Convenio colectivo
V Convenio colectivo estatal del sector de radiodifusión comercial sonora.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Directores/as de áreaPuestos: director de programas, director técnico, director comercial, director administrativo y financiero. | 1.651,46 € | 23.120,49 € |
| Jefes/as y responsablesPuestos: jefe de informativos, jefe de emisiones, jefe de ventas, jefe administrativo, redactor jefe. | 1.521,69 € | 21.303,71 € |
| Técnicos/asPuestos: locutor, redactor, periodista, técnico de sonido, técnico de sistemas, asesor de publicidad. | 1.457,24 € | 20.401,33 € |
| Administrativos/asPuestos: administrativo, ayudante de redacción, ayudante de emisiones, ayudante de locutor, secretaria de dirección. | 1.300,36 € | 18.205,04 € |
| Asistentes y auxiliaresPuestos: auxiliar administrativo, recepcionista, conserje, personal de limpieza, auxiliar de servicios generales. | 1.250,35 € | 17.504,85 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Directivos/as
Planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades de la empresa al más alto nivel y toman decisiones que afectan a aspectos fundamentales de la actividad. No se les aplican los incrementos salariales ni el capítulo de tiempo de trabajo.
Por ejemplo: director general, consejero delegado.
Directores/as de área
Puestos con alto grado de autonomía y conocimientos del negocio que, con directrices muy amplias, definen las estrategias de su área y dan cuenta a una persona del grupo 0.
Formación: Titulación universitaria superior o de grado medio (diplomatura), con dilatada experiencia, o conocimientos equivalentes.
Por ejemplo: director de programas, director técnico, director comercial, director administrativo y financiero.
Jefes/as y responsables
Puestos de alto grado de autonomía que integran, coordinan y supervisan tareas heterogéneas y ordenan el trabajo de un conjunto de colaboradores; incluye tareas complejas de alta especialización aunque no impliquen mando.
Formación: Titulación universitaria superior o de grado medio (diplomatura), con dilatada experiencia, o conocimientos equivalentes.
Por ejemplo: jefe de informativos, jefe de emisiones, jefe de ventas, jefe administrativo, redactor jefe.
Técnicos/as
Actividades complejas de contenido intelectual o de especialización, con objetivos definidos, autonomía y responsabilidad; a veces coordinan un equipo reducido.
Formación: Titulación universitaria superior o de grado medio (diplomatura), con experiencia, o conocimientos equivalentes.
Por ejemplo: locutor, redactor, periodista, técnico de sonido, técnico de sistemas, asesor de publicidad.
Administrativos/as
Actividades de contenido intelectual o de especialización siempre bajo la dirección y supervisión de personal de un grupo superior.
Formación: Bachillerato o ciclo formativo de grado superior, o conocimientos equivalentes.
Por ejemplo: administrativo, ayudante de redacción, ayudante de emisiones, ayudante de locutor, secretaria de dirección.
Asistentes y auxiliares
Operaciones según instrucciones concretas, con alto grado de dependencia, que requieren esfuerzo o atención y no necesitan formación específica.
Por ejemplo: auxiliar administrativo, recepcionista, conserje, personal de limpieza, auxiliar de servicios generales.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que la contratación sea para trabajar en horario nocturno
- Dónde lo dice
- art. 31.III y 30.III
- Quién lo cobra
- Puestos de jefatura, dirección de un área de servicio o tareas complejas; se fija de manera individual
- Dónde lo dice
- art. 31.IV
- Quién lo cobra
- Obligación de permanecer a las órdenes del superior fuera del turno; se fija de manera individual
- Dónde lo dice
- art. 31.IV
- Quién lo cobra
- Cada domingo o uno de los 14 festivos obligatorios trabajado por necesidades del servicio; no se aplica a quien está contratado para fines de semana
- Dónde lo dice
- art. 26
- Quién lo cobra
- Por cada comida o cena que haya que hacer con motivo de un desplazamiento
- Dónde lo dice
- art. 35.IV
- Quién lo cobra
- Desplazamientos al extranjero
- Dónde lo dice
- art. 35.II
- Quién lo cobra
- Desplazamientos al extranjero; no incluye alojamiento
- Dónde lo dice
- art. 35.II
- Quién lo cobra
- Por kilómetro, si el vehículo está asegurado a todo riesgo o al menos a terceros y ocupantes
- Dónde lo dice
- art. 35.III
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 25
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | Por fijar | Importes anuales de 2025 fijados en la tabla del art. 30.I (los incrementos son los que reflejan las tablas) |
| 2026 | Por fijar | Importes anuales de 2026 fijados en la tabla del art. 30.I |
Revisión salarial
No hay cláusula de revisión por IPC. Si el SMI se incrementa por encima de lo previsto, la Comisión Negociadora se reúne para adaptar y actualizar las tablas; las empresas pueden inaplicar los incrementos 2024-2026 por el procedimiento del art. 33.II (arts. 30.II y 33.II).
Permisos pagados
1 de los 7 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 36 | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado (o persona convivente)art. 36 | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 36 | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 36 | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 36 | 2 | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes para obtener un título académico o profesionalart. 36 | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el sufragio)art. 36 | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupo 1: 6 meses
- Grupo 2: 3 meses
- Grupos 3, 4 y 5: 1 mes
Preaviso si te vas
- Grupo 1: 3 meses
- Grupo 2: 1 mes
- Grupos 3, 4 y 5: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de radiodifusión?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de radiodifusión en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.504,85 € brutos al año a jornada completa (Asistentes y auxiliares).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de radiodifusión?
23 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo 1: 6 meses. Grupo 2: 3 meses. Grupos 3, 4 y 5: 1 mes.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Ocio y cultura en otras provincias
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2024-25503 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 6/12/2024). Revisado el .
Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2026 (art. 4); se prorroga por años si nadie lo denuncia antes del último mes y, una vez denunciado, mantiene su contenido normativo hasta que lo sustituya otro. Tablas de 2024, 2025 y 2026 publicadas en el mismo Boletín Oficial del Estado.
Es el convenio estatal del sector de radiodifusión comercial sonora (emisoras de radio). No es un convenio de comercio: el código el registro oficial de convenios figuraba en el índice de comercio por error de clasificación.