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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de la provincia de Alicante de comercio de minoristas, mayoristas y exportadores de calzado y artículos de piel y viaje (2025-⁠2027).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 03000335011981

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 27 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +2,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. Preferente: tiempo libre incrementado en un 50 %, a disfrutar en 4 meses. (art. 24)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo 1
    Director General1.411,23 €21.665,92 €18,30 €
    Grupo 2
    Director de RRHH1.247,04 €19.203,07 €16,22 €
    Director de Operaciones/Compras1.247,04 €19.203,07 €16,22 €
    Encargado General/ Responsable de negocio1.247,04 €19.203,07 €16,22 €
    Director de Administración/finanzas1.193,03 €18.392,92 €15,53 €
    Grupo 3
    Responsable Sucursal1.167,02 €18.002,77 €15,21 €
    Responsable Almacen1.167,02 €18.002,77 €15,21 €
    Grupo 4
    Personal Técnico ( RRHH, innovación y mejora, calidad, medio ambiente, sostenibilidad..)1.113,50 €17.200,00 €14,53 €
    Asistente Técnicos (soporte usuario, sistemas, análista datos..)1.106,83 €17.100,00 €14,44 €
    Comercial1.106,83 €17.100,00 €14,44 €
    Grupo 5
    Contable/ oficial Administrativo1.096,83 €16.950,00 €14,32 €
    Grupo 6
    Jefe de Establecimiento/Tienda1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Jefe Grupo1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Dependiente Mayor1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Ayudante de montaje(a extinguir)1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Responsable sección/departamento1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Dibujante/Diseñador/escaparatista1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Profesional de Oficios de 1ª1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Dependiente1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Cajero1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Profesional de oficio de 2ª1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Ayudante de Oficio1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Ayudante de montador ( a extinguir)1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Auxiliar Administrativo/ Atención al cliente1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Auxiliar de Caja1.086,83 €16.800,00 €14,19 €
    Grupo 7
    Contratos de formación al 100% de jornada1.076,83 €16.650,00 €14,06 €
    Grupo 8
    Personal de limpieza y mantenimiento (por hora)1.071,90 €SMI—

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.776 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      un 5 % del salario base cada cuatro años

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 11

      No absorbible ni compensable. Entra en las pagas de julio, diciembre y marzo (arts. 12 y 14), por eso pagas = 15.

    • Plus de transporte (o plus de teletrabajo)

      1,82 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día trabajado; quien teletrabaja más días de los que acude cobra la misma cantidad como plus de teletrabajo (incompatibles).

      Cotiza y tributa como salario. art. 16, art. 42 y tabla de pluses

      En 2025 se aplica desde la publicación del convenio (01/07/2025), sin atrasos (art. 10). El plus de teletrabajo es extrasalarial según el convenio.

    • Bolsa de estudios por hijos en edad escolar

      Pago único al año: 79,47 € con 1 hijo, 110,04 € con 2 y 134,49 € con 3

      Quién lo cobra: Hijos matriculados desde educación infantil hasta enseñanza obligatoria; si el otro progenitor no la cobra en su empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37 y tabla de pluses

    • Ayuda de estudios para contratos de formación

      36,03 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personas con contrato formativo que acrediten estudios de ampliación cultural y profesional incluidos en el contrato.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18.1.b y tabla de pluses

      La tabla de pluses da 36,03 €/mes; el texto del art. 18 dice 35,36 €.

    • Recargo por trabajo en domingo

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en domingos con apertura autorizada (voluntario; máximo el 50 % de los festivos autorizados).

      Cotiza y tributa como salario. art. 23.1

    • Festivo o descanso semanal trabajado sin descanso compensatorio

      un 75 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Cuando excepcionalmente no se puede disfrutar el festivo o el descanso semanal y no se compensa con descanso.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23.2

    • Gratificación de fiestas patronales

      497,47 € al año, en un solo pago

      Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Alicante (tabla salarial 2025, publicado el 1/7/2025). Revisado el .

    Código de convenio 03000335011981

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