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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo del sector de comercio mayorista y minorista de juguetes, deportes, armerías deportivas, cerámica, vidrio, iluminación y regalos de la Comunidad de Madrid.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2022 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 28014085012007

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 28 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Sigue la tabla del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 150 %; de noche, más un 150 %. Por acuerdo, 1 h 45 min de descanso por hora extra en día laborable y 2 h 30 min en nocturna, festivo o domingo, acumulables hasta 4 meses. (art. 27)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    19 de 28 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grupo I
    Director1.395,09 €20.926,53 €10,0 %20,57 €
    Gerente1.395,09 €20.926,53 €10,0 %20,57 €
    Titulado Grado Superior1.395,09 €20.926,53 €10,0 %20,57 €
    Titulado Grado Medio1.194,91 €17.923,82 €10,0 %17,62 €
    Grupo II
    Jefe de Personal1.395,09 €20.926,53 €10,0 %20,57 €
    Jefe de Ventas y J de Compras1.395,09 €20.926,53 €10,0 %20,57 €
    Encargado General1.395,09 €20.926,53 €10,0 %20,57 €
    Jefe Sucursal o Almacén1.194,91 €17.923,82 €10,0 %17,62 €
    Jefe de Grupo1.086,61 €16.309,67 € SMI0,0 %16,03 €
    Encargado Establecimiento1.086,61 €16.309,67 € SMI0,0 %16,03 €
    Jefe de Sección1.002,22 €15.033,36 € SMI0,0 %14,78 €
    Viajante1.042,93 €15.644,05 € SMI0,0 %15,38 €
    Corredor de Plaza1.042,93 €15.644,05 € SMI0,0 %15,38 €
    Dependiente Mayor / 2º Encargado1.052,53 €15.788,05 € SMI0,0 %15,52 €
    Dependiente995,17 €14.927,63 € SMI0,0 %14,68 €
    Ayudante de Dependiente964,45 €14.466,76 € SMI0,0 %14,22 €
    Grupo III
    Jefe/a de Administración1.256,52 €18.847,94 €10,0 %18,53 €
    Jefe/a de Sección Administrativo/a1.097,42 €16.461,49 € SMI0,0 %16,18 €
    Contable o cajero1.037,19 €15.558,08 € SMI0,0 %15,30 €
    Oficial Administrativo1.042,93 €15.644,05 € SMI0,0 %15,38 €
    Secretario/a1.042,93 €15.644,05 € SMI0,0 %15,38 €
    Grupo IV
    Escaparatista1.124,91 €16.873,73 € SMI0,0 %16,59 €
    Jefe de Taller1.124,91 €16.873,73 € SMI0,0 %16,59 €
    Prof Oficio-Conductor 1ª995,17 €14.927,63 € SMI0,0 %14,68 €
    Mozo especializado995,17 €14.927,63 € SMI0,0 %14,68 €
    Mozo964,45 €14.466,76 € SMI0,0 %14,22 €
    Vigilante1.024,07 €15.361,05 € SMI0,0 %15,10 €
    Personal Limpieza964,45 €14.466,76 € SMI0,0 %14,22 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    1. Director y otras: Tabla de 2022 prorrogada: hay subidas pactadas para 2023 y 2024 (3 %) pero no se han publicado tablas con importes.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.780 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tablas salariales 2022 (anexo del convenio): mensual y anual (mensual × 15: 12 + julio, Navidad y beneficios). Incluyen el plus de transporte, la dieta, la media dieta y el kilometraje como conceptos aparte.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      un 6 % del salario base cada cuatro años (tope: 60 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se cuenta desde el ingreso, incluido el periodo de prueba y aprendizaje.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Se cobra también en las pagas extraordinarias.

    • Complemento personal de antigüedad consolidada

      Complemento personal que se incrementa cada año con el mismo porcentaje de subida salarial pactado

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Quien tenía antigüedad consolidada hasta el 31/12/2010.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Importe individual.

    • Plus de nocturnidad

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00; quien hace 5 horas o más en ese periodo cobra el complemento completo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      No se aplica si el salario ya se fijó atendiendo a que el trabajo es nocturno por naturaleza.

    • Plus de transporte

      68,86 € al mes, en 11 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla, 11 mensualidades, con independencia de la distancia al trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22 y tablas

      Importe de la tabla de 2022, prorrogado.

    • Dieta

      46,89 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la provincia de Madrid que obliga a pernoctar, si no se justifican los gastos.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 25 y tablas

      Importe de la tabla de 2022, prorrogado.

    • Media dieta

      22,12 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la provincia de Madrid sin poder volver a comer, si no se justifican los gastos.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 25 y tablas

      Importe de la tabla de 2022, prorrogado.

    • Kilometraje

      0,225 € por kilómetro según la tabla (el art. 25 dice 0,22 €)

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio en trabajos de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 25 y tablas

      El texto del art. 25 fija 0,22 €/km «incluido en tablas y actualizado»; la tabla de 2022 da 0,225 €. Prorrogado.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20230706-117 (tabla salarial 2026, publicado el 6/7/2023). Revisado el .

    Código de convenio 28014085012007

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