Convenio colectivo
Convenio colectivo estatal para empresas de publicidad.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| DirectoresPuestos: director/a general, director/a de cuentas, director/a de medios. | ||
| Nivel 1 | 1.793,53 € | 26.902,96 € |
| Nivel 2 | 1.594,36 € | 23.915,39 € |
| Nivel 3 | 1.519,22 € | 22.788,24 € |
| Nivel 4 | 1.510,82 € | 22.662,35 € |
| TécnicosPuestos: director/a de arte junior, ejecutivo/a de cuentas, planificador/a de medios, programador/a. | ||
| Nivel 5 | 1.505,51 € | 22.582,63 € |
| Nivel 6 | 1.407,27 € | 21.108,99 € |
| Nivel 7 | 1.396,65 € | 20.949,77 € |
| Nivel 8 | 1.293,10 € | 19.396,62 € |
| Nivel 9 | 1.262,95 € | 18.944,30 € |
| Nivel 10Puestos: oficial de publicidad exterior, oficial de oficios, subalterno/a, personal de limpieza. | 1.258,09 € | 18.871,35 € |
| Nivel 11 | 1.186,22 € | 17.793,31 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Directores
Puestos que actúan de forma independiente dentro de las directrices y objetivos globales y toman decisiones que pueden afectar a un área funcional o a los resultados de la empresa; planifican y gestionan el trabajo de equipos cualificados y llevan las relaciones al más alto nivel con clientes y proveedores.
- Nivel 1Máximo responsable de la gestión de la empresa bajo el Consejo de Administración o la gerencia. En la tabla cobra 26.903 € al año, el sueldo más alto.
- Nivel 2Dirección de un área de la agencia (financiera, administrativa, comercial, creativa, medios, cuentas, marketing, calidad, tecnología, tráfico, producción o recursos humanos) o estrategia de medios sociales. En la tabla cobra 23.915 € al año (puesto 2 de 11 por sueldo).
Jefaturas
Puestos que actúan de forma independiente dentro de objetivos y directrices concretos fijados por la dirección; sus decisiones afectan sobre todo al día a día de su área y pueden supervisar personas o equipos; la orientación al cliente es clave.
Por ejemplo: supervisor/a de cuentas, jefe/a de administración, director/a creativo/a.
Técnicos
Siguiendo procedimientos y normas establecidos, tienen autonomía operativa sobre su propio trabajo, toman decisiones sencillas y tienen conocimientos especializados y experiencia con las herramientas de su profesión.
- Nivel 5Nivel salarial 5: agrupa categorías de el grupo III (ver puestos). El convenio no define el nivel en sí: asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 22.583 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
- Nivel 6Nivel salarial 6: agrupa categorías de el grupo III (ver puestos). El convenio no define el nivel en sí: asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 21.109 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
Administrativos
Actúan según procedimientos establecidos para tareas sencillas y con supervisión directa; toman decisiones simples sobre su propio trabajo.
Por ejemplo: asistente de dirección, oficial administrativo/a, auxiliar administrativo/a.
Personal de oficios y no cualificados
Tareas rutinarias que requieren supervisión directa, con procesos muy específicos para cada tarea y conocimientos de un oficio o tarea de cierta complejidad.
- Nivel 10Nivel salarial 10: agrupa categorías de el grupo V (ver puestos). El convenio no define el nivel en sí: asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 18.871 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
Personal de publicidad directa
Personal que organiza, ejecuta y apoya el envío de «mailing» y su grabación: supervisores, jefes de grabación, oficiales de máquina, manipuladores, distribuidores y almaceneros.
Por ejemplo: supervisor/a de mailing, oficial de máquina, manipulador/a, distribuidor/a.
Grupos II y VI
- Nivel 3 · nivel 3Nivel salarial 3: jefaturas (Grupo II) como supervisor/a de cuentas, jefe/a de administración o director/a creativo/a, y en publicidad directa supervisor/a y jefe/a de almacén (Grupo VI). El convenio asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 22.788 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
Grupos II y III
- Nivel 4 · nivel 4Nivel salarial 4: agrupa categorías de los grupos II y III (ver puestos). El convenio no define el nivel en sí: asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 22.662 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).
Grupos III, IV y V
- Nivel 7 · nivel 7Nivel salarial 7: agrupa categorías de los grupos III, IV y V (ver puestos). El convenio no define el nivel en sí: asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 20.950 € al año (puesto 7 de 11 por sueldo).
