Convenio colectivo
Convenio colectivo de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2027
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal de DirecciónPuestos: Director/a Gerente, Director/a de área o departamento. | ||
| Director/a Gerente | 1.772,95 € | 29.785,59 € |
| Director/a de área o departamento | 1.596,01 € | 26.812,90 € |
| Personal Técnico y TituladoPuestos: Titulado/a grado superior, Titulado/a grado medio, Técnico de grado superior, Técnico de grado medio. | ||
| Titulado/a grado superior | 1.631,65 € | 27.411,77 € |
| Titulado/a grado medio | 1.596,01 € | 26.812,90 € |
| Técnico de grado superior | 1.204,62 € | 20.237,64 € |
| Técnico de grado medio | 1.118,32 € | 18.787,79 € |
| AdministraciónPuestos: Jefe/a de primera, Oficial/a de primera, Oficial/a de segunda, Auxiliar administrativo, Comercial. | ||
| Jefe/a de primera | 1.396,52 € | 23.461,59 € |
| Oficial/a de primera | 1.210,48 € | 20.336,12 € |
| Oficial/a de segunda | 1.118,32 € | 18.787,79 € |
| Auxiliar administrativo | 1.051,72 € | 17.668,97 € |
| Comercial | 1.107,52 € | 18.606,27 € |
| Personal de producciónPuestos: Encargado/a general, Encargado/a, Conductor/a de 1.ª, Maquinista-especialista, Oficial/a. | ||
| Encargado/a general | 1.396,52 € | 23.461,59 € |
| Encargado/a | 1.283,47 € | 21.562,36 € |
| Conductor/a de 1.ª | 1.210,52 € | 20.336,69 € |
| Maquinista-especialista | 1.145,66 € | 19.247,14 € |
| Oficial/a | 1.142,22 € | 19.189,36 € |
| Conductor/a-especialista | 1.142,22 € | 19.189,36 € |
| Carretillero/a-especialista | 1.142,22 € | 19.189,36 € |
| Mecánico/a-especialista | 1.142,22 € | 19.189,36 € |
| Sopletista-especialista | 1.142,22 € | 19.189,36 € |
| Especialista | 1.059,17 € | 17.794,06 € |
| Peón/a | 1.051,72 € | 17.668,97 € |
| Personal subalternoPuestos: Controlador y/u ordenanza, Limpieza. | ||
| Controlador y/u ordenanza | 1.058,14 € | 17.776,67 € |
| Limpieza | 1.051,72 € | 17.668,97 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal de Dirección
- Director/a GerenteCon plenos poderes y responsabilidad, resuelve el tráfico y la gestión ordinaria de la empresa, a las órdenes del empresario o del consejo de administración (en empresas que por su volumen lo requieran). En la tabla cobra 29.786 € al año, el sueldo más alto.
- Director/a de área o departamentoCon o sin firma y poderes, tiene a su cargo a todo el personal administrativo, obrero y subalterno, con funciones ejecutivas y administrativas. En la tabla cobra 26.813 € al año (puesto 3 de 15 por sueldo).
Personal Técnico y Titulado
- Titulado/a grado superiorCon título universitario de grado superior, realiza las funciones para las que le faculta ese título. En la tabla cobra 27.412 € al año (puesto 2 de 15 por sueldo).
- Titulado/a grado medioCon título universitario de grado medio, realiza las funciones para las que le faculta ese título. En la tabla cobra 26.813 € al año (puesto 3 de 15 por sueldo).
- Técnico de grado superiorCon formación cualificada, realiza funciones que exigen esa formación y los conocimientos y destrezas del puesto (por ejemplo informática, laboratorio, gestión, calidad, prevención, programación). En la tabla cobra 20.238 € al año (puesto 8 de 15 por sueldo).
- Técnico de grado medioCon formación cualificada, realiza funciones que exigen esa formación y los conocimientos y destrezas del puesto (por ejemplo informática, laboratorio, gestión, calidad, prevención, programación). En la tabla cobra 18.788 € al año (puesto 11 de 15 por sueldo).
