Saltar al contenido

Tablas salariales 2026 · provisionales

VII Convenio colectivo estatal del ciclo integral del agua para los años 2024-⁠2027.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2026 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 99014365012003
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 10 %. En festivo, más un 20 %; de noche, más un 20 %. Se compensan preferentemente por descanso, si no perturba la producción; las compensadas con descanso en los 4 meses siguientes no computan para el tope anual de horas extra. (art. 47)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extraPluses
    Grupo profesional 1
    Grupo profesional 11.146,67 €21.490,02 €1+3,0 %13,81 €Plus convenio: 256,22 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 196,83 €/mes
    Grupo profesional 2
    Grupo profesional 2 - Nivel B1.159,64 €22.034,95 €1+3,0 %14,16 €Plus convenio: 256,22 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 227,12 €/mes
    Grupo profesional 2 - Nivel A1.184,51 €22.564,64 €1+3,0 %14,50 €Plus convenio: 256,22 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 242,24 €/mes
    Grupo profesional 3
    Grupo profesional 3 - Nivel B1.214,78 €23.170,39 €1+3,0 %14,89 €Plus convenio: 256,22 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 257,40 €/mes
    Grupo profesional 3 - Nivel A1.250,47 €23.851,61 €1+3,0 %15,33 €Plus convenio: 256,22 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 272,53 €/mes
    Grupo profesional 4
    Grupo profesional 41.291,57 €24.608,53 €1+3,0 %15,81 €Plus convenio: 256,22 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 287,66 €/mes
    Grupo profesional 5
    Grupo profesional 51.332,69 €25.365,87 €1+3,0 %16,30 €Plus convenio: 256,22 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 302,80 €/mes
    Grupo profesional 6
    Grupo profesional 61.373,73 €26.122,70 €1+3,0 %16,78 €Plus convenio: 256,22 €/mes; Complemento de puesto de trabajo: 317,98 €/mes

    La retribución anual de la tabla suma 12 mensualidades (salario base + plus convenio + complemento de puesto) y las 2 gratificaciones extraordinarias, de importe igual al salario base. No incluye antigüedad ni complementos variables.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.712 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (premio anual acumulable)

      88,97 € al mes cada año

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se devenga por cada año cumplido de antigüedad en la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32

      Importe ANUAL por cada año de antigüedad, que se suma al del año anterior; se abona repartido en las 12 mensualidades y las 2 gratificaciones extraordinarias. Se mantiene aparte la antigüedad consolidada de convenios anteriores.

    • Complemento de administración

      25,75 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal del área administrativa de los grupos profesionales 1, 2 y 3 que no cobre otros complementos adicionales (salarios pactados u otros análogos) por importe igual o superior; si es inferior, se completa la diferencia.

      Cotiza y tributa como salario. art. 36

      Se abona en las pagas ordinarias (12), desde el 1 de enero de 2025.

    • Plus de nocturnidad

      1,98 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00; no se abona a quien se contrata para trabajos nocturnos por su propia naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37

    • Plus de turnicidad (turno cerrado)

      4,94 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por día efectivo en sistema de turnos rotativos de 24 horas al día los 365 días del año.

      Cotiza y tributa como salario. art. 38

    • Plus de turnicidad (turno abierto)

      2,97 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por día efectivo en turnos rotativos de mañana y tarde los 365 días del año; se devenga desde el 1 de enero de 2026.

      Cotiza y tributa como salario. art. 38

    • Complemento de guardia

      7,57 € por hora

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada hora efectiva trabajada de guardia (fuera del horario ordinario, en descanso semanal o festivo); además se compensa con tiempo equivalente de descanso en los 6 meses siguientes.

      Cotiza y tributa como salario. art. 39

      La tabla dice «por cada hora efectiva trabajada de guardia más una hora de descanso».

    • Complemento de retén

      22,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada día efectivo prestando el servicio de retén (disponibilidad localizable fuera del horario ordinario).

      Cotiza y tributa como salario. art. 40

      Importe independiente de la intervención. Quien cobre más por este concepto mantiene su cuantía.

    • Tiempo de intervención (retén)

      14,71 € por hora

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada hora efectiva de intervención durante el retén (desde el aviso hasta el regreso); se puede compensar en su lugar con descanso equivalente en los 6 meses siguientes.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40

    • Plus de festivos especiales

      12,68 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada hora de trabajo efectivo (las fracciones cuentan como hora completa) entre las 22:00 del 24/12 y las 14:00 del 25/12, entre las 22:00 del 31/12 y las 14:00 del 1/1, y entre las 6:00 y las 14:00 del 6/1.

      Cotiza y tributa como salario. art. 42

    • Kilometraje en vehículo propio

      0,26 euros por kilómetro; si el importe exento fiscalmente sube legalmente, se aplica el exento

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Por kilómetro recorrido con vehículo propio por necesidades de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 41

    • Ayuda por hijo o hija con discapacidad

      80,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal con un hijo o hija con discapacidad reconocida y vigente igual o superior al 33 %, mientras sea menor de edad o siga a su cargo sin otros ingresos laborales; si ambos progenitores trabajan en la empresa, solo uno la genera.

      Cotiza y tributa como salario. art. 64

      Se abona en las 12 pagas ordinarias; el texto no actualiza el importe por año.

    • Compensación por comida en trabajos que prolongan la jornada

      12,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cuando los trabajos extra alcanzan la hora de comer o cenar y la empresa no puede proveer la comida.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 46

      Se menciona como «dieta equivalente a 12 euros».

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOE-A-2026-3450 (tabla salarial 2026, publicado el 14/2/2026). Revisado el .

    Código de convenio 99014365012003

    Volver arriba