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Convenio colectivo

III Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios.

Código de convenio 99100235012020
Publicado el
21/9/2026
Vigencia
1/1/2026 – 31/12/2028

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.780horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+4,0 %2026
Próxima subida+4,0 %2027
Tablas salariales 2026

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Personal sanitarioPuestos: veterinario/a, técnico/a de laboratorio, técnico/a de radiodiagnóstico, auxiliar clínico/a de veterinaria.
Personal Veterinario Director1.567,01 €28.958,38 €
Personal Veterinario Generalista1.567,01 €23.693,20 €
Personal Veterinario Supervisado1.567,01 €21.938,13 €
Personal Técnico Especialista en Laboratorio1.386,20 €20.179,29 €
Personal Técnico Especialista en Radiodiagnóstico1.386,20 €20.179,29 €
Personal Auxiliar Clínico de Veterinaria1.265,66 €18.055,13 €
Personal no sanitarioPuestos: administrativo/a, adiestrador/a canino/a, peluquero/a de mascotas, personal de limpieza.
Personal Titulado Superior1.567,01 €23.684,75 €
Personal Administrativo1.386,11 €20.178,12 €
Personal Adiestrador-Educador Canino1.265,66 €17.719,23 €
Personal Peluquero de Animales de Compañía1.265,66 €17.719,23 €
Personal Auxiliar Administrativo1.265,66 €17.719,23 €
Personal de Limpieza1.221,00 €17.094,00 €
Personal de Servicios Generales1.221,00 €17.094,00 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Personal sanitario

Personal que presta servicio veterinario o lo asiste: veterinarios (director, generalista y supervisado), técnicos de laboratorio y de radiodiagnóstico y auxiliares clínicos. Mientras se presta servicio veterinario siempre debe estar presente al menos un veterinario.

  • Personal Veterinario DirectorVeterinario/a con responsabilidad directa y última sobre el centro o servicio: organiza, dirige, coordina y supervisa el trabajo del personal veterinario, técnico y auxiliar, además de prestar servicios veterinarios. En la tabla cobra 28.958 € al año, el sueldo más alto.
  • Personal Veterinario GeneralistaVeterinario/a con responsabilidad directa en la organización, supervisión y realización de las labores veterinarias de la empresa. En la tabla cobra 23.693 € al año (puesto 2 de 9 por sueldo).
  • Personal Veterinario SupervisadoVeterinario/a sin responsabilidad directa, que trabaja siempre bajo la supervisión de un veterinario director o generalista; máximo 3 años en esta categoría en toda la vida laboral. En la tabla cobra 21.938 € al año (puesto 4 de 9 por sueldo).
  • Personal Técnico Especialista en LaboratorioRealiza los análisis clínicos y controla y supervisa el mantenimiento de los equipos y productos del laboratorio del centro. En la tabla cobra 20.179 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
  • Personal Técnico Especialista en RadiodiagnósticoRealiza las pruebas de radiodiagnóstico y controla y supervisa el mantenimiento de los equipos y productos empleados en la actividad clínica. En la tabla cobra 20.179 € al año (puesto 5 de 9 por sueldo).
  • Personal Auxiliar Clínico de VeterinariaAtiende y se comunica con la clientela y asiste en la atención clínica de los animales, cumpliendo las normas técnico-sanitarias, de calidad y de seguridad, bajo la supervisión del personal veterinario. En la tabla cobra 18.055 € al año (puesto 7 de 9 por sueldo).

Personal no sanitario

Personal de gestión, administración, adiestramiento, peluquería, limpieza y servicios generales: titulado superior, administrativo, adiestrador/a, peluquero/a, auxiliar administrativo, limpieza y servicios generales.

