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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio Colectivo Provincial de Sevilla para las Faenas Agrícolas, Forestales y Ganaderas 2022-⁠2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 41001235011981

Última actualización: 15 de octubre de 2026

    Hay 168 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Sigue la tabla del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Las empresas pueden pactar con la plantilla compensarlas con tiempo de descanso. (art. 27 y anexo de tablas 2025)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    156 de 168 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Personal con retribución mensual
    Técnicos · Titulado superior53,71 €/día24.438,05 €*0,0 %21,04 €
    Técnicos · Titulado medio47,51 €/día21.617,05 €*0,0 %18,61 €
    Administrativos · Titulado46,20 €/día21.021,00 €*0,0 %18,10 €
    Administrativos · No Titulado38,20 €/día17.381,00 €*0,0 %14,97 €
    Encargados y capataces · Encargado36,36 €/día16.543,80 €* SMI0,0 %14,24 €
    Encargados y capataces · Manijero34,56 €/día15.724,80 €* SMI0,0 %13,54 €
    Encargados y capataces · Listero/Almacenero33,39 €/día15.192,45 €* SMI0,0 %13,08 €
    Encargados y capataces · Mayoral33,39 €/día15.192,45 €* SMI0,0 %13,08 €
    Encargados y capataces · Capataz regador arrozales33,52 €/día15.251,60 €* SMI0,0 %13,13 €
    Tractoristas y maquinistas · Mecánico tractorista34,71 €/día15.793,05 €* SMI0,0 %13,60 €
    Tractoristas y maquinistas · Conductor cosechadora primera36,97 €/día16.821,35 €* SMI0,0 %14,48 €
    Tractoristas y maquinistas · Tractorista primera33,79 €/día15.374,45 €* SMI0,0 %13,24 €
    Personal con retribución diaria (jornada real)
    Técnicos · Titulado superior89,19 €/día24.438,06 €*0,0 %21,04 €
    Técnicos · Titulado medio78,89 €/día21.615,86 €*0,0 %18,61 €
    Administrativos · Titulado76,72 €/día21.021,28 €*0,0 %18,10 €
    Administrativos · No Titulado63,43 €/día17.379,82 €*0,0 %14,97 €
    Encargados y capataces · Encargado60,38 €/día16.544,12 €* SMI0,0 %14,24 €
    Encargados y capataces · Manijero57,39 €/día15.724,86 €* SMI0,0 %13,54 €
    Encargados y capataces · Listero/Almacenero55,45 €/día15.193,30 €* SMI0,0 %13,08 €
    Encargados y capataces · Mayoral55,45 €/día15.193,30 €* SMI0,0 %13,08 €
    Encargados y capataces · Capataz regador arrozales55,66 €/día15.250,84 €* SMI0,0 %13,13 €
    Tractoristas y maquinistas · Mecánico tractorista57,64 €/día15.793,36 €* SMI0,0 %13,60 €
    Tractoristas y maquinistas · Conductor cosechadora primera61,39 €/día16.820,86 €* SMI0,0 %14,48 €
    Tractoristas y maquinistas · Tractorista primera56,11 €/día15.374,14 €* SMI0,0 %13,24 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.781 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. El complemento SMI de 2025 no se arrastra: en 2026 manda el SMI vigente. Anexo de tablas 2025 (BOP Sevilla n.º 56 de 24/03/2025).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de permanencia

      Complemento ANUAL por tramos de días computados (360 días por cada 12 meses de cotización mensual, o 360 días por cada 274 jornadas reales cotizadas). Importes 2025: tramo 1 (1080 a 1439 días) 133,54 €; tramo 2 (1440 a 1799 días) 233,69 €; tramo 3 (1800 a 2159 días) 333,85 €; tramo 4 (2160 a 2519 días) 433,99 €; tramo 5 (2520 a 2879 días) 534,15 €; tramo 6 (2880 a 3239 días) 634,30 €; tramo 7 (3240 a 3599 días) 734,46 €; tramo 8 (3600 a 3959 días) 834,61 €; tramo 9 (3960 a 4319 días) 934,77 €; tramo 10 (4320 a 4679 días) 1.034,92 €; tramo 11 (4680 a 5039 días) 1.135,08 €; tramo 12 (5040 a 5399 días) 1.235,23 €; tramo 13 (5400 a 5759 días) 1.335,39 €; tramo 14 (5760 a 6119 días) 1.402,16 €; tramo 15 (6120 a 6479 días) 1.468,94 €; tramo 16 (6480 a 6839 días) 1.535,71 €; tramo 17 (6840 a 7199 días) 1.602,47 €; tramo 18 (7200 o más días) 1.669,25 €

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla (fijos, fijos discontinuos y temporales), según los días de servicio computados.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24 y anexo de tablas 2025

      Importe de 2025 (tabla prorrogada; sin actualización 2026 publicada). Sustituye a la antigüedad, suprimida desde 1/1/2022 (DA 5.ª): lo ya cobrado por antigüedad se consolida y es absorbible con este complemento.

    • Complemento de asistencia

      1,28 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por cada día de trabajo efectivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28 y acta de 18/02/2025

      Importe de 2025 (tabla prorrogada; sin actualización 2026 publicada).

    • Trabajo en domingos y festivos

      Recargo del 50 % sobre el salario normal; en campaña de recolección, recargo del 25 %

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en domingo o festivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

    • Trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Faenas habitualmente diurnas hechas entre las 22:00 y las 6:00; solo sobre las horas nocturnas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

    • Desgaste de herramientas

      0,29 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Solo si la empresa no facilita las herramientas; por jornada efectiva.

      Cotiza y tributa como salario. art. 30 y acta de 18/02/2025

      Importe de 2025 (tabla prorrogada; sin actualización 2026 publicada).

    • Plus de kilometraje

      0,30 €/km desde el km 7 (incluido), a la ida y a la vuelta; límite: 25 % del salario base de la categoría

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Si el tajo o lugar de reunión está a más de 6 km del núcleo urbano más próximo o del alojamiento de la finca; no se cobra si la empresa da alojamiento o transporte, o si está dentro del núcleo urbano.

      Gasto de locomoción: no cotiza dentro del límite por kilómetro del art. 147.2 LGSS y su reglamento; el exceso cotiza. art. 29 y acta de 18/02/2025

      Importe de 2025 (tabla prorrogada; sin actualización 2026 publicada).

    • Dieta completa

      33,23 € por día con pernocta; media dieta de 16,60 € si se puede volver a dormir a casa el día del desplazamiento

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento ocasional que obliga a pernoctar fuera de la localidad de residencia.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 26 y acta de 18/02/2025

      Importe de 2025 (tabla prorrogada; sin actualización 2026 publicada).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Sevilla (tabla salarial 2026). Revisado el .

    Código de convenio 41001235011981

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