Convenio colectivo
III Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
- Convenios colectivos
- Calendario laboral
- Entiende tu nómina
- Salario neto
- Calcula tu salario
- Atrasos
- Indemnización
- Liquidación y finiquito
- Prestación por desempleo
- Despido: todo lo que tienes que saber
- Jubilación y prejubilación
- Baja por nacimiento y cuidado
- Carta de renuncia
- Papeleta de conciliación
- Alegaciones a una sanción
- Adaptación de jornada
- Reducción de jornada
- Excedencia
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal sanitarioPuestos: veterinario/a, técnico/a de laboratorio, técnico/a de radiodiagnóstico, auxiliar clínico/a de veterinaria. | ||
| Personal Veterinario Director | 1.567,01 € | 28.958,38 € |
| Personal Veterinario Generalista | 1.567,01 € | 23.693,20 € |
| Personal Veterinario Supervisado | 1.567,01 € | 21.938,13 € |
| Personal Técnico Especialista en Laboratorio | 1.386,20 € | 20.179,29 € |
| Personal Técnico Especialista en Radiodiagnóstico | 1.386,20 € | 20.179,29 € |
| Personal Auxiliar Clínico de Veterinaria | 1.265,66 € | 18.055,13 € |
| Personal no sanitarioPuestos: administrativo/a, adiestrador/a canino/a, peluquero/a de mascotas, personal de limpieza. | ||
| Personal Titulado Superior | 1.567,01 € | 23.684,75 € |
| Personal Administrativo | 1.386,11 € | 20.178,12 € |
| Personal Adiestrador-Educador Canino | 1.265,66 € | 17.719,23 € |
| Personal Peluquero de Animales de Compañía | 1.265,66 € | 17.719,23 € |
| Personal Auxiliar Administrativo | 1.265,66 € | 17.719,23 € |
| Personal de Limpieza | 1.221,00 € | 17.094,00 € |
| Personal de Servicios Generales | 1.221,00 € | 17.094,00 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal sanitario
Personal que presta servicio veterinario o lo asiste: veterinarios (director, generalista y supervisado), técnicos de laboratorio y de radiodiagnóstico y auxiliares clínicos. Mientras se presta servicio veterinario siempre debe estar presente al menos un veterinario.
- Personal Veterinario DirectorVeterinario/a con responsabilidad directa y última sobre el centro o servicio: organiza, dirige, coordina y supervisa el trabajo del personal veterinario, técnico y auxiliar, además de prestar servicios veterinarios. En la tabla cobra 28.958 € al año, el sueldo más alto.
- Personal Veterinario GeneralistaVeterinario/a con responsabilidad directa en la organización, supervisión y realización de las labores veterinarias de la empresa. En la tabla cobra 23.693 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
- Personal Veterinario SupervisadoVeterinario/a sin responsabilidad directa, que trabaja siempre bajo la supervisión de un veterinario director o generalista; máximo 3 años en esta categoría en toda la vida laboral. En la tabla cobra 21.938 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
- Personal Técnico Especialista en LaboratorioRealiza los análisis clínicos y controla y supervisa el mantenimiento de los equipos y productos del laboratorio del centro. En la tabla cobra 20.179 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
- Personal Técnico Especialista en RadiodiagnósticoRealiza las pruebas de radiodiagnóstico y controla y supervisa el mantenimiento de los equipos y productos empleados en la actividad clínica. En la tabla cobra 20.179 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
- Personal Auxiliar Clínico de VeterinariaAtiende y se comunica con la clientela y asiste en la atención clínica de los animales, cumpliendo las normas técnico-sanitarias, de calidad y de seguridad, bajo la supervisión del personal veterinario. En la tabla cobra 18.055 € al año (puesto 7 de 9 por sueldo).
Personal no sanitario
Personal de gestión, administración, adiestramiento, peluquería, limpieza y servicios generales: titulado superior, administrativo, adiestrador/a, peluquero/a, auxiliar administrativo, limpieza y servicios generales.
- Personal Titulado SuperiorResponsable directo de la gestión y el negocio: planifica e implanta estrategias de áreas de negocio, gestiona personas, recursos materiales y operaciones económico-financieras, y desarrolla la comercialización de los servicios. En la tabla cobra 23.685 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
- Personal AdministrativoTareas administrativas de gestión y asesoramiento en las áreas laboral, comercial, contable y fiscal; atiende a la clientela, hace trámites con las administraciones y gestiona el archivo y las comunicaciones de la empresa. En la tabla cobra 20.178 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
- Personal Adiestrador-Educador CaninoAdiestra y educa perros con técnicas de aprendizaje, bajo supervisión veterinaria. En la tabla cobra 17.719 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
- Personal Peluquero de Animales de CompañíaAseo y arreglos estéticos de los animales de compañía. En la tabla cobra 17.719 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
- Personal Auxiliar AdministrativoOperaciones de gestión administrativa en el ámbito laboral, contable, comercial, financiero y fiscal y atención a la clientela, aplicando la normativa y los protocolos de calidad. En la tabla cobra 17.719 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
- Personal de LimpiezaLimpieza general de las dependencias del centro, manteniéndolo siempre limpio y con la higiene necesaria. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
- Personal de Servicios GeneralesTareas auxiliares no sanitarias que no encajan en el resto de categorías. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo quien ya tenía reconocida una cantidad por este concepto.