Grupos III, IV, V y VI
- Nivel 8 · nivel 8Nivel salarial 8: agrupa categorías de los grupos III, IV, V y VI (ver puestos). El convenio no define el nivel en sí: asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 19.397 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
Grupos III, IV y VI
- Nivel 9 · nivel 9Nivel salarial 9: agrupa categorías de los grupos III, IV y VI (ver puestos). El convenio no define el nivel en sí: asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 18.944 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
Grupos V y VI
- Nivel 11 · nivel 11Nivel salarial 11: agrupa categorías de los grupos V y VI (ver puestos). El convenio no define el nivel en sí: asigna a cada categoría su nivel en el anexo II. En la tabla cobra 17.793 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Quien fija carteles en carteleras o instala o repara carteleras, a cualquier altura, u otro trabajo similar, de forma habitual u ocasional
- Dónde lo dice
- art. 40
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades de la empresa con pernocta; no incluye el alojamiento (mínimo hotel de tres estrellas)
- Dónde lo dice
- art. 44 y acuerdo de 25/3/2026
- Quién lo cobra
- Desplazamiento sin pernocta
- Dónde lo dice
- art. 44 y acuerdo de 25/3/2026
- Quién lo cobra
- Desplazamiento al extranjero con pernocta; no incluye alojamiento (mínimo hotel de cuatro estrellas)
- Dónde lo dice
- art. 44 y acuerdo de 25/3/2026
- Quién lo cobra
- Desplazamiento al extranjero sin pernocta
- Dónde lo dice
- art. 44 y acuerdo de 25/3/2026
- Quién lo cobra
- Desplazamiento dentro de la misma localidad que impida comer en el domicilio, previo conocimiento y justificación
- Dónde lo dice
- art. 44 y acuerdo de 25/3/2026
- Quién lo cobra
- Uso de coche propio acordado con la empresa (mínimo)
- Dónde lo dice
- art. 44 y acuerdo de 25/3/2026
- Quién lo cobra
- Quien por necesidades de la producción trabaja en días no laborables según calendario puede optar por descanso
- Dónde lo dice
- art. 41
- Quién lo cobra
- Personas en alta en la empresa a 1/1/2022 que sigan a 31/12/2025.
- Dónde lo dice
- acuerdo parcial de 13/7/2026 (punto II)
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 22
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 4 % | Incremento del 4 % sobre las tablas de 2024 |
| 2026 | 2,9 % | Revalorización del 2,9 % (variación interanual del IPC de 2025) según los arts. 43 y 44, con efectos desde el 1/1/2026 |
| 2026 | 2,1 % | Pago extraordinario en tres pagos no consolidables (4.º trimestre de 2026, antes del 1/4/2027 y antes del 1/10/2027) por el diferencial del 2,1 % entre la suma de IPC 2022-2025 (18,1 %) y los incrementos aplicados (16 %) |
Revisión salarial
Hasta la entrada en vigor de un nuevo convenio, las tablas se revalorizan al menos con la variación interanual del IPC de diciembre del año anterior, si es positiva; dietas y gastos se actualizan con los mismos porcentajes. Entre 2022 y 2025 se sustituyó por subidas fijas del 4 % anual (arts. 43 y 44).
Permisos pagados
4 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hecho acreditadaart. 24.1.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge o parientes hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 24.1.c | 4 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario del cónyuge o parientes hasta 2.º gradoart. 24.1.c | 5 | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4) |
| Nacimiento, acogimiento o adopción de hijoart. 24.1.b | 4 | — | Mejora el Estatuto |
| Cambio del domicilio habitualart. 24.1.d | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de parientes hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 24.1.e | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y/o personalart. 24.1.f | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Visitas médicas con acompañante urgente e indispensable (propias o de parientes hasta 2.º grado)art. 24.1.i | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Directores, jefaturas y personal técnico: 6 meses
- Personal administrativo: 2 meses
- Personal de oficios y no cualificados: 1 mes
Preaviso si te vas
- Directores, jefaturas y personal técnico: 1 mes
- Personal administrativo: 15 días
- Personal de oficios y no cualificados: 7 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado1 de septiembre de 2026Publicado en el BOE el acuerdo parcial de 13/7/2026: pago extraordinario del 2,1 % por la revisión 2022-2025 y niveles de partida para calcular la subida de 2027Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
- Publicado1 de mayo de 2026Publicado en el BOE el acuerdo parcial de 25/3/2026: tablas salariales de 2026 (+2,9 %) y dietasYa consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de publicidad?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2015 al 31/12/2017.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de publicidad en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.793,31 € brutos al año a jornada completa (Nivel 11).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de publicidad?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Directores, jefaturas y personal técnico: 6 meses. Personal administrativo: 2 meses. Personal de oficios y no cualificados: 1 mes.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2016-1290 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 10/2/2016). Revisado el .
Tabla: BOE-A-2026-9501 (tabla salarial 2026, publicado el 1/5/2026).
Convenio de 2015-2016 (Boletín Oficial del Estado 10/2/2016), prorrogado de año en año y denunciado en enero de 2017: según su art. 6 mantiene en vigor su contenido íntegro hasta que se firme otro. Las partes negocian un convenio nuevo. Tablas 2026 fijadas por acuerdo de 25/3/2026 (Boletín Oficial del Estado 1/5/2026).
Convenio denunciado y en negociación: sigue aplicándose por ultraactividad (art. 6). Para calcular la subida de 2027, si no hay nuevo pacto, se partirá de niveles superiores a los de 2026 que fija el acuerdo de 13/7/2026 (Nivel 1: 1.829,16 € en 15 pagas); no se abonan en 2026.