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Tablas salariales 2026

Comercio de la madera, el mueble y la marquetería de la provincia de badajoz.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 06000625011990
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 17 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Se puede compensar en tiempo de descanso, en lugar de abonarlas (sin equivalencia fijada en el texto). (art. 27)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    I
    Vigilante1.149,27 €17.239,11 €16,84 €
    Ayudante, Conductor1.141,64 €17.124,63 €16,72 €
    Mozo o Peón, Cobrador1.141,64 €17.124,63 €16,72 €
    Personal de limpieza1.141,64 €17.124,63 €16,72 €
    II
    Delineante1.161,07 €17.416,01 €17,01 €
    Dependiente Mayor, Contable1.149,27 €17.239,11 €16,84 €
    Administrativo, Oficial 1ª1.149,27 €17.239,11 €16,84 €
    Escaparatista, Rotulista1.149,27 €17.239,11 €16,84 €
    Cortador-Dibujante1.149,27 €17.239,11 €16,84 €
    Dependiente, Cajero1.141,64 €17.124,63 €16,72 €
    Auxiliar Administrativo1.141,64 €17.124,63 €16,72 €
    Oficial 2ª1.141,64 €17.124,63 €16,72 €
    Conductor-TDOR-Instalador1.187,06 €17.805,97 €17,39 €
    III
    Titulado superior1.195,92 €17.938,84 €17,52 €
    Titulado Medio1.184,11 €17.761,63 €17,35 €
    Jefe de departamento1.172,66 €17.589,83 €17,18 €
    Encargado general1.162,31 €17.434,71 €17,03 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de transporte

      78,50 € al mes, en 11 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Todas las personas trabajadoras, cada mes salvo el de vacaciones; cuantía única con independencia de la jornada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10.1

      La tabla da 863,50 € anuales («*11»). Se revisa con la revisión salarial del art. 9.

    • Trabajo en domingos o festivos

      173,65 € para el año 2026 por asistir al trabajo en domingo o festivo

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Cuando la empresa requiere asistir al trabajo en domingo o festivo, sin sobrepasar las 40 horas semanales.

      El texto no aclara si es salarial. art. 21 (apartado sin numerar)

      El texto no dice si el importe es por día trabajado o anual.

    • Kilometraje

      0,28 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Viajes por cuenta de la empresa con vehículo propio.

      Gasto de locomoción: cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS. art. 22

    • Dietas

      Dieta completa, incluido alojamiento: 60,38 €. Media dieta: 19,85 €.

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por cuenta de la empresa.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 11

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: DOE (tabla salarial 2026, publicado el 16/10/2026). Revisado el .

    Código de convenio 06000625011990

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