Tablas salariales 2026 · provisionales
Convenio colectivo del comercio del mueble para la provincia de Santa Cruz de Tenerife (2017-2020, prorrogado).
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 24 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Sigue la tabla del año anterior Subida general 0,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 150 %. En festivo, más un 300 %. En domingos y festivos, de común acuerdo, cada hora extraordinaria por 2 horas de descanso, a disfrutar en los 4 meses siguientes. (art. 10.2 y 10.4)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
21 de 24 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo I | ||||
| Mozo/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Comercial | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Personal limpieza | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Grupo II | ||||
| Auxiliar administrativo/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Cajero | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Personal de oficio | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Conductor/a repartidor/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Montador/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Dependiente/a o vendedor/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Ayudante dependiente/a o vendedor/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Atención al cliente | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Grupo III | ||||
| Escaparatista | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Diseñador/a gráfico | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Delineante | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Grupo IV | ||||
| Jefe/a de almacén | 1.044,00 € | 16.704,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,63 € |
| Jefe/a de sucursal | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Jefe/a de sección | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Encargado/a de establecimiento | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Jefe/a de administración | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Contable y cajero/a de administración | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Administrativo/a | 1.036,00 € | 16.576,00 €* SMI1 | 0,0 % | 23,45 € |
| Grupo V | ||||
| Jefe/a recursos humanos | 1.281,33 € | 20.501,28 €*1 | 0,0 % | 29,01 € |
| Jefe/a de ventas y compras | 1.150,82 € | 18.413,12 €*1 | 0,0 % | 26,05 € |
| Grupo 0 | ||||
| Director/a general | 1.643,68 € | 26.298,88 €*1 | 0,0 % | 37,21 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importe de la tabla 2025 repetido sin actualizar (IPC 2025 pendiente de publicar).
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.767 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Sin tabla de 2026 publicada a 16/10/2026: se repite la de 2025 (art. 3 del convenio: en prórroga las tablas suben con el IPC del año anterior mediante acuerdo de la Comisión Paritaria; no se aplica ninguna subida).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (cuatrienios consolidados)
Importe mensual total según cuatrienios consolidados (2025): 1 cuatrienio, 29,26 €; 2, 51,18 €; 3, 71,29 €; 4, 87,76 €; 5, 100,54 €; 6, 109,70 €; 7, 112,62 €; 8, 117,01 €Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya tenía cuatrienios generados al firmarse el convenio (2018) y quien tuviera cubierto más del 50 % de uno nuevo; no se generan cuatrienios nuevos. Se paga también en las pagas extra.
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Plus de nocturnidad
25 % del salario bruto (base de cotización de la persona trabajadora) por el servicio nocturnoLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Quien trabaja más de 30 minutos entre las 22:00 y las 06:00.
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Plus de distancia
62,76 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Por día efectivamente trabajado.
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Dieta completa
40,48 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Trabajo en localidad distinta de la del centro de trabajo, con las comidas principales fuera. El alojamiento y el traslado corren por cuenta de la empresa.
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Media dieta
16,43 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Trabajo en localidad distinta de la del centro de trabajo, con una comida principal fuera.
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Plus de kilometraje (vehículo propio)
2,96 € por cada 10 kmLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio en desplazamientos encomendados por la empresa.
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Trabajo en domingos y festivos autorizados
Cada hora se abona como hora ordinaria y además se compensa con descanso equivalente recuperable en los 4 meses siguientes (por acuerdo, una hora trabajada por dos de descanso). En municipios turísticos o de gran afluencia con apertura continua no hay horas extra de domingo y festivo mientras no se exceda de 39 horas semanales.Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Domingos y festivos exentos de la prohibición de apertura en que la empresa abre; la persona trabajadora puede comunicar antes de fin de febrero que no quiere trabajarlos.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Santa Cruz de Tenerife (tabla salarial 2026, publicado el 26/9/2025). Revisado el .
Código de convenio 38001625011989