Tablas salariales 2026
Convenio colectivo estatal para empresas de publicidad.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 11 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +2,9 %
Ejemplo · elige tu categoría
Sueldo por categoría en 2026
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 |
|---|---|---|---|
| Grupo I | |||
| Nivel 1 | 1.793,53 € | 26.902,96 € | +2,9 % |
| Nivel 2 | 1.594,36 € | 23.915,39 € | +2,9 % |
| Grupos II y VI | |||
| Nivel 3 | 1.519,22 € | 22.788,24 € | +2,9 % |
| Grupos II y III | |||
| Nivel 4 | 1.510,82 € | 22.662,35 € | +2,9 % |
| Grupo III | |||
| Nivel 5 | 1.505,51 € | 22.582,63 € | +2,9 % |
| Nivel 6 | 1.407,27 € | 21.108,99 € | +2,9 % |
| Grupos III, IV y V | |||
| Nivel 7 | 1.396,65 € | 20.949,77 € | +2,9 % |
| Grupos III, IV, V y VI | |||
| Nivel 8 | 1.293,10 € | 19.396,62 € | +2,9 % |
| Grupos III, IV y VI | |||
| Nivel 9 | 1.262,95 € | 18.944,30 € | +2,9 % |
| Grupo V | |||
| Nivel 10 | 1.258,09 € | 18.871,35 € | +2,9 % |
| Grupos V y VI | |||
| Nivel 11 | 1.186,22 € | 17.793,31 € | +2,9 % |
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Notas de la tabla. Acuerdo de 25/3/2026 (BOE 1/5/2026): +2,9 % (IPC de 2025) sobre la tabla de 2025, con efectos desde 1/1/2026. Mensual en 15 pagas (12 ordinarias y 3 extraordinarias); el acta da también la mensualidad en 12 pagas (con las extras prorrateadas).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de penosidad (publicidad exterior)
56,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Quien fija carteles en carteleras o instala o repara carteleras, a cualquier altura, u otro trabajo similar, de forma habitual u ocasional.
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Dieta con pernocta (territorio nacional)
74,92 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidades de la empresa con pernocta; no incluye el alojamiento (mínimo hotel de tres estrellas).
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Dieta sin pernocta (territorio nacional)
37,54 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento sin pernocta.
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Dieta internacional con pernocta
127,83 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento al extranjero con pernocta; no incluye alojamiento (mínimo hotel de cuatro estrellas).
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Dieta internacional sin pernocta
68,08 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento al extranjero sin pernocta.
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Gastos de manutención (comidas)
16,66 € por cada día trabajadoAyuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Desplazamiento dentro de la misma localidad que impida comer en el domicilio, previo conocimiento y justificación.
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Gastos de kilometraje
0,262 € por kilómetro recorridoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso de coche propio acordado con la empresa (mínimo).
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Compensación por trabajar en festivo
Una hora y media de descanso en día laborable por cada hora trabajada en festivoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Quien por necesidades de la producción trabaja en días no laborables según calendario puede optar por descanso.
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Pago extraordinario por la revisión de 2022-2025 (2,1 %)
Importe total por nivel (euros brutos), dividido en tres pagos igualesQuién lo cobra: Personas en alta en la empresa a 1/1/2022 que sigan a 31/12/2025. Se paga en tres pagos no consolidables de igual cuantía: 4.º trimestre de 2026, antes del 1/4/2027 y antes del 1/10/2027.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2026-9501 (tabla salarial 2026, publicado el 1/5/2026). Revisado el .
Código de convenio 99004225011981