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Convenio colectivo

XVI Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

Código de convenio 99000985011981
Publicado el
9/4/2025
Vigencia
1/1/2025 – 31/12/2027

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.720horas
Vacaciones25días

laborables

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+1,5 %2026
Próxima subida+1,5 %2027
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

3 de 6 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Personal Titulado
Titulado nivel 32.027,14 €28.379,96 €
Titulado nivel 21.540,63 €21.568,82 €
Personal Técnico
Técnico Superior1.419,00 €19.866,00 €
Técnico SMI1.146,78 €16.054,92 €
Técnico Auxiliar SMI1.077,28 €15.081,92 €
Operario/Auxiliar SMI1.015,00 €14.210,00 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Personal directivo

Gestiona procesos de organización, dirección y control de las actividades de la empresa; incluye el máximo nivel de gestión estratégica del equipo director. No tiene fila en las tablas salariales de este convenio.

Por ejemplo: equipo director.

Personal Titulado

Puestos que requieren titulación universitaria: nivel 3 (máster) o nivel 2 (grado).

Formación: Máster o grado.

  • Titulado nivel 3Puestos que exigen una titulación de nivel 3 (máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. En la tabla cobra 28.380 € al año, el sueldo más alto.
  • Titulado nivel 2Puestos que exigen una titulación de nivel 2 (grado) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. En la tabla cobra 21.569 € al año (puesto 2 de 6 por sueldo).

Personal Técnico

Puestos que requieren titulación de Técnico Superior o de Técnico, y puestos técnicos auxiliares sin titulación específica.

Formación: FP de grado superior o medio, según el puesto.

  • Técnico SuperiorPuestos que exigen la titulación de Técnico Superior (nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior). En la tabla cobra 19.866 € al año (puesto 3 de 6 por sueldo).
  • TécnicoPuestos que exigen la titulación de Técnico (formación profesional de grado medio). En la tabla cobra 16.055 € al año (puesto 4 de 6 por sueldo).
  • Técnico AuxiliarPuestos que no exigen una titulación específica para su desempeño. En la tabla cobra 15.082 € al año (puesto 5 de 6 por sueldo).

Operario/Auxiliar

Personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, o con apoyo de la unidad de apoyo a la actividad profesional. Hacen tareas precisas y concretas, sencillas y repetitivas, con autonomía limitada y supervisión intensa y continuada; con autonomía suficiente pasan a Técnico Auxiliar.

Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento de desarrollo y capacitación profesional (N1 y N2)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.según el convenio
Quién lo cobra
N1: 9,2 % del salario base a los 3 años de servicio en la empresa; N2: 7,2 % a los 3 años de haber alcanzado N1 (6 en total).
Dónde lo dice
art. 34
Complemento de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.según categoría, de 2,07 a 4,12 € por hora
Quién lo cobra
Por cada hora efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 06:00: 25 % del salario base del grupo, que el anexo II da en euros por hora nocturna.
Dónde lo dice
art. 35
Complemento por trabajo en festivosLo que se paga de más por trabajar en festivo.3,85 € por hora
Quién lo cobra
Por cada hora trabajada en uno de los 14 festivos del art. 37.2 ET: horas mensuales trabajadas en festivo × 3,85 €.
Dónde lo dice
art. 36
Complemento de direcciónLo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo.250,00 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Solo para quien tenga encomendadas funciones de dirección del centro; no consolidable.
Dónde lo dice
art. 37.1
Complemento de coordinación (parte de la jornada)Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo.100,00 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Si la coordinación de personas ocupa menos del 50 % de la jornada.
Dónde lo dice
art. 37.2
Complemento de coordinación (toda la jornada)Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo.175,00 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Si la coordinación abarca toda la jornada y la persona queda liberada de las tareas para las que fue contratada.
Dónde lo dice
art. 37.2
Complemento de Certificado de Aptitud Profesional (CAP)150,00 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Conductores contratados al amparo del XIV Convenio que conduzcan vehículos de la empresa para los que sea obligatorio el CAP y lo hayan obtenido; por cada mes efectivo de trabajo.
Dónde lo dice
art. 38
Complemento específico (trastorno de conducta)Lo que se paga por trabajos especialmente duros.220,00 €
Quién lo cobra
Personal de atención directa en centros de atención especializada calificados por la Administración para personas con discapacidad y trastorno de conducta.
Dónde lo dice
art. 39
Complemento de vigilancia en el transporte90,00 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Si se encomienda la vigilancia de personas con discapacidad en el vehículo de desplazamiento al centro; solo los meses en que se atienda, fuera de la jornada.
Dónde lo dice
art. 45.5
Dieta: una comidaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.15,00 € por día
Quién lo cobra
Una comida fuera del centro de trabajo, pernoctando en el domicilio, si la empresa no la facilita.
Dónde lo dice
art. 45.1
Dieta: dos comidasLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.30,00 € por día
Quién lo cobra
Dos comidas fuera, pernoctando en el domicilio.
Dónde lo dice
art. 45.1
Dieta con pernoctaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.60,00 € por día
Quién lo cobra
Dos comidas y pernocta fuera del domicilio.
Dónde lo dice
art. 45.1
Kilometraje con vehículo propioLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,26 €
Quién lo cobra
Cuando por necesidades de la empresa se use el vehículo propio.
Dónde lo dice
art. 45.3
Complemento personal absorbible por SMIComplemento personal y absorbible para que el salario anual en su conjunto no sea inferior al SMI
Quién lo cobra
Cuando el salario en cómputo anual quede por debajo del SMI.

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 25 % sobre la hora ordinaria. Se compensan preferentemente por descanso; el abono o la compensación es lo que se pacte en la empresa (art. 43.2).
Dónde lo dice
art. 43.2

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20261,5 %Las tablas de 2026 son un 1,5 % superiores a las de 2025 (porcentaje deducido al comparar las tablas del anexo II; el convenio publica los importes y no enuncia la subida).
20271,5 %Las tablas de 2027 son un 1,5 % superiores a las de 2026 (deducido al comparar las tablas del anexo II).

Revisión salarial

Desde el 1/1/2028, salvo otro acuerdo en los dos primeros meses del año, los salarios base se actualizan con el IPC del año anterior, con un mínimo del 1,5 % y un máximo del 4 %. Si sube el SMI, la Comisión Negociadora se reúne en el plazo de un mes para ajustar las tablas. (art. 32.2 y 32.4).

Permisos pagados

2 de los 6 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o unión de hechoart. 52.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 52.b55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de hijo, cónyuge o pareja de hechoart. 52.b bis7 (9 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de padres o hermanosart. 52.b bis3 (5 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º gradoart. 52.b bis2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 52.c11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Deber inexcusable de carácter público y personalNo lo mencionaEl tiempo indispensableLo da el Estatuto
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Personal directivo: 3 meses
  • Personal titulado: 2 meses
  • Resto de grupos: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Todo el personal: 15 días
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de discapacidad?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de discapacidad en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.210,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de discapacidad?

25 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Personal directivo: 3 meses. Personal titulado: 2 meses. Resto de grupos: 1 mes.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOE-A-2025-7169 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 9/4/2025). Revisado el .

Vigente hasta el 31/12/2027, con prórroga automática por años si nadie lo denuncia (art. 7). Tablas 2025, 2026 y 2027 en el anexo II (esta ficha carga 2025 y 2026).

Estas tablas son las de los centros de atención especializada y los centros especiales de empleo. Los centros educativos de educación especial se rigen por el título V del convenio (docentes en pago delegado y otras reglas) y no tienen aquí tabla. En los centros especiales de empleo que presten servicios a terceros se garantiza como mínimo el salario del convenio de la actividad que se realice (art. 40). Con el SMI de 2026, el salario base ×14 de Técnico, Técnico Auxiliar y Operario/Auxiliar queda por debajo del SMI anual: se completa con el complemento de la disposición transitoria sexta.