Saltar al contenido

Tablas salariales 2026

Convenio colectivo del sector de mayoristas y exportadores de pescados de la comunidad de madrid.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 28002785011982
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 14 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +1,7 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 150 %. Por cada hora realizada, una hora y cuarenta y cinco minutos de descanso, si hay acuerdo entre las partes. (art. 26)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extraPluses
    1
    Jefe Ventas1.160,95 €17.414,25 €*+1,8 %17,43 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 198,70 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Comp-Vend1.051,05 €15.765,75 €*+1,8 %15,78 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 198,70 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Ayt Comp-Vend995,58 €14.933,70 €*+1,7 %14,95 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 190,09 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    2
    Jefe Administracion1.160,95 €17.414,25 €*+1,8 %17,43 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 198,70 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Jefe Contabilidad1.051,05 €15.765,75 €*+1,8 %15,78 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 198,70 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Ofic. Administ999,94 €14.999,10 €*+1,8 %15,02 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 193,24 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Aux. Administ995,58 €14.933,70 €*+1,7 %14,95 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 190,09 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    3
    Ofic. Primera995,58 €14.933,70 €*+1,7 %14,95 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 190,09 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Ofic. Segunda994,49 €14.917,35 €*+1,7 %14,93 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 178,62 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Capataz995,58 €14.933,70 €*+1,7 %14,95 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 190,09 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Mozo Especializado995,58 €14.933,70 €*+1,7 %14,95 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 190,09 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Mozo994,49 €14.917,35 €*+1,7 %14,93 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 178,62 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Aprendiz966,25 €14.493,75 €*+1,7 %14,51 €Nocturnidad: 59,85 €/mes; Plus lineal: 178,62 €/mes; Plus de transporte: 73,97 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes
    Conductor995,58 €14.933,70 €*+1,7 %14,95 €Nocturnidad: 108,80 €/mes; Plus lineal: 190,09 €/mes; Plus de transporte: 142,52 €/mes; P. trabajo: 21,25 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.748 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad «ad personam»

      Complemento personal que sustituye a la antigüedad percibida hasta el 31/12/2011; no es compensable ni absorbible y solo se modifica en los incrementos salariales, en la cantidad pactada para ese incremento.

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien estuviera contratado de forma ininterrumpida al 31/12/2011.

      El recorte no dice si cotiza. art. 19

      Importe individual; no consta en el recorte.

    • Complemento personal por supresión del plus de reposición de prendas

      20,00 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo quienes percibían el plus de reposición de prendas de trabajo hasta el 8/7/2019.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      Personal y no absorbible.

    • Media dieta

      20,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la residencia habitual de trabajo cuando no se pueden justificar los gastos.

      Retribución extrasalarial según el convenio; el recorte no fija la cotización. art. 25

    • Dieta completa

      50,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la residencia habitual de trabajo cuando no se pueden justificar los gastos y la dieta es completa.

      Retribución extrasalarial según el convenio; el recorte no fija la cotización. art. 25

    • Compensación por kilómetro con vehículo propio

      0,26 euros por kilómetro realizado

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio para trabajos de la empresa.

      El recorte no fija la cotización. art. 25

    • Premio de jubilación

      Una mensualidad de salario si ha prestado servicios de uno a diez años; de ahí en adelante, un 10 por 100 por año más de la paga que recibió. Tope de tres mensualidades.

      Quién lo cobra: Persona trabajadora que se jubila habiendo prestado servicios en la empresa.

      El recorte no fija la cotización. art. 27

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20250301-3 (tabla salarial 2026, publicado el 1/3/2025). Revisado el .

    Código de convenio 28002785011982

    Volver arriba