Tablas salariales 2026 · provisionales
Convenio colectivo de Bazares de la provincia de Santa Cruz de Tenerife para 2017-2020.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 21 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Sigue la tabla del año anterior Subida general 0,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. En festivo, más un 100 %. Dos horas de descanso por cada hora extraordinaria, a disfrutar en los cuatro meses siguientes; solo se paga en dinero si se pacta. (art. 11)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
19 de 21 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Personal técnico o titulado | ||||
| Titulado Grado Superior/graduado | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Director/a | 1.094,10 € | 17.505,60 €* | 0,0 % | 14,86 € |
| Jefe/a de División | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Jefe/a Personal, Compras, Jefe/a Sucursal, Encargado/a Gral. | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Jefe/a Almacén, Jefe/a Secc. Mercantil, Encargado/a Establecimiento | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Personal especialista o no titulado | ||||
| Jefe/a de Sección | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Cajero/a de Tienda | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Comercial | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Dependiente/a o vendedor/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Ayudante Dependiente/a o vendedor/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Auxiliar de Caja | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Personal administrativo | ||||
| Director/a Administrativo/a | 1.094,50 € | 17.512,00 €* | 0,0 % | 14,87 € |
| Jefe/a División Administrativa | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Jefe/a Administrativo/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Contable y Cajero/a de Administración | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Administrativo/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Personal servicio | ||||
| Dibujante | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Escaparatista | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Conductor/a, Repartidor/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Ayudante Montaje | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
| Delineante | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI | 0,0 % | 14,07 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.767 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Sin tabla de 2026 publicada a 16/10/2026: el art. 4 prorroga el convenio año a año aplicando sobre la tabla la variación del IPC del último año, pero no hay importes publicados. Se aplica la tabla de 2025 y no se ha aplicado ninguna subida.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Plus de caja
48,20 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal de caja que, por el cuadre diario, deba permanecer hasta 30 minutos después de terminar su jornada; no lo cobra el ayudante que cobra sin hacer el cuadre.
-
Plus de idiomas
el 10 % de tu salario baseLo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Quien acredite formalmente sus conocimientos con titulación de un centro homologado; si se le niega, no puede exigírsele que use los idiomas.
-
Plus de peligrosidad
el 10 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Trabajos con condición de peligrosos (vigilante sereno, vigilante jurado y otros); si hay desacuerdo, decide la jurisdicción laboral.
-
Complemento personal
Lo que figure en la nómina de cada persona; se paga mensualmente y se suma a la paga extra de 30 díasQuién lo cobra: Quien tuviera derecho a él por el convenio anterior.
-
Dieta
20,12 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes o desplazamientos por necesidad de la empresa a poblaciones distintas de la del centro de trabajo.
-
Media dieta
12,05 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes o desplazamientos por necesidad de la empresa a poblaciones distintas de la del centro de trabajo.
-
Kilometraje
0,26 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Quien use su propio vehículo para una comisión de servicio fuera de su residencia habitual de trabajo.
-
Ayuda por hijo/a incapacitado/a
23,89 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Por cada hijo/a con discapacidad física (ayuda complementaria a la Seguridad Social).
-
Trabajo en domingos y festivos de apertura autorizada
Se abonan como una hora ordinaria y además se compensan con descanso equivalente, a disfrutar en los cuatro meses siguientesLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Domingos y festivos declarados exentos de la prohibición de apertura; la persona avisa por escrito antes de fin de febrero si no quiere trabajarlos; no hay horas extra de domingo en municipios turísticos o de gran afluencia con apertura continua mientras no se exceda la jornada máxima legal.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Santa Cruz de Tenerife (tabla salarial 2026, publicado el 12/12/2025). Revisado el .
Código de convenio 38000445011984