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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 99004345011982

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 24 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +5,4 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga como una hora normal. A elección de la persona trabajadora, compensación en descanso o abono. (art. 36)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    Personal de Dirección
    Director/a Gerente1.679,32 €28.212,56 €15,89 €Plus de higiene: 251,90 €/mes
    Director/a de área o departamento1.511,72 €25.396,86 €14,30 €Plus de higiene: 226,76 €/mes
    Personal Técnico y Titulado
    Titulado/a grado superior1.545,48 €25.964,11 €14,62 €Plus de higiene: 231,82 €/mes
    Titulado/a grado medio1.511,72 €25.396,86 €14,30 €Plus de higiene: 226,76 €/mes
    Técnico de grado superior1.135,48 €19.076,03 €10,74 €Plus de higiene: 170,32 €/mes
    Técnico de grado medio1.049,03 €17.623,64 €9,92 €Plus de higiene: 157,35 €/mes
    Administración
    Jefe/a de primera1.322,77 €22.222,54 €12,51 €Plus de higiene: 198,42 €/mes
    Oficial/a de primera1.135,48 €19.076,03 €10,74 €Plus de higiene: 170,32 €/mes
    Oficial/a de segunda1.049,03 €17.623,64 €9,92 €Plus de higiene: 157,35 €/mes
    Auxiliar administrativo996,18 €16.735,84 €9,42 €Plus de higiene: 149,43 €/mes
    Comercial1.049,03 €17.623,64 €9,92 €Plus de higiene: 157,35 €/mes
    Personal de producción
    Encargado/a general1.322,77 €22.222,54 €12,51 €Plus de higiene: 198,42 €/mes
    Encargado/a1.203,95 €20.226,29 €11,39 €Plus de higiene: 180,59 €/mes
    Conductor/a de 1.ª1.135,51 €19.076,56 €10,74 €Plus de higiene: 170,33 €/mes
    Maquinista-especialista1.074,67 €18.054,52 €10,17 €Plus de higiene: 161,20 €/mes
    Oficial/a1.071,45 €18.000,33 €10,14 €Plus de higiene: 160,72 €/mes
    Conductor/a-especialista1.071,45 €18.000,33 €10,14 €Plus de higiene: 160,72 €/mes
    Carretillero/a-especialista1.071,45 €18.000,33 €10,14 €Plus de higiene: 160,72 €/mes
    Mecánico/a-especialista1.071,45 €18.000,33 €10,14 €Plus de higiene: 160,72 €/mes
    Sopletista-especialista1.071,45 €18.000,33 €10,14 €Plus de higiene: 160,72 €/mes
    Especialista1.003,23 €16.854,32 €9,49 €Plus de higiene: 150,49 €/mes
    Peón/a996,18 €16.735,84 €9,42 €Plus de higiene: 149,43 €/mes
    Personal subalterno
    Controlador y/u ordenanza1.002,25 €16.837,85 €9,48 €Plus de higiene: 150,34 €/mes
    Limpieza996,18 €16.735,84 €9,42 €Plus de higiene: 149,43 €/mes

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.776 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo 2, tabla de 2025: salario base y plus de higiene mensuales (15 % del salario base) y total anual de la tabla = salario base × 15 pagas (12 ordinarias + 3 extraordinarias de julio, diciembre y marzo) + plus de higiene × 12. Subida pactada: 5,416 % en todos los conceptos retributivos, con efectos retroactivos desde el 1/01/2025 (tabla del anexo 2).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (quinquenios)

      un 5 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 5 (tope: 25 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla: 5 % del salario base a los 5 años, 10 % a los 10, 15 % a los 15, 20 % a los 20 y 25 % a los 25 años de servicio efectivo en la empresa (el 25 % se aplica desde el 1/01/2026).

      Cotiza y tributa como salario. art. 14.a

      La antigüedad devengada desde 1/01/2017 no es compensable ni absorbible (art. 35). Las tres pagas extra son de un mes de salario base más antigüedad.

    • Plus de transporte

      2,87 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado o fracción.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14.c y anexo 2

    • Ayuda familiar

      18,76 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Por mes y por cada hijo o hija a cargo de 0 a 16 años, ambos inclusive.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15 y anexo 2

    • Plus de nocturnidad

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el trabajo sea nocturno por su naturaleza o se compense con descanso.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37

    • Dieta diaria con pernocta

      57,66 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por trabajo que impliquen pernoctar fuera del domicilio y de la localidad.

      Cotiza solo por el exceso sobre los límites del art. 147.2 LGSS. art. 24 y anexo 2

    • Dieta por comida o cena fuera del domicilio (media dieta)

      14,73 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cuando por necesidades de la empresa se haga la comida de mediodía o la cena fuera del domicilio.

      Cotiza solo por el exceso sobre los límites del art. 147.2 LGSS. art. 24 y anexo 2

    • Kilometraje en vehículo particular

      0,34 euros por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por motivos de trabajo en vehículo particular.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 24 y anexo 2

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOE-A-2025-23593 (tabla salarial 2025, publicado el 21/11/2025). Revisado el .

    Código de convenio 99004345011982

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