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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo provincial de comercio textil de Álava.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 01000365011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 11 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +0,6 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 150 %. Horas estructurales compensables con tiempo libre con recargo del 75 %; máximo 80 horas anuales. De mutuo acuerdo pueden sumarse para días completos. (art. 17)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    I
    Director/a mercantil, director/a comercial2.191,20 €32.868,00 €*32,98 €
    II
    Jefe/a de personal, encargado/a general2.016,87 €30.253,05 €*30,36 €
    Jefe/a administración1.958,50 €29.377,50 €*29,48 €
    Jefe/a sucursal1.902,24 €28.533,60 €*28,63 €
    Jefe/a sección administrativa1.783,92 €26.758,80 €*26,85 €
    III
    Jefe/a de grupo, jefe/a de sección, escaparatista1.725,61 €25.884,15 €*25,97 €
    Jefe/a de sección mercantil1.666,10 €24.991,50 €*25,08 €
    IV
    Encargado/a establecimiento1.609,16 €24.137,40 €*24,22 €
    V
    Cajero/a1.524,12 €22.861,80 €*22,94 €
    Dependiente/a, auxiliar administrativo, mozo/a especialista1.434,52 €21.517,80 €*21,59 €
    Ayudante/a de dependiente/a1.318,15 €19.772,25 €*19,84 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.744 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo 1, tablas salariales 2025 (BOTHA 7/11/2025). Los importes de complementos son los de 2025.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      un 5 % del salario base cada cuatro años

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada cuatrienio de antigüedad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

      El periodo de 4 años se deduce de la palabra «cuatrienios».

    • Plus de nocturnidad

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Servicios entre las 22:00 y las 6:00 horas, de manera íntegra o parcial.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      Independiente de comisiones o incentivos; no absorbible por ellos.

    • Plus de disponibilidad (servicios antes de las 10:00)

      7,58 € por hora

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Horas trabajadas antes de las 10:00 dentro del horario normal de trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      La tabla lo numera art. 19. No es compatible con otra compensación por la misma circunstancia ni con horas extra en ese horario.

    • Plus de disponibilidad (servicios después de las 20:30)

      14,73 € por hora

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Horas trabajadas después de las 20:30.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      La tabla lo numera art. 19. Misma regla de incompatibilidad que el plus de mañana.

    • Plus de responsabilidad

      7,25 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Días en que se encomienda alguna función de responsabilidad (cajas, llaves y alarmas, apertura o cierre, cambios y devoluciones), con independencia del tiempo dedicado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      No consolidable. No se abona en IT ni en pagas extra.

    • Dieta por desplazamiento

      10,10 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo, sea cual sea el porcentaje de jornada.

      Extrasalarial si no supera los límites del art. 147.2 LGSS; el convenio no fija límite en el texto. art. 19

      El texto da 10,10 € y 13,50 € diarios sin precisar cuándo se aplica cada uno. Cuando no es posible justificar el gasto de la comisión.

    • Dieta en centros abiertos toda la jornada

      13,50 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Centros abiertos sin interrupción cuando la jornada diaria coincide íntegramente con el horario de 13:30 a 16:30.

      Extrasalarial si no supera los límites del art. 147.2 LGSS; el convenio no fija límite en el texto. art. 19

      Parcial: media hora 2,25 €, 1 hora 4,50 €, 2 horas 9,00 € (2025). No se abona en IT ni en pagas extra.

    • Plus de transporte (centro comercial de Etxabarri Ibiña)

      66,18 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Trabajar en el centro comercial de Etxabarri Ibiña y residir en Vitoria-Gasteiz o en una localidad a más de 6 kilómetros.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

      Importe mensual de 2025. No se abona en IT ni en pagas extra.

    • Prima online (transformación digital)

      el 7 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Empresas con más de 200 personas y más de 3.500 m² de venta a nivel estatal, o con venta física en tres o más comunidades autónomas; solo para personal relacionado con la venta.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      Se abona en las 15 pagas. Independiente de comisiones o incentivos; no absorbible por ellos.

    • Bolsa de estudio

      36,66 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Estudios con aplicación en el sector textil cursados fuera de horas de trabajo; reparto según las normas de cada empresa.

      El convenio no lo indica. art. 28

      Importe mensual por nueve meses de curso; si el curso no es mensual, se prorratea por días.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOTHA (tabla salarial 2025, publicado el 7/11/2025). Revisado el .

    Código de convenio 01000365011981

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