Administración
- Jefe/a de primeraCon o sin poderes, responsable de la oficina o de más de una sección o dependencia, a las que da unidad. En la tabla cobra 23.462 € al año (puesto 4 de 15 por sueldo).
- Oficial/a de primeraRealiza trabajos administrativos complejos y asume la responsabilidad de las tareas a su cargo, dependiendo solo del jefe correspondiente. En la tabla cobra 20.336 € al año (puesto 7 de 15 por sueldo).
- Oficial/a de segundaCon iniciativa y responsabilidad restringida, hace las funciones administrativas que le pide su jefe o jefa. En la tabla cobra 18.788 € al año (puesto 11 de 15 por sueldo).
- Auxiliar administrativoSin iniciativa ni responsabilidad, hace operaciones administrativas elementales y mecánicas dentro de la oficina; incluye las funciones de telefonista. En la tabla cobra 17.669 € al año, el más bajo.
- ComercialSiguiendo las órdenes de la dirección, compra y vende materiales y objetos de explotación y capta proveedores y clientes, en el centro o con viajes y desplazamientos. En la tabla cobra 18.606 € al año (puesto 12 de 15 por sueldo).
Personal de producción
- Encargado/a generalCon dos o más encargados a sus órdenes, actúa por delegación de la empresa en funciones de confianza, con mando sobre el personal (en empresas que por su volumen lo requieran). En la tabla cobra 23.462 € al año (puesto 4 de 15 por sueldo).
- Encargado/aA las órdenes de la dirección o del encargado general, está al frente de una o más secciones con mando sobre el personal. En la tabla cobra 21.562 € al año (puesto 5 de 15 por sueldo).
- Conductor/a de 1.ªContratado para conducir un vehículo de las categorías C, D o E con los carnés correspondientes; puede hacer también trabajos de especialista. En la tabla cobra 20.337 € al año (puesto 6 de 15 por sueldo).
- Maquinista-especialistaManeja y controla maquinaria fija o móvil (prensa, cizalla, fragmentadora, compactadoras, palas y grúas cargadoras, con pulpo o electroimán) y puede hacer otros trabajos de especialista. En la tabla cobra 19.247 € al año (puesto 9 de 15 por sueldo).
- Oficial/aEjecuta trabajos cualificados de su especialidad que exigen habilidad y conocimiento profesional, equivalentes al grado de oficial de FP, con iniciativa y responsabilidad; puede tener peones o especialistas a sus órdenes. En la tabla cobra 19.189 € al año (puesto 10 de 15 por sueldo).
- Conductor/a-especialistaContratado para conducir un vehículo, puede hacer otros trabajos de especialista cuando la empresa lo necesite. En la tabla cobra 19.189 € al año (puesto 10 de 15 por sueldo).
- Carretillero/a-especialistaManeja habitualmente equipos autopropulsados (carretillas, toros o transpaletas mecánicas) y puede hacer otros trabajos de especialista. En la tabla cobra 19.189 € al año (puesto 10 de 15 por sueldo).
- Mecánico/a-especialistaCapacitado para las funciones de especialista y, además, el mantenimiento y reparación de la maquinaria de la empresa. En la tabla cobra 19.189 € al año (puesto 10 de 15 por sueldo).
- Sopletista-especialistaManeja un soplete y sus complementos, con formación teórica o práctica adecuada, cortando piezas y estructuras metálicas para valorizarlas, desguazarlas o transportarlas. En la tabla cobra 19.189 € al año (puesto 10 de 15 por sueldo).
- EspecialistaMayor de dieciocho años con capacidad y conocimientos para trabajos específicos de su oficio, con responsabilidad directa de su ejecución; manejan máquinas propias de la especialidad. En la tabla cobra 17.794 € al año (puesto 13 de 15 por sueldo).
- Peón/aEjecuta labores que consisten solo en su esfuerzo físico, sin otra condición que prestar atención y voluntad de hacer lo que se le ordene. En la tabla cobra 17.669 € al año, el más bajo.
