Saltar al contenido

Tablas salariales 2026

Convenio colectivo del sector del comercio de detallistas de alimentación de Cantabria, para los años 2023-⁠2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 39001575011983

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 22 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +2,9 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 100 %. Por acuerdo entre empresa y representantes legales pueden descansarse en lugar de abonarse. (arts. 32 y 19 bis)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grupo 1
    Responsable de Dirección1.555,26 €23.328,90 €+2,9 %26,39 €
    Responsable de Recursos Humanos1.555,26 €23.328,90 €+2,9 %26,39 €
    Jefe/a de división1.555,26 €23.328,90 €+2,9 %26,39 €
    Grupo 2
    Encargado/a General1.504,61 €22.569,15 €+2,9 %25,53 €
    Jefe/a de Sucursal1.399,73 €20.995,95 €+2,9 %23,75 €
    Supervisor/a – Gestor/a1.399,73 €20.995,95 €+2,9 %23,75 €
    Encargado/a Establecimiento1.381,38 €20.720,70 €+2,9 %23,44 €
    Jefe/a de Sección1.370,79 €20.561,85 €+2,9 %23,26 €
    Grupo 3
    Oficial Administrativo/a1.337,49 €20.062,35 €+2,9 %22,69 €
    Dependiente/a1.214,68 €18.220,20 €+2,9 %20,61 €
    Cajero/a1.214,68 €18.220,20 €+2,9 %20,61 €
    Auxiliar de Caja de 2 años1.214,68 €18.220,20 €+2,9 %20,61 €
    Profesionales de Oficio1.158,91 €17.383,65 €+2,9 %19,66 €
    Mozo/a Especialistas1.158,80 €17.382,00 €+2,9 %19,66 €
    Grupo 4
    Auxiliar Administrativo/a1.281,99 €19.229,85 €+2,9 %21,75 €
    Auxiliar de Caja1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %19,34 €
    Ayudante de Dependiente/a1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %19,34 €
    Mozo/a de Almacén1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %19,34 €
    Reponedor/a1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %19,34 €
    Personal de Limpieza1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %19,34 €
    Grupo 5
    Primer Año1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %19,34 €
    Segundo Año1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %19,34 €

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.768 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. BOC 1/4/2026 (CVE-2026-2545): tablas de 2026 adaptadas al SMI de 2026 (mínimo 17.094 € al año = 1.139,60 € × 15). Sustituyen a las del BOC 10/2/2026 (+2,9 %), que dejaban las categorías inferiores en 1.137,12 €.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      un 5 % del salario base cada cuatro años (tope: 60 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; el cómputo empieza en el ingreso en la empresa más el tiempo de aprendizaje.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      Se cobra también en las gratificaciones extraordinarias. Si se asciende de categoría, se calcula sobre el salario base de la nueva.

    • Plus de cierre (6 %)

      el 6 % de tu salario base

      Quién lo cobra: 4 o más días al mes en centros cuyo cierre al público es posterior a las 21 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

    • Plus de cierre (3 %)

      el 3 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Entre 1 y 3 días al mes en centros cuyo cierre es posterior a las 21 horas, siempre que se trabaje después de las 21 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

    • Plus de nocturnidad

      un 20 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Almacenes y centros de distribución, horas entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

    • Gratificación por idiomas

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Quien tiene amplios conocimientos de idiomas y los pone al servicio de la empresa a su requerimiento.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

    • Gratificación por ornamentación de escaparates

      el 10 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Quien tiene amplios conocimientos de decoración y se encarga de decorar los escaparates.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

    • Plus de adscripción a turno

      el 5 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Personal que acuerda con la empresa quedar fuera de la rotación de la jornada continua en centros con reducciones de jornada por guarda legal; acuerdo mínimo de un año.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31.2 B y C

    • Trabajo en domingo o festivo

      un 115 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Apertura de domingos o festivos autorizada (voluntaria): además de un descanso equivalente a las horas trabajadas en las 4 semanas siguientes.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31.5

      El texto fija «el 115 % del tiempo trabajado» sobre salario base más antigüedad; se guarda como porcentaje sobre la hora ordinaria sin interpretar más.

    • Gratificación por años de servicio

      Una mensualidad del convenio más el plus de antigüedad, en cada uno de los dos hitos

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Al cumplir 20 años de servicio y de nuevo al cumplir 25 años.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

    • Compensación por prendas de trabajo

      142 € si no se entregan las prendas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa no entrega las dos prendas adecuadas al trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOC Cantabria (tabla salarial 2026). Revisado el .

    Código de convenio 39001575011983

    Volver arriba