Convenio colectivo
Convenio colectivo estatal de jardinería 2025-2030.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal técnicoPuestos: licenciado/a, diplomado/a, técnico/a de FP, jefe/a de equipo, delineante. | ||
| Técnico licenciado | 2.106,78 € | 31.601,70 € |
| Técnico diplomado | 1.840,32 € | 27.604,80 € |
| Técnico titulado | 1.713,29 € | 25.699,35 € |
| Técnico no titulado | 1.573,91 € | 23.608,65 € |
| Delineante | 1.758,85 € | 26.382,75 € |
| Personal administrativoPuestos: jefe/a administrativo/a, oficial administrativo/a, auxiliar administrativo/a. | ||
| Jefe administrativo | 1.564,60 € | 23.469,00 € |
| Oficial administrativo | 1.470,76 € | 22.061,40 € |
| Administrativo | 1.365,68 € | 20.485,20 € |
| Auxiliar administrativo | 1.307,41 € | 19.611,15 € |
| Aspirante | 1.184,00 € | 17.760,00 € |
| Aprendiz administrativo | 1.184,00 € | 17.760,00 € |
| Personal de oficios manualesPuestos: encargado/a, oficial/a jardinero/a, jardinero/a, peón, conductor/a. | ||
| Encargado | 1.433,70 € | 21.505,50 € |
| Maestro jardinero | 1.433,70 € | 21.505,50 € |
| Oficial conductor | 1.371,12 € | 20.566,80 € |
| Oficial jardinero | 1.371,12 € | 20.566,80 € |
| Jardinero | 1.302,77 € | 19.541,55 € |
| Vigilante | 1.295,82 € | 19.437,30 € |
| Limpiador | 1.249,50 € | 18.742,50 € |
| Auxiliar jardinero | 1.249,48 € | 18.742,20 € |
| Peón | 1.184,00 € | 17.760,00 € |
| Aprendiz jardinero | 1.184,00 € | 17.760,00 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal técnico
Titulados y técnicos con responsabilidad sobre proyectos, trabajos y equipos: licenciado, diplomado, titulado de FP, técnico no titulado con mando y delineante.
Formación: Título superior, diplomatura o FP según el subgrupo.
- Técnico licenciadoTiene título profesional superior y desempeña, con plena responsabilidad ante la dirección, las funciones propias de su título. En la tabla cobra 31.602 € al año, el sueldo más alto.
- Técnico diplomadoTrabaja a las órdenes del personal superior o de la dirección: estudia proyectos, desarrolla los trabajos y prepara datos para el estudio de precios y la organización del trabajo. En la tabla cobra 27.605 € al año (puesto 2 de 16 por sueldo).
- Técnico tituladoTiene el título de Formación Profesional de segundo grado y ejerce las funciones y responsabilidades propias de su titulación. En la tabla cobra 25.699 € al año (puesto 4 de 16 por sueldo).
- Técnico no tituladoPersona de confianza de la empresa, procedente o no de los oficios, con mando directo sobre equipos y brigadas: ordena y dirige el trabajo, responde de su buen desempeño, cuida de los suministros e interpreta planos y croquis. En la tabla cobra 23.609 € al año (puesto 5 de 16 por sueldo).
- DelineanteDesarrolla en la oficina, a las órdenes de la empresa, los proyectos y gráficos arquitectónicos y paisajistas. En la tabla cobra 26.383 € al año (puesto 3 de 16 por sueldo).
Personal administrativo
Oficina: jefe administrativo, oficial, administrativo, auxiliar y los dos subgrupos de iniciación (aspirante y aprendiz).
- Jefe administrativoCon dependencia directa de la dirección, gerencia o administración, asume el mando y la responsabilidad del área burocrática y del personal administrativo. Se asimila a este subgrupo el analista de sistemas informáticos. En la tabla cobra 23.469 € al año (puesto 6 de 16 por sueldo).
- Oficial administrativoCon iniciativa y responsabilidad, domina todos los trabajos del área: correspondencia, facturación, nóminas y seguros sociales, asientos contables… En la tabla cobra 22.061 € al año (puesto 7 de 16 por sueldo).
- AdministrativoRealiza funciones de estadística y contabilidad, manejo de archivos y ficheros, correspondencia, taquimecanografía e informática. En la tabla cobra 20.485 € al año (puesto 10 de 16 por sueldo).
- Auxiliar administrativoTareas administrativas sencillas o rutinarias: contabilidad auxiliar, administración elemental, archivo, fichero y mecanografía; atiende el teléfono y sabe informática a nivel de usuario. En la tabla cobra 19.611 € al año (puesto 11 de 16 por sueldo).
- AspirantePersona de 16 a 18 años que trabaja en labores de oficina para iniciarse en sus funciones. En la tabla cobra 17.760 € al año, el más bajo.
- Aprendiz administrativoTrabaja en labores de oficina iniciándose en ellas mediante formación teórico-práctica y un contrato formativo. En la tabla cobra 17.760 € al año, el más bajo.
Personal de oficios manuales
Quienes realizan el trabajo manual de jardinería: encargados, oficiales, conductores, jardineros, auxiliares, peones, aprendices, vigilantes y limpiadores.
- EncargadoPersona de confianza al frente del equipo de trabajadores manuales: organiza y distribuye los trabajos y controla los rendimientos. Es el mismo subgrupo que el maestro jardinero. En la tabla cobra 21.506 € al año (puesto 8 de 16 por sueldo).
- Maestro jardineroPersona de confianza con conocimientos suficientes de jardinería, administrativos y técnicos, al frente del equipo de manuales: manda, organiza, distribuye el trabajo y controla los rendimientos. En la tabla cobra 21.506 € al año (puesto 8 de 16 por sueldo).
