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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo para el Comercio Textil de Gipuzkoa 2010-⁠2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 20000355011981

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 58 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto).

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo I
    Titulado/a de grado superior2.410,39 €36.155,85 €20,68 €
    Titulado/a de grado medio1.985,98 €29.789,70 €17,04 €
    Ayudante técnico/a sanitario1.734,97 €26.024,55 €14,89 €
    Grupo II
    Director/a · Grupo II2.613,21 €39.198,15 €22,42 €
    Jefe/a de división · Grupo II2.299,45 €34.491,75 €19,73 €
    Jefe/a de personal2.587,83 €38.817,45 €22,21 €
    Jefe/a de ventas2.587,83 €38.817,45 €22,21 €
    Encargado/a general2.587,83 €38.817,45 €22,21 €
    Jefe/a de sucursal y supermercado1.986,15 €29.792,25 €17,04 €
    Jefe/a de almacén1.986,15 €29.792,25 €17,04 €
    Jefe/a de grupo1.860,55 €27.908,25 €15,97 €
    Jefe/a de sección mercantil1.843,62 €27.654,30 €15,82 €
    Encargado/a de establecimiento1.772,56 €26.588,40 €15,21 €
    Intérprete1.671,64 €25.074,60 €14,34 €
    Viajante1.767,86 €26.517,90 €15,17 €
    Corredor/a de plaza1.767,86 €26.517,90 €15,17 €
    Dependiente/a de 1.ª1.607,61 €24.114,15 €13,80 €
    Dependiente/a de 2.ª1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Dependiente/a mayor1.768,37 €†26.525,55 €*115,17 €
    Grupo III
    Director/a · Grupo III2.613,21 €39.198,15 €22,42 €
    Jefe/a de división · Grupo III2.299,45 €34.491,75 €19,73 €
    Jefe/a administrativo/a2.061,18 €30.917,70 €17,69 €
    Secretario/a1.663,72 €24.955,80 €14,28 €
    Contable1.697,30 €25.459,50 €14,56 €
    Jefe/a de sección administrativa1.910,61 €28.659,15 €16,40 €
    Contable-cajero/a1.697,30 €25.459,50 €14,56 €
    Oficial administrativo/a u operador/a de máquinas contables1.607,61 €24.114,15 €13,80 €
    Auxiliar administrativo/a o perforista de 1.ª1.465,44 €21.981,60 €12,58 €
    Auxiliar administrativo/a o perforista de 2.ª1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Aspirante1.096,55 €16.448,25 €9,41 €
    Auxiliar de caja de 2.ª1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Auxiliar de caja de 1.ª1.607,61 €24.114,15 €13,80 €
    Auxiliar de caja mayor1.768,37 €†26.525,55 €*215,17 €
    Grupo IV
    Jefe/a de sección de servicios1.860,55 €27.908,25 €15,97 €
    Dibujante1.986,15 €29.792,25 €17,04 €
    Escaparatista1.910,61 €28.659,15 €16,40 €
    Ayudante de montaje1.183,49 €17.752,35 €10,16 €
    Delineante1.876,89 €28.153,35 €16,11 €
    Visitador/a1.484,29 €22.264,35 €12,74 €
    Rotulista1.484,29 €22.264,35 €12,74 €
    Cortador/a1.634,53 €24.517,95 €14,03 €
    Ayudante de cortador/a1.459,28 €21.889,20 €12,52 €
    Jefe/a de taller1.459,28 €21.889,20 €12,52 €
    Profesional de oficio de 1.ª1.607,61 €24.114,15 €13,80 €
    Profesional de oficio de 2.ª1.465,44 €21.981,60 €12,58 €
    Profesional de oficio de 3.ª1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Capataz1.771,21 €26.568,15 €15,20 €
    Mozo/a especializado1.458,02 €21.870,30 €12,51 €
    Ascensorista1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Telefonista1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Mozo/a1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Empaquetador/a1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Repasador/a de medias1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Cosedor/a de sacos1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Grupo V
    Conserje1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Cobrador/a1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Vigilante, sereno/a, portero/a1.394,52 €20.917,80 €11,97 €
    Personal de limpieza (por horas)9,41 € por hora9,41 € por hora3—

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Dependiente/a mayor: La tabla no da importe: indica «Dependiente/a mayor: 10 % más que Depend. de 1.ª».

    2. Auxiliar de caja mayor: La tabla no da importe: indica «Auxil. caja mayor: 10 % más Aux. caja 1.ª».

    3. Personal de limpieza (por horas): Precio por hora (9,410 €/hora en la tabla de 2025): la tabla no da salario mensual ni anual.

    † La tabla oficial da importes anuales: el mensual es el anual dividido entre el número de pagas, como indica el convenio.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.748 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo 1 de la revisión salarial de 2025 (BOG n.º 29 de 13/2/2025): importe «Total mensual» y «Anualizado» (= mensual × 15: 12 mensualidades + verano, Navidad y la gratificación de ventas o beneficios). Tabla de 2025 = tabla de 2024 + IPC de 2024 + 1,35 % (art. 8).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de distancia

      26,24 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal con domicilio a más de dos kilómetros del límite del casco urbano en que radique el establecimiento.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

      Importe de 2025 (tablas salariales 2025). Antes: 24,12 € en 2023 (art. 14); se actualiza según el art. 8.

    • Plus de transporte urbano

      38,85 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Todo el personal afectado por el convenio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

      Importe bruto mensual de 2025.

    • Quebranto de moneda

      79,00 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Cajeros/as a quienes la empresa exige responsabilidad por la caja; no se abona a quien simultanee ventas y cobro.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      Importe bruto mensual de 2025.

    • Plus compensatorio (transformación digital)

      100,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Empresas con plantilla superior a 250 personas a nivel estatal; se abona con independencia de la jornada contratada, salvo jornadas de hasta 16 horas semanales, en que es proporcional. Devenga desde el 1/1/2023.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      Importe fijo de 100 € mensuales que fija el convenio; las tablas de 2025 no lo actualizan.

    • Plus por ornamentación de escaparates

      el 6 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Personal que, sin ser escaparatista, hace con carácter normal la ornamentación de escaparates.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

    • Media dieta

      23,89 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Trabajos por orden de la empresa que impiden comer en el domicilio.

      Las dietas solo están exentas dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza. art. 17

      Importe diario de 2025.

    • Trabajo en Sábado Santo y tarde del Sábado de Carnaval

      un 75 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Ambos son días no laborables; quien trabaja en ellos (por acuerdo) cobra la hora incrementada un 75 %.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

    • Antigüedad consolidada

      Cantidad individual consolidada; se suma al salario base en las gratificaciones extraordinarias y en la de ventas o beneficios

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Quien tenía antigüedad consolidada antes del convenio.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 9 y 10

      No consta importe ni mecanismo en el texto; es una cantidad individual.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOG (Boletín Oficial de Gipuzkoa) (tabla salarial 2025, publicado el 13/2/2025). Revisado el .

    Código de convenio 20000355011981

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