Saltar al contenido

Tablas salariales 2025

Convenio colectivo del servicio de ayuda a domicilio de la Comunidad de Madrid.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 28007395011996

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 7 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +10,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2024Pluses
    Grupo A
    Responsable de Coordinación2.397,71 €36.612,94 €1+10,0 %Plus convenio: 0,00 €/mes; Plus de transporte: 58,84 €/mes
    Coordinador/a1.501,58 €25.464,75 €1+10,0 %Plus convenio: 122,41 €/mes; Plus de transporte: 100,45 €/mes
    Ayudante de Coordinación1.222,50 €20.520,39 €1+10,0 %Plus convenio: 102,21 €/mes; Plus de transporte: 59,07 €/mes
    Grupo B
    Jefe/a de Administración1.664,45 €27.146,56 €1+10,0 %Plus convenio: 102,05 €/mes; Plus de transporte: 59,00 €/mes
    Oficial/a Administrativo/a1.416,60 €23.424,97 €1+10,0 %Plus convenio: 101,76 €/mes; Plus de transporte: 59,05 €/mes
    Auxiliar Administrativo/a1.043,17 €17.832,24 €1+10,0 %Plus convenio: 102,30 €/mes; Plus de transporte: 59,10 €/mes
    Grupo C
    Auxiliar de Ayuda a Domicilio1.043,17 €17.832,24 €1+10,0 %Plus convenio: 102,30 €/mes; Plus de transporte: 59,10 €/mes

    Tabla de 2025 (subida del 10 %): el propio boletín la rotula «nuevas adjudicaciones, art. 30». Solo obliga a la empresa desde el primer día de una adjudicación posterior a la firma (26/02/2024); las empresas con adjudicación anterior no tienen que aplicar las subidas mientras se mantenga esa adjudicación o su prórroga.

    Subida: salario base de 2025 frente al de 2024 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Notas de la tabla. Tabla de 2025 (subida del 10 %): el propio boletín la rotula «nuevas adjudicaciones, art. 30». Solo obliga a la empresa desde el primer día de una adjudicación posterior a la firma (26/02/2024); las empresas con adjudicación anterior no tienen que aplicar las subidas mientras se mantenga esa adjudicación o su prórroga.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de antigüedad (trienios)

      27,92 € al mes cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Cantidad lineal por cada trienio, igual para todas las categorías; proporcional a la jornada. Se incluye en las tres pagas extra (art. 31).

      Cotiza y tributa como salario. art. 30.2 y anexo 1

    • Plus de fines de semana y festivos

      153,98 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Solo auxiliares SAD, coordinadores/as y ayudantes de coordinación contratados para fines de semana y festivos con jornada de 20 horas semanales en cómputo bimestral; proporcional para otras jornadas. El texto lo da por mes.

      Cotiza y tributa como salario. art. 30.4 y anexo 1

    • Plus nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por cada hora de trabajo efectivo entre las 22:00 y las 07:00; se paga en proporción si es menos de una hora.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33

      Importe fijado en la tabla de 2024 (2,23 € por hora); el art. 33 dice que se incrementa según las subidas salariales anuales, pero el convenio no publica el importe de 2025 ni de 2026 y no se calcula aquí.

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,26 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Cuando el servicio exija usar el vehículo propio para ir de un municipio a otro.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 32

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20240504-3 (tabla salarial 2025, publicado el 4/5/2024). Revisado el .

    Código de convenio 28007395011996

    Volver arriba