Convenio colectivo
VII Convenio colectivo estatal del ciclo integral del agua para los años 2024-2027.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2026 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo profesional 1Puestos: personal de limpieza, portero/a, conserje, ordenanza, guarda, peón/a especialista. | 1.146,67 € | 21.490,02 € |
| Grupo profesional 2Puestos: delineante de 2.ª, topógrafo/a de 2.ª, oficial/a 1.ª administrativo, auxiliar técnico/a, auxiliar de laboratorio, auxiliar de administración. | ||
| Grupo profesional 2 - Nivel B | 1.159,64 € | 22.034,95 € |
| Grupo profesional 2 - Nivel A | 1.184,51 € | 22.564,64 € |
| Grupo profesional 3Puestos: delineante proyectista, analista informático/a, jefe/a de delegación, delineante de 1.ª, topógrafo/a de 1.ª, analista de laboratorio. | ||
| Grupo profesional 3 - Nivel B | 1.214,78 € | 23.170,39 € |
| Grupo profesional 3 - Nivel A | 1.250,47 € | 23.851,61 € |
| Grupo profesional 4Puestos: jefe/a de sección, titulado/a de grado medio, jefe/a de servicio. | 1.291,57 € | 24.608,53 € |
| Grupo profesional 5Puestos: titulado/a de grado superior, titulado/a de grado medio con jefatura de servicio, jefe/a de grupo. | 1.332,69 € | 25.365,87 € |
| Grupo profesional 6Puestos: titulado/a de grado superior con jefatura. | 1.373,73 € | 26.122,70 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo profesional 1
Tareas que se ejecutan según instrucciones concretas, con mucha supervisión, que exigen sobre todo esfuerzo físico o atención y no necesitan formación específica, salvo un periodo de adaptación. No pueden operar solas una planta de IDAM, EDAR o ETAP ni hacer guardias o retenes en solitario.
Formación: Graduado escolar, ESO o certificado de escolaridad (o experiencia equivalente).
Por ejemplo: personal de limpieza, portero/a, conserje, ordenanza, guarda, peón/a especialista.
Grupo profesional 2
Se divide en dos niveles según iniciativa y responsabilidad. Nivel A: operaciones que, aunque sigan instrucciones específicas, requieren cierta iniciativa, conocimientos profesionales y destrezas prácticas; puede tener encomendada la supervisión directa del trabajo de sus colaboradores. Nivel B: operaciones que se hacen siguiendo instrucciones específicas, con alto grado de supervisión; suelen exigir conocimientos profesionales y destrezas prácticas, y su responsabilidad está limitada por una supervisión directa o sistemática.
Formación: Nivel A: FP de grado medio, FP de primer grado o certificado de profesionalidad equivalente, con formación específica en el puesto. Nivel B: Graduado escolar o ESO (o experiencia equivalente), con formación específica en el puesto.
- Grupo profesional 2 - Nivel BOperaciones que se hacen siguiendo instrucciones específicas, con alto grado de supervisión; suelen exigir conocimientos profesionales y destrezas prácticas, y su responsabilidad está limitada por una supervisión directa o sistemática. En la tabla cobra 22.035 € al año (puesto 7 de 8 por sueldo).
- Grupo profesional 2 - Nivel AOperaciones que, aunque sigan instrucciones específicas, requieren cierta iniciativa, conocimientos profesionales y destrezas prácticas; puede tener encomendada la supervisión directa del trabajo de sus colaboradores. En la tabla cobra 22.565 € al año (puesto 6 de 8 por sueldo).
Grupo profesional 3
Se divide en dos niveles según iniciativa y responsabilidad. Nivel A: gestiona y coordina procesos y procedimientos que abarcan todos los de ejecución de su ámbito; requiere amplios conocimientos e iniciativa e integra, coordina y supervisa directa o indirectamente el trabajo de sus colaboradores. Nivel B: integra, coordina y supervisa la ejecución de tareas estandarizadas según un sistema de trabajo preestablecido; requiere amplios conocimientos e iniciativa y puede supervisar directamente el trabajo de sus colaboradores.
Formación: Nivel A: Bachillerato, BUP, ciclo de grado superior, FP de segundo grado o certificación equivalente, con experiencia dilatada. Nivel B: Bachillerato, BUP, ciclo de grado medio, FP de primer grado o certificación profesional equivalente, con experiencia dilatada.
- Grupo profesional 3 - Nivel BIntegra, coordina y supervisa la ejecución de tareas estandarizadas según un sistema de trabajo preestablecido; requiere amplios conocimientos e iniciativa y puede supervisar directamente el trabajo de sus colaboradores. En la tabla cobra 23.170 € al año (puesto 5 de 8 por sueldo).
- Grupo profesional 3 - Nivel AGestiona y coordina procesos y procedimientos que abarcan todos los de ejecución de su ámbito; requiere amplios conocimientos e iniciativa e integra, coordina y supervisa directa o indirectamente el trabajo de sus colaboradores. En la tabla cobra 23.852 € al año (puesto 4 de 8 por sueldo).
Grupo profesional 4
Funciones, con o sin mando, con alto grado de autonomía e iniciativa, que suponen tareas complejas con un importante contenido de actividad intelectual o de relación con personas.
Formación: Título universitario de primer ciclo o grado medio, con formación específica en el puesto.
Por ejemplo: jefe/a de sección, titulado/a de grado medio, jefe/a de servicio.
Grupo profesional 5
Tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y mucha exigencia de autonomía, iniciativa y responsabilidad; pueden suponer responsabilidad directa sobre una o varias áreas funcionales y, habitualmente, mando sobre una o varias personas.
Formación: Grado medio con experiencia dilatada en el sector, o grado superior con formación específica en el puesto.
