almacén. En la tabla cobra 16.704 € al año (puesto 4 de 5 por sueldo).
  • Jefe/a de sucursalPor ejemplo: Jefe de sucursal. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Jefe/a de secciónPor ejemplo: Jefe de sección. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Encargado/a de establecimientoPor ejemplo: Encargado de establecimiento. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Jefe/a de administraciónPor ejemplo: Jefe de administración. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Contable y cajero/a de administraciónPor ejemplo: Contable y cajero de administración. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.
  • Administrativo/aPor ejemplo: Administrativo. En la tabla cobra 16.576 € al año, el más bajo.

Grupo profesional V

  • Jefe/a recursos humanosPor ejemplo: Jefe recursos humanos. En la tabla cobra 20.501 € al año (puesto 2 de 5 por sueldo).
  • Jefe/a de ventas y comprasPor ejemplo: Jefe de ventas y compras. En la tabla cobra 18.413 € al año (puesto 3 de 5 por sueldo).

Grupo profesional 0

  • Director/a generalPor ejemplo: Director general. En la tabla cobra 26.299 € al año, el sueldo más alto.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Antigüedad (cuatrienios consolidados)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Importe mensual total según cuatrienios consolidados (2025): 1 cuatrienio, 29,26 €; 2, 51,18 €; 3, 71,29 €; 4, 87,76 €; 5, 100,54 €; 6, 109,70 €; 7, 112,62 €; 8, 117,01 €
Quién lo cobra
Solo quien ya tenía cuatrienios generados al firmarse el convenio (2018) y quien tuviera cubierto más del 50 % de uno nuevo; no se generan cuatrienios nuevos.
Plus de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.25 % del salario bruto (base de cotización de la persona trabajadora) por el servicio nocturno
Quién lo cobra
Quien trabaja más de 30 minutos entre las 22:00 y las 06:00
Dónde lo dice
art. 12
Plus de distancia62,76 € por día
Quién lo cobra
Por día efectivamente trabajado
Dieta completaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.40,48 € por día
Quién lo cobra
Trabajo en localidad distinta de la del centro de trabajo, con las comidas principales fuera.
Media dietaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.16,43 € por día
Quién lo cobra
Trabajo en localidad distinta de la del centro de trabajo, con una comida principal fuera
Plus de kilometraje (vehículo propio)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.2,96 €
Quién lo cobra
Uso del vehículo propio en desplazamientos encomendados por la empresa
Trabajo en domingos y festivos autorizadosLo que se paga de más por trabajar en festivo.Cada hora se abona como hora ordinaria y además se compensa con descanso equivalente recuperable en los 4 meses siguientes (por acuerdo, una hora trabajada por dos de descanso). En municipios turísticos o de gran afluencia con apertura continua no hay horas extra de domingo y festivo mientras no se exceda de 39 horas semanales.
Quién lo cobra
Domingos y festivos exentos de la prohibición de apertura en que la empresa abre; la persona trabajadora puede comunicar antes de fin de febrero que no quiere trabajarlos
Dónde lo dice
art. 10.1 y 10.3

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 150 % sobre la hora ordinaria (festivas +300 %). En domingos y festivos, de común acuerdo, cada hora extraordinaria por 2 horas de descanso, a disfrutar en los 4 meses siguientes (art. 10.2 y 10.4).
Dónde lo dice
art. 10.2 y 10.4

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20252,8 %Actualización de las tablas con el IPC de 2024 (+2,8 %)
2026Por fijarLas tablas de 2026 se actualizarán con el IPC de 2025 (art. 3.2 y 3.3); sin acuerdo publicado a 16/10/2026

Revisión salarial

En prórroga, los conceptos salariales y extrasalariales suben en la misma proporción que el IPC nacional del último año, salvo la antigüedad, que queda congelada; la Comisión Paritaria elabora las tablas en enero de cada año una vez conocido el IPC real. El acuerdo de 2025 mantiene la revisión «con independencia de la denuncia, negociación o prórroga». (art. 3.2 y 3.3).

Permisos pagados

5 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio (18 días si el traslado es fuera del archipiélago)art. 11 A) a)1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de padre, madre, cónyuge, hijos/as o conviviente acreditadoart. 11 A) b)52 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Enfermedad grave u hospitalización de padre, madre, cónyuge, hijos/as o convivienteart. 11 A) c)55 díasTe corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)
Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 11 A) d)3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Te corresponden 3 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Accidente, enfermedad grave u hospitalización de parientes hasta 2.º gradoart. 11 A) d)55 díasTe corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Traslado del domicilio habitualart. 11 A) k)21 díaMejora el Estatuto
Asuntos propios urgentes que no admitan demoraart. 11 A) g)2—Mejora el Estatuto
Matrimonio de hijo/a o hermano/a (el día de la celebración)art. 11 A) f)115 días naturalesMejora el Estatuto
Enfermedad de hijo/a (acompañamiento a visitas médicas o asistencia en domicilio), al añoart. 11 A) l)25 díasMejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Deber inexcusable de carácter público y personalNo lo mencionaEl tiempo indispensableLo da el Estatuto
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Grupos IV y V: 6 meses
  • Grupos II y III: 3 meses
  • Grupo I: 1 mes

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado26 de septiembre de 2025Publicadas en el BOP n.º 116 las tablas salariales 2025 del comercio del mueble de Santa Cruz de Tenerife (+2,8 %).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de comercio del mueble de Santa Cruz de Tenerife?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2017 al 31/12/2020.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio del mueble de Santa Cruz de Tenerife en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.576,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio del mueble de Santa Cruz de Tenerife?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupos IV y V: 6 meses. Grupos II y III: 3 meses. Grupo I: 1 mes.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP) (texto del convenio, publicado el 30/3/2018). Revisado el .

Tabla: BOP Santa Cruz de Tenerife (tabla salarial 2026, publicado el 26/9/2025).

Pactado para 2017-2020 (art. 3.1) y prorrogado año a año: el texto sigue válido hasta que lo sustituya otro y las tablas se actualizan con el IPC del año anterior por acuerdo de la Comisión Paritaria (art. 3.2 y 3.3). Última tabla publicada: la de 2025 (acuerdo de 24/07/2025, boletín oficial de la provincia n.º 116 de 26/09/2025, +2,8 %). Sin tabla de 2026 publicada a 16/10/2026.

El personal de cafeterías o restaurantes dentro de las instalaciones de los comercios del mueble se rige por el convenio de hostelería de su ámbito (disposición adicional quinta).