- Oficial conductorConduce de forma habitual vehículos de la empresa que exigen permiso C, D o E (incluye maquinaria pesada: excavadoras, palas, retroexcavadoras…), cuida la carga y el vehículo y es polivalente cuando no hay trabajo de su especialidad. En la tabla cobra 20.567 € al año (puesto 9 de 16 por sueldo).
- Oficial jardineroDomina el oficio: ejecuta con iniciativa y responsabilidad la plantación y conservación del jardín, incluso las operaciones más delicadas; conoce plantas, planos, plagas y conduce con carné B. Marca las directrices a los subgrupos inferiores. El podador es oficial jardinero en temporada de poda. En la tabla cobra 20.567 € al año (puesto 9 de 16 por sueldo).
- JardineroRealiza funciones concretas que, sin dominar el oficio, exigen práctica y habilidad: cavado a máquina, preparación de tierras y abonos, plantación, poda y recorte de arbustos, tratamientos, riegos automatizados, conducción de tractores y vehículos con carné B. En la tabla cobra 19.542 € al año (puesto 12 de 16 por sueldo).
- VigilanteSe encarga de la vigilancia, diurna o nocturna, de cualquier dependencia de la empresa u obra que realice. En la tabla cobra 19.437 € al año (puesto 13 de 16 por sueldo).
- LimpiadorRealiza la limpieza de oficinas y servicios de la actividad; cobra en proporción a las horas de dedicación. En la tabla cobra 18.742 € al año (puesto 14 de 16 por sueldo).
- Auxiliar jardineroTrabajos de esfuerzo físico que no exigen preparación: cavado a mano, manipulación de tierras y abonos, carga y descarga, riegos, limpieza de jardines, siega del césped, recogida de restos vegetales y dúmper. En la tabla cobra 18.742 € al año (puesto 15 de 16 por sueldo).
- PeónMayor de 18 años y sin experiencia en el sector, colabora con las órdenes de subgrupos superiores en trabajos que no requieren preparación. No puede permanecer más de un año: pasa automáticamente al subgrupo superior. En la tabla cobra 17.760 € al año, el más bajo.
- Aprendiz jardineroContratado para adquirir la formación teórico-práctica necesaria para desempeñar el subgrupo de Jardinero/a. En la tabla cobra 17.760 € al año, el más bajo.
Personal de oficios varios
Trabajos complementarios de jardinería (pavimentos, estanques, muros, pérgolas, cerramientos, instalaciones eléctricas y de riego, mecánica y soldadura…). Se asimila a oficial jardinero, jardinero o auxiliar según su cualificación, por lo que no tiene fila propia en la tabla.
Por ejemplo: solador/a, instalador/a de riego, soldador/a, carpintero/a de jardín.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Personal técnico.
- Dónde lo dice
- art. 31 y anexo II
- Quién lo cobra
- Personal administrativo.
- Dónde lo dice
- art. 31 y anexo II
- Quién lo cobra
- Personal de oficios manuales.
- Dónde lo dice
- art. 31 y anexo II
- Quién lo cobra
- Se abona mensualmente salvo en vacaciones (11 meses al año)
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Se abona mensualmente
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Personal administrativo con perfecto conocimiento de idiomas, escritos o hablados, que los utilice a disposición de la empresa de modo habitual
- Dónde lo dice
- art. 10.B
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario ya se haya fijado por ser el trabajo nocturno por su naturaleza
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Trabajos en medianas, rotondas y bordes viarios abiertos al tráfico; uso de fitosanitarios, herbicidas, insecticidas, pesticidas y fungicidas; poda y trabajos con los pies a más de un metro de altura
- Dónde lo dice
- art. 32
- Quién lo cobra
- Mismos trabajos que el plus de día completo, cuando no se llega al día completo.
- Dónde lo dice
- art. 32
- Quién lo cobra
- Desplazamientos a partir de un radio de 25 km del límite del casco urbano del centro de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 34.b
- Quién lo cobra
- Cuando, además del desplazamiento de más de 25 km, hay que pernoctar fuera del domicilio por indicación de la empresa
- Dónde lo dice
- art. 34.b
- Quién lo cobra
- Se devenga por año natural y se abona con la nómina de marzo del año siguiente; prorrateo por tiempo de servicio si se ingresa o cesa durante el año
- Dónde lo dice
- art. 33
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 17
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | Por fijar | Tablas del anexo I fijadas para 2026 por subgrupo (el texto no da un porcentaje general de subida) |
| 2027 | Por fijar | Tablas del anexo I fijadas para 2027 por subgrupo (el texto no da un porcentaje general de subida) |
Permisos pagados
7 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 19.a | 16 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario del cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o persona conviviente que necesite cuidadoart. 19.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 19.c | 4 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de tercer grado de consanguinidad o afinidadart. 19.d | 1 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 19.g | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 19.h | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de padres, hijos, nietos o hermanos (de uno u otro cónyuge)art. 19.l | 1 (2 con desplazamiento) | — | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 19.p | 6 | — | Mejora el Estatuto |
| Nacimiento o adopción de hijoart. 19.e | 4 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Resto de personal: 2 meses
- Resto de personal en empresas de menos de 25 personas: 3 meses
Preaviso si te vas
- Toda la plantilla: 7 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de jardinería?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2030.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de jardinería en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.760,00 € brutos al año a jornada completa (Peón).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de jardinería?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Resto de personal: 2 meses. Resto de personal en empresas de menos de 25 personas: 3 meses.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2026-2227 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 30/1/2026). Revisado el .
Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2030 (Boletín Oficial del Estado 30/1/2026); se prorroga por años si no se denuncia con tres meses de antelación y, denunciado, se mantiene hasta que lo sustituya otro convenio (art. 4). Tablas de 2025 a 2030 publicadas en el anexo I.