Por ejemplo: titulado/a de grado superior, titulado/a de grado medio con jefatura de servicio, jefe/a de grupo.
Grupo profesional 6
Tareas técnicas complejas y heterogéneas que integran planificación, organización, dirección y coordinación, con responsabilidad completa sobre la gestión de una o varias áreas funcionales y mando y dirección de personas o equipos.
Formación: Grado medio con experiencia dilatada en el sector, o grado superior con formación específica en el puesto.
Por ejemplo: titulado/a de grado superior con jefatura.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla; se devenga por cada año cumplido de antigüedad en la empresa
- Dónde lo dice
- art. 32
- Quién lo cobra
- Personal del área administrativa de los grupos profesionales 1, 2 y 3 que no cobre otros complementos adicionales (salarios pactados u otros análogos) por importe igual o superior; si es inferior, se completa la diferencia
- Dónde lo dice
- art. 36
- Quién lo cobra
- Por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00; no se abona a quien se contrata para trabajos nocturnos por su propia naturaleza
- Dónde lo dice
- art. 37
- Quién lo cobra
- Por día efectivo en sistema de turnos rotativos de 24 horas al día los 365 días del año
- Dónde lo dice
- art. 38
- Quién lo cobra
- Por día efectivo en turnos rotativos de mañana y tarde los 365 días del año; se devenga desde el 1 de enero de 2026
- Dónde lo dice
- art. 38
- Quién lo cobra
- Por cada hora efectiva trabajada de guardia (fuera del horario ordinario, en descanso semanal o festivo); además se compensa con tiempo equivalente de descanso en los 6 meses siguientes
- Dónde lo dice
- art. 39
- Quién lo cobra
- Por cada día efectivo prestando el servicio de retén (disponibilidad localizable fuera del horario ordinario)
- Dónde lo dice
- art. 40
- Quién lo cobra
- Por cada hora efectiva de intervención durante el retén (desde el aviso hasta el regreso); se puede compensar en su lugar con descanso equivalente en los 6 meses siguientes
- Dónde lo dice
- art. 40
- Quién lo cobra
- Por cada hora de trabajo efectivo (las fracciones cuentan como hora completa) entre las 22:00 del 24/12 y las 14:00 del 25/12, entre las 22:00 del 31/12 y las 14:00 del 1/1, y entre las 6:00 y las 14:00 del 6/1
- Dónde lo dice
- art. 42
- Quién lo cobra
- Por kilómetro recorrido con vehículo propio por necesidades de la empresa
- Dónde lo dice
- art. 41
- Quién lo cobra
- Personal con un hijo o hija con discapacidad reconocida y vigente igual o superior al 33 %, mientras sea menor de edad o siga a su cargo sin otros ingresos laborales; si ambos progenitores trabajan en la empresa, solo uno la genera
- Dónde lo dice
- art. 64
- Quién lo cobra
- Cuando los trabajos extra alcanzan la hora de comer o cenar y la empresa no puede proveer la comida
- Dónde lo dice
- art. 46
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 47
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento del 3 % en 2025 sobre la tabla del año anterior |
| 2026 | 3 % | Incremento del 3 % en 2026 sobre la tabla del año anterior |
| 2027 | 3 % | Incremento del 3 % en 2027 sobre la tabla del año anterior |
Revisión salarial
Revisión anual: publicado el IPC estatal definitivo de cada año, si supera lo pactado se aplica una revisión al alza de la diferencia con el tope del 1 % sobre la tabla de cada año. Revisión interanual: si el IPC acumulado de 2024 a 2027 supera los incrementos acumulados de las tablas, la diferencia sirve de base para la tabla de 2028. (art. 43).
Permisos pagados
3 de los 12 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 49 | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º grado (o conviviente que requiera cuidado); un día más si el desplazamiento es de al menos 250 km por trayectoart. 49 | 5 (6 con desplazamiento) | 5 días | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2.º grado (4 días si hay que desplazarse al menos 55 km)art. 49 | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 49 | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal, incluido el votoart. 49 | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personalart. 49 | — | Las horas que fije la ley | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y sesiones de información o informes previos a adopción, guarda o acogimientoart. 49 | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por limitaciones al desplazamiento, riesgo grave o catástrofeart. 49 | 4 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Actos preparatorios de la donación de órganos o tejidosart. 49 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de hijo o hijaart. 49 | 1 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (horas retribuidas equivalentes a 4 días al año)art. 49 | 4 | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propios (acumulables a vacaciones, con autorización del responsable)art. 49 | 2 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupos profesionales 4, 5 y 6: 6 meses
- Grupos profesionales 1, 2 y 3: 3 meses
Preaviso si te vas
- Contratos indefinidos (tras el periodo de prueba): 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de ciclo del agua?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de ciclo del agua en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 21.490,02 € brutos al año a jornada completa (Grupo profesional 1).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de ciclo del agua?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos profesionales 4, 5 y 6: 6 meses. Grupos profesionales 1, 2 y 3: 3 meses.
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2025-19029 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 25/9/2025). Revisado el .
Tabla: BOE-A-2026-3450 (tabla salarial 2026, publicado el 14/2/2026).
VII Convenio 2024-2027 (Boletín Oficial del Estado 25/09/2025; las tablas se aplican desde el 1/1/2024). Las tablas de 2025 son definitivas y las de 2026 provisionales (3 % sobre la de 2025), según el acuerdo de la comisión paritaria de 21/01/2026 (Boletín Oficial del Estado 14/02/2026). Si el IPC de 2026 supera el 3 %, se revisará al alza hasta un 1 % más (art. 43).
Convenio estatal. Se aplica en defecto de convenio sectorial provincial o autonómico propio, y en las materias a las que estos remitan; los convenios de empresa en vigor tienen preferencia (art. 10.4 y 11.2).