  • Personal Titulado SuperiorResponsable directo de la gestión y el negocio: planifica e implanta estrategias de áreas de negocio, gestiona personas, recursos materiales y operaciones económico-financieras, y desarrolla la comercialización de los servicios. En la tabla cobra 23.685 € al año (puesto 3 de 9 por sueldo).
  • Personal AdministrativoTareas administrativas de gestión y asesoramiento en las áreas laboral, comercial, contable y fiscal; atiende a la clientela, hace trámites con las administraciones y gestiona el archivo y las comunicaciones de la empresa. En la tabla cobra 20.178 € al año (puesto 6 de 9 por sueldo).
  • Personal Adiestrador-Educador CaninoAdiestra y educa perros con técnicas de aprendizaje, bajo supervisión veterinaria. En la tabla cobra 17.719 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
  • Personal Peluquero de Animales de CompañíaAseo y arreglos estéticos de los animales de compañía. En la tabla cobra 17.719 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
  • Personal Auxiliar AdministrativoOperaciones de gestión administrativa en el ámbito laboral, contable, comercial, financiero y fiscal y atención a la clientela, aplicando la normativa y los protocolos de calidad. En la tabla cobra 17.719 € al año (puesto 8 de 9 por sueldo).
  • Personal de LimpiezaLimpieza general de las dependencias del centro, manteniéndolo siempre limpio y con la higiene necesaria. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
  • Personal de Servicios GeneralesTareas auxiliares no sanitarias que no encajan en el resto de categorías. En la tabla cobra 17.094 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Complemento de antigüedad consolidadaLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa.Cantidad ya reconocida a cada persona, que no se absorbe, compensa ni revaloriza
Quién lo cobra
Solo quien ya tenía reconocida una cantidad por este concepto.
Dónde lo dice
art. 33
Complemento de carrera profesionalLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto.Importe según la escala reconocida, en la tabla «Complemento de Carrera Profesional» del anexo
Quién lo cobra
Personal sanitario con una escala de carrera profesional reconocida (8 escalas en 2026; en 2025 hasta 10 escalas en la tabla).
Dónde lo dice
art. 32 y 76
Complemento de nocturnidadLo que se paga de más por trabajar de noche.30 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Por hora nocturna efectivamente trabajada (entre las 22:00 y las 6:00).
Dónde lo dice
art. 29 y 38.5
Complemento de festividadLo que se paga de más por trabajar en festivo.24,96 € por día
Quién lo cobra
Por cada festividad (festivo nacional, autonómico o local) efectivamente trabajada, sea cual sea el número de horas.
Dónde lo dice
art. 30
Complemento de festivos especialesLo que se paga de más por trabajar en festivo.57,20 € por día
Quién lo cobra
1 y 6 de enero y 25 de diciembre, y las noches del 31 de diciembre, 5 de enero y 24 de diciembre.
Dónde lo dice
art. 31
Disponibilidad ordinaria (Grupo I)Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario.15,60 € por día
Quién lo cobra
Por jornada de disponibilidad de atención sanitaria continuada, fuera de la jornada de trabajo.
Dónde lo dice
art. 28 y 44
Disponibilidad en festivos (Grupo I)Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario.18,72 € por día
Quién lo cobra
Por jornada de disponibilidad en festivo.
Dónde lo dice
art. 28 y 44
Disponibilidad en festivos especiales (Grupo I)Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario.26,00 € por día
Quién lo cobra
Por jornada de disponibilidad en festivo especial.
Dónde lo dice
art. 28 y 44
Media dietaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.23,64 € por día
Quién lo cobra
Desplazamientos por cuenta de la empresa; la empresa puede sustituirla pagando todos los gastos.
Dónde lo dice
art. 37
Dieta completaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.64,99 € por día
Quién lo cobra
Desplazamientos por cuenta de la empresa; la empresa puede sustituirla pagando todos los gastos.
Dónde lo dice
art. 37
Kilometraje con vehículo propioLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo.0,26 €
Quién lo cobra
Por kilómetro, para quien use su vehículo propio en desplazamientos al servicio de la empresa.
Dónde lo dice
art. 37

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.precio fijado por categoría, de 14,22 a 24,40 € la hora (art. 43).
Dónde lo dice
art. 43

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20264 %Incremento del 4 % sobre todos los conceptos salariales (tabla 2026 en el anexo I)
20274 %Incremento del 4 % sobre todos los conceptos salariales (tabla 2027 en el anexo II)

Revisión salarial

Si el IPC de 2026, 2027 o 2028 supera el 4 %, se abona en el primer trimestre del año siguiente un pago por la diferencia entre el IPC real y el 4 %, con un máximo del 1,25 % del salario bruto anual de la persona trabajadora. Al concluir la duración pactada, las tablas suben según el IPC del año anterior con un tope del 2,5 % (art. 6.4). (art. 24.4 y 6.4).

Permisos pagados

3 de los 7 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o inscripción en el registro de uniones de hechoart. 46.1.a1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado, o persona conviviente que requiera cuidadoart. 46.1.c55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 46.1.b3 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 46.1.e11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 46.1.d—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propiosart. 46.1.g1—Mejora el Estatuto
Fallecimiento de animal doméstico propio o del cónyuge o pareja de hechoart. 46.1.j12 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoNo lo mencionaEl tiempo necesarioLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Nivel I: 6 meses
  • Niveles II y III: 3 meses
  • Nivel IV: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Nivel I: 45 días
  • Nivel II: 30 días
  • Niveles III y IV: 20 días
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Publicado21 de septiembre de 2026Publicado en el BOE el III Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios (2026-2028), con subida del 4 % anualYa consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de centros veterinarios?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de centros veterinarios en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.094,00 € brutos al año a jornada completa (Personal de Limpieza).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de centros veterinarios?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Nivel I: 6 meses. Niveles II y III: 3 meses. Nivel IV: 1 mes.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOE-A-2026-19605 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 21/9/2026). Revisado el .

III Convenio 2026-2028, firmado el 22/07/2026 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 21/09/2026, con efectos desde el 1/1/2026. Los atrasos de 2026 se pagan antes del último día hábil del mes siguiente a la publicación (art. 24.3).

Convenio estatal de centros y servicios veterinarios. El salario anual del cuadro es salario base más complemento de puesto en 14 pagas (la columna P.P. del boletín es el prorrateo de las 2 pagas extra). Las gratificaciones de junio y diciembre valen un mes de salario base más complemento de puesto y antigüedad consolidada. Puede haber convenios autonómicos o provinciales propios (por ejemplo, Alicante), que se rigen por sus reglas de concurrencia (art. 7 y 8).