- Dónde lo dice
- art. 33
- Quién lo cobra
- Personal sanitario con una escala de carrera profesional reconocida (8 escalas en 2026; en 2025 hasta 10 escalas en la tabla).
- Dónde lo dice
- art. 32 y 76
- Quién lo cobra
- Por hora nocturna efectivamente trabajada (entre las 22:00 y las 6:00).
- Dónde lo dice
- art. 29 y 38.5
- Quién lo cobra
- Por cada festividad (festivo nacional, autonómico o local) efectivamente trabajada, sea cual sea el número de horas.
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- 1 y 6 de enero y 25 de diciembre, y las noches del 31 de diciembre, 5 de enero y 24 de diciembre.
- Dónde lo dice
- art. 31
- Quién lo cobra
- Por jornada de disponibilidad de atención sanitaria continuada, fuera de la jornada de trabajo.
- Dónde lo dice
- art. 28 y 44
- Quién lo cobra
- Por jornada de disponibilidad en festivo.
- Dónde lo dice
- art. 28 y 44
- Quién lo cobra
- Por jornada de disponibilidad en festivo especial.
- Dónde lo dice
- art. 28 y 44
- Quién lo cobra
- Desplazamientos por cuenta de la empresa; la empresa puede sustituirla pagando todos los gastos.
- Dónde lo dice
- art. 37
- Quién lo cobra
- Desplazamientos por cuenta de la empresa; la empresa puede sustituirla pagando todos los gastos.
- Dónde lo dice
- art. 37
- Quién lo cobra
- Por kilómetro, para quien use su vehículo propio en desplazamientos al servicio de la empresa.
- Dónde lo dice
- art. 37
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 43
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 4 % | Incremento del 4 % sobre todos los conceptos salariales (tabla 2026 en el anexo I) |
| 2027 | 4 % | Incremento del 4 % sobre todos los conceptos salariales (tabla 2027 en el anexo II) |
Revisión salarial
Si el IPC de 2026, 2027 o 2028 supera el 4 %, se abona en el primer trimestre del año siguiente un pago por la diferencia entre el IPC real y el 4 %, con un máximo del 1,25 % del salario bruto anual de la persona trabajadora. Al concluir la duración pactada, las tablas suben según el IPC del año anterior con un tope del 2,5 % (art. 6.4). (art. 24.4 y 6.4).
Permisos pagados
3 de los 7 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción en el registro de uniones de hechoart. 46.1.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado, o persona conviviente que requiera cuidadoart. 46.1.c | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 46.1.b | 3 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 46.1.e | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 46.1.d | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 46.1.g | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de animal doméstico propio o del cónyuge o pareja de hechoart. 46.1.j | 1 | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Nivel I: 6 meses
- Niveles II y III: 3 meses
- Nivel IV: 1 mes
Preaviso si te vas
- Nivel I: 45 días
- Nivel II: 30 días
- Niveles III y IV: 20 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Publicado21 de septiembre de 2026Publicado en el BOE el III Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios (2026-2028), con subida del 4 % anualYa consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de centros veterinarios?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de centros veterinarios en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.094,00 € brutos al año a jornada completa (Personal de Limpieza).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de centros veterinarios?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Nivel I: 6 meses. Niveles II y III: 3 meses. Nivel IV: 1 mes.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2026-19605 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 21/9/2026). Revisado el .
III Convenio 2026-2028, firmado el 22/07/2026 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 21/09/2026, con efectos desde el 1/1/2026. Los atrasos de 2026 se pagan antes del último día hábil del mes siguiente a la publicación (art. 24.3).
Convenio estatal de centros y servicios veterinarios. El salario anual del cuadro es salario base más complemento de puesto en 14 pagas (la columna P.P. del boletín es el prorrateo de las 2 pagas extra). Las gratificaciones de junio y diciembre valen un mes de salario base más complemento de puesto y antigüedad consolidada. Puede haber convenios autonómicos o provinciales propios (por ejemplo, Alicante), que se rigen por sus reglas de concurrencia (art. 7 y 8).