Personal subalterno
- Controlador y/u ordenanzaControlador/a: controla accesos, custodia llaves, atiende y comprueba visitas y vigila instalaciones; ordenanza: hace trabajos subalternos de oficina sin responsabilidad. En la tabla cobra 17.777 € al año (puesto 14 de 15 por sueldo).
- LimpiezaHace las tareas de limpieza de las instalaciones de la empresa. En la tabla cobra 17.669 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla: 5 % del salario base a los 5 años, 10 % a los 10, 15 % a los 15, 20 % a los 20 y 25 % a los 25 años de servicio efectivo en la empresa (el 25 % se aplica desde el 1/01/2026)
- Dónde lo dice
- art. 14.a
- Quién lo cobra
- Por día efectivamente trabajado o fracción
- Dónde lo dice
- art. 14.c y anexo 2
- Quién lo cobra
- Por mes y por cada hijo o hija a cargo de 0 a 16 años, ambos inclusive
- Dónde lo dice
- art. 15 y anexo 2
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el trabajo sea nocturno por su naturaleza o se compense con descanso
- Dónde lo dice
- art. 37
- Quién lo cobra
- Desplazamientos por trabajo que impliquen pernoctar fuera del domicilio y de la localidad
- Dónde lo dice
- art. 24 y anexo 2
- Quién lo cobra
- Cuando por necesidades de la empresa se haga la comida de mediodía o la cena fuera del domicilio
- Dónde lo dice
- art. 24 y anexo 2
- Quién lo cobra
- Desplazamientos por motivos de trabajo en vehículo particular
- Dónde lo dice
- art. 24 y anexo 2
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 36
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 5,42 % | Incremento del 5,416 % en todos los conceptos retributivos, con carácter retroactivo desde el 1/01/2025 |
| 2026 | Por fijar | Incremento con un rango entre el 2,75 % y el 3,25 % según la tabla del anexo 2; el 3,25 % se aplica a los demás conceptos retributivos |
| 2027 | Por fijar | Incremento con un rango entre el 2,75 % y el 3,25 % según la tabla del anexo 2; el 3,25 % se aplica a los demás conceptos retributivos |
Revisión salarial
Si el IPC acumulado entre enero de 2025 y diciembre de 2027 supera el incremento de los conceptos retributivos entre 31/12/2024 y diciembre de 2027, y el PIB acumulado 2024-2027 a precios constantes supera el 5 %, se aplica la diferencia con un tope del 2 %, con efectos desde el 1/01/2028 (art. 12).
Permisos pagados
3 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 18.1.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o persona convivienteart. 18.1.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 18.1.c | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho, padres o hijosart. 18.1.c | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 18.1.d | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 18.1.e | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 18.1.l | — | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Acompañamiento a consultas médicas de hijos menores, familiares de primer grado y adultos dependientesart. 18.1.n | — | — | Mejora el Estatuto |
| Formación profesional para el empleoart. 18.1.m | — | — | Mejora el Estatuto |
| Imposibilidad de llegar al trabajo por catástrofe o limitaciones de desplazamientoart. 18.1.ñ | 4 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Personal directivo y técnicos: 6 meses
- Personal administrativo y encargado: 2 meses
- Personal obrero y subalterno: 1 mes
Preaviso si te vas
- Todos: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de recuperación y reciclado?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de recuperación y reciclado en 2027?
El importe más bajo de la tabla es 17.668,97 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar administrativo).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de recuperación y reciclado?
31 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Personal directivo y técnicos: 6 meses. Personal administrativo y encargado: 2 meses. Personal obrero y subalterno: 1 mes.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2025-23593 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 21/11/2025). Revisado el .
Vigente del 1/01/2025 al 31/12/2027 (Boletín Oficial del Estado 21/11/2025); si no se denuncia se prorroga tácitamente y, denunciado, se mantiene íntegro hasta nuevo convenio (art. 5). Incluye las tablas de 2025, 2026 y 2027.
Es el convenio estatal de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias (chatarra, papel y cartón, plástico, etc.); no es el de recogida de residuos y limpieza pública.