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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo del sector de actividades forestales.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la última publicada en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 99100225012019

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 11 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Sigue la tabla del año anterior

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). Las partes acuerdan compensar preferentemente las horas extraordinarias con tiempo equivalente de descanso en lugar de retribuirlas. (art. 25)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    10 de 11 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    I
    Personal titulado universitario de grado superior1.237,26 €17.321,67 €9,79 €
    Personal titulado universitario de grado medio1.184,02 €16.576,21 € SMI9,37 €
    III
    Personal técnico1.176,18 €16.466,58 € SMI9,30 €
    Personal encargado forestal1.160,52 €16.247,32 € SMI9,18 €
    Personal capataz forestal1.152,69 €16.137,70 € SMI9,12 €
    Personal oficial forestal1.105,71 €15.479,95 € SMI8,75 €
    Personal especialista forestal1.058,73 €14.822,19 € SMI8,37 €
    Personal peón forestal1.000,00 €14.000,00 € SMI7,91 €
    II
    Personal jefe administrativo1.169,92 €16.378,87 € SMI9,25 €
    Personal oficial administrativo1.086,13 €15.205,88 € SMI8,59 €
    Personal auxiliar administrativo1.054,81 €14.767,37 € SMI8,34 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.770 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo 1 del BOE 11/7/2019: la tabla más reciente publicada es la «2021» (igual que «Dic.-20»). El convenio (2018-2021) está denunciado y prorrogado por el art. 86 ET; no hay tablas posteriores publicadas a 16/10/2026.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas efectivamente trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; no se abona si el trabajo es nocturno por su propia naturaleza y ya está contemplado en el salario.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33.1

    • Plus de distancia

      0,19 € por kilómetro con transporte propio

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Si la persona empleada debe desplazarse del centro habitual de trabajo a otro que decida la empresa, con su transporte propio: 0,19 € por kilómetro.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 33.2

    • Complemento de incapacidad temporal por accidente de trabajo con hospitalización

      Completa la prestación hasta el 100 % del salario de las tablas

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: IT por accidente de trabajo (no in itinere) o enfermedad profesional con hospitalización de más de tres días: complemento desde el primer día de baja hasta garantizar el 100 % del salario de tablas.

      Mejora voluntaria de la prestación; el convenio no dice cómo cotiza. art. 33.3

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOE-A-2019-10265 (tabla salarial 2026, publicado el 11/7/2019). Revisado el .

    Código de convenio 99